Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/6/2014

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 2

Periódico Oficial No. 24 Primera Sección, Junio 11 del 2014

Al margen un Escudo de Tlaxcala. Gobierno del Estado. 2011 2016.
Oficialía Mayor de Gobierno. Dirección de Recursos Humanos.

FORMATO DE MOVIMIENTO DE ALTAS Y BAJAS TEMPORALES O DEFINITIVAS, CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN Y DE CATEGORÍA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
ADSCRITOS A LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO, QUE SE
ENCUENTRAN SUJETOS A LA LEY DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE
TLAXCALA; Y QUE DEBERÁ COMUNICAR LA OFICIALÍA MAYOR Y LOS
TITULARES DE LAS DEMÁS DEPENDENCIAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SUS ÁREAS
DE RECURSOS HUMANOS A PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE TLAXCALA.
Con fundamento en los artículos 11, 14, 15, 51 fracciones I, IV, VII y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; artículos 1, 2, 10 fracciones II, VI, XII, XXIII y XXV del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado de Tlaxcala, el suscrito licenciado UBALDO VELASCO HERNÁNDEZ, OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO DEL
ESTADO DE TLAXCALA, para cumplir con las normas y políticas en materia de planeación, selección, contratación, capacitación y desarrollo de los servidores públicos adscritos a las dependencias del Gobierno del Estado, así como orientar y apoyar a las áreas de recursos humanos para cumplir con los lineamientos establecidos en el artículo 15 y 26 de la Ley de Pensiones Civiles en el Estado de Tlaxcala, procedo a emitir el siguiente:

ACUERDO
PRIMERO. Los titulares de las dependencias de Gobierno, a través de sus áreas de recursos humanos, deberán comunicar a Pensiones Civiles del Estado de Tlaxcala, los movimientos de alta y bajas temporales o definitivas, cambios de adscripción y de categoría de los servidores públicos que tengan adscritos; dentro de los cinco días siguientes que sea efectivo el movimiento.
SEGUNDO. Las áreas de recursos humanos de las dependencias de Gobierno, en el formato de los avisos de los movimientos de alta y bajas temporales o definitivas, cambios de adscripción y de categoría de los servidores públicos que tienen adscritos; deberán cubrir como requisitos: 1 los datos generales de la dependencia que presenten; 2 la fecha a partir de la cual es efectivo el movimiento y; 3 la fecha de la primera nómina en la cual ésta surtirá sus efectos
TERCERO. Para el efecto de que las áreas de recursos humanos de las dependencias de Gobierno y la Dirección de Recursos Humanos de Oficialía Mayor de Gobierno del Estado, cumplan a cabalidad lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Pensiones Civiles del Estado, deberán utilizar el formato siguiente:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/6/2014

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha11/06/2014

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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