Periódico Oficial de Tlaxcala del 20/8/2014

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 4

Periódico Oficial No. 34 Primera Sección, Agosto 20 del 2014

inmediato y sea devuelto al cajón por el personal de apoyo, suspendiendo el evento en ese circuito; y VIII.

Designar la Zona exclusiva para ubicar a:
Puestos de Socorro, Socorristas, Elementos de Seguridad Pública, Paramédicos y Personal de Protección Civil, dentro del Circuito de su adscripción; así como las Rutas de Evacuación.
CAPITULO II
Los lugares para los espectadores
Artículo 8.- A juicio de las Autoridades Protección Civil Municipal, la construcción burladeros, deberán contar con las medidas seguridad pertinentes, para protección de espectadores, bajo los siguientes lineamientos:
I.

II.

III.

de de de los
Los burladeros deberán tener una altura mínima de un metro, con cincuenta centímetros, sobre la base de su plantación, protegiendo a los espectadores, así como, estar construidos con material de calidad, con el espacio suficiente y no tener un sobre cupo de personas;
Las gradas dispondrán de pasillos suficientes, para favorecer la circulación y desocupación del público; y Los techos de las casas, deberán estar en buen estado y no excederse con un número mayor de espectadores.

Artículo 10.- En cada circuito habrá un Juez de Circuito, un Alguacil y sus Asesores Taurinos, quienes estarán a cargo de vigilar que se desarrolle la Huamantlada con base al presente Reglamento, por seguridad de los espectadores y de los animales.
Artículo 11.- El Juez de cada circuito, estará identificado por una Boina Vasca Negra, que contendrá una Borla Blanca y un Peto y Brazalete Amarillo, que contendrá la denominación de:
Juez de Circuito, proporcionada por el Comité Taurino Municipal; y contará con el apoyo de elementos de la Dirección de Seguridad Publica, Tránsito Municipal y Protección Civil para salvaguardar el orden y la seguridad Pública.
Artículo 12.- Se respetarán los horarios de duración del evento, los cuales serán determinados por el Comité.
Artículo 13.- Durante el encierro, se prohíbe la circulación de vendedores ambulantes de bebidas embriagantes u otros; debiendo estar ubicados en lugares que no impidan la visibilidad del público o pongan en riesgo su seguridad; el que incurra en desacato, se sancionará con base al presente Reglamento o por otra Norma Municipal aplicable.
Artículo 14.espectadores:
I.

Arrojar todo tipo de objetos a los toros, que le puedan causar daño alguno, durante la Huamantlada y en su encierro de los mismos; y
II.

Alterar el orden público, promoviendo altercados o discusiones, al inicio, durante y después del desarrollo de la Huamantlada, lo que dará motivo a que los infractores, sean puestos a disposición de la Autoridad competente, teniendo como consecuencia,
CAPITULO III
El proceso de la lidia Artículo 9.- Toda persona que ingrese al circuito de faena y los toriles, en su calidad de lidiadores, tendrá que registrarse, en lista, la cual estará a cargo de personas que designe el Comité, para su correspondiente registro.

Queda prohibido para los

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 20/8/2014

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha20/08/2014

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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