Periódico Oficial del Estado de México del día 13/06/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 2

13 de junio de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

Secretaría de Desarrollo
Secretaría de Desarrollo Social
Social
LICENCIADO FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 5, 10 Y 11 DE
LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO, 6 FRACCIÓN IV, Y 8 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO
DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y 6, FRACCIÓN XXIII DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y
CONSIDERANDO
Que en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, en las Entidades Federativas y Municipios se deben implementar programas y acciones para reducir la pobreza, marginación y vulnerabilidad de las personas, generando condiciones para su desarrollo y bienestar.
Que el artículo 18 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, señala que corresponde al Estado procurar el desarrollo integral de los pueblos y personas.
Que el reto del Gobierno del Estado de México en materia de desarrollo social, es combatir la pobreza y desigualdad, a partir de un nuevo modelo que ponga en el centro de toda acción a las mujeres y sus familias, que les otorgue condiciones básicas de bienestar y un entorno para que maximicen sus potencialidades y cumplan sus proyectos de vida.
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México encomienda, en su artículo 22, a la Secretaría de Desarrollo Social la planeación, coordinación, dirección y evaluación la política en materia de desarrollo social, desarrollo regional e infraestructura para el desarrollo, así como vincular las prioridades, estrategias y recursos para elevar el nivel de vida de la población más desprotegida en el Estado.
Que la Secretaría de Desarrollo Social atiende las demandas sociales de los mexiquenses, a través de los programas de desarrollo social a su cargo y se establecen estos lineamientos con un lenguaje accesible e incluyente, para que las instancias, en sus diversos ámbitos de competencia puedan acceder a ellos como un instrumento de política social.
Que la Ley de Desarrollo Social del Estado de México establece que los planes y programas estatales y municipales de desarrollo social, deberán contemplar prioritariamente, educación obligatoria, salud, generación, conservación y capacitación para el trabajo y el incremento de la competitividad, alimentación, nutrición materno infantil y abasto social de productos básicos, vivienda, superación de la pobreza, marginación y exclusión y obras de infraestructura para agua potable, drenaje, electrificación, caminos y otras vías de comunicación, saneamiento ambiental y equipamiento urbano.
Que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social CONEVAL, realiza el Diagnóstico del Avance en Monitoreo y Evaluación de las Entidades Federativas cada dos años, derivándose la necesidad de contar con un documento normativo que establezca los criterios necesarios para la creación de programas nuevos en la Entidad.
Que en atención a lo anterior, es importante la publicación de estos lineamientos, con la finalidad de que las dependencias, organismos auxiliares, autónomos y gobiernos municipales, en el ámbito de su competencia, den cumplimiento a lo establecido en la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y su Reglamento en cuanto a la elaboración de programas de desarrollo social.
En mérito de lo anterior, se expiden los siguientes:
LINEAMIENTOS BÁSICOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ESTADO
DE MÉXICO
Capítulo Primero Disposiciones Generales 1.1. OBJETO
Establecer los criterios, procedimientos y responsabilidades que deben seguir las dependencias y organismos auxiliares de los gobiernos del Estado de México y municipales, para la elaboración de programas de desarrollo social, con el fin de homologar su estructura y alinearlos a los objetivos de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 13/06/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha13/06/2018

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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