Periódico Oficial de Tlaxcala del 13/4/2022

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 15 Primera Sección, Abril 13 del 2022
B. Artículo 155 en sus fracciones IV, V, VI, X, XVI, XXIV, XXV, XXX, XXXIV, XLIX y L.
ARTÍCULO 168.- Se impondrá multa de treinta y cinco a sesenta unidades de medida y actualización UMA vigente o a criterio de la autoridad municipal esta se puede sustituir por trabajo a favor de la comunidad por el tiempo que, en base a la capacidad física del infractor, sus antecedentes, la gravedad y peligrosidad de la falta, el daño causado, a quien cometa cualquiera de las siguientes infracciones:

Página 37

Si la sanción de multa que se hubiera impuesto, hubiera sido permutada por el arresto administrativo, en cualquier momento de la duración de este, el infractor sancionado podrá hacer el pago de la multa y recuperar de inmediato su libertad, o solicitar que se le permita realizar trabajo en favor de la comunidad.
Para hacer uso de la prerrogativa de trabajo en favor de la comunidad a que se refiere el presente ordenamiento, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.

Que sea a solicitud del infractor, mediante manifestación escrita;

II.

El C. Juez municipal estudie las circunstancias del caso, y previa previsión médica resuelva si procede la solicitud del infractor;

ARTÍCULO 169.- Se impondrá el doble de la sanción impuesta inicialmente a quien reincida en la comisión de la infracción. Se considerará reincidente al que haya cometido la misma falta en dos ocasiones dentro de un lapso de seis meses.
Para el caso, el Juez del Municipio vigilará que se mantengan actualizados los Libros de Registro que se deberán llevar, conforme al reglamento respectivo.

III.

Por cada hora de trabajo en favor de la comunidad se permuten cuatro horas de arresto;

IV.

La ejecución del trabajo en favor de la comunidad será coordinada por la Dirección de Obras y Servicios Públicos, debiendo informar a su término al Juez Calificador; y
Los libros que se llevaran en el Municipio son libro de gobierno en el cual se asentaran por orden progresivo todos los asuntos tratados en el Juzgado Municipal, los cuales contendrán, número de expediente, nombre del probable infractor, fecha de conocimiento, una síntesis del asunto que se trata, y el sentido de la resolución y libro de arrestos el cual contendrá el nombre del presunto infractor y cuál fue su sanción, especificando si su sanción fue arresto, pecuniaria o trabajo comunitario.

V.

Que el trabajo se realice de lunes a viernes dentro de un horario de las 8:00 a las 13:00 horas. Los trabajos en favor de la comunidad podrán ser:

A. Artículo 154 en sus fracciones XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII; y B. Artículo 155 en sus fracciones IX, XXIX, XLVIII y LII.

ARTÍCULO 169 BIS. - Los libros que se lleven en el Juzgado Municipal, deberán estar exentos de raspaduras y enmendaduras, los errores en los libros se testan con una línea delgada que permita leer lo testado, los espacios no usados se inutilizan con línea diagonal.
ARTÍCULO 170.- Las sanciones de multa podrán permutarse por arresto hasta por treinta y seis horas.

A. Barrido de calles;
B. Arreglo de camellones;

parques,
jardines
y
C. Reparación de escuelas y centros comunitarios;
D. Mantenimiento de puentes, monumentos y edificios públicos; y E. Las demás que determine la o el Presidente Municipal.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 13/4/2022

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha13/04/2022

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones575

Primera edición12/01/2011

Ultima edición22/05/2024

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