Periódico Oficial de Tlaxcala del 7/5/2014

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Periódico Oficial No. 19 Primera Sección, Mayo 7 del 2014

Página 3

Deberá presentar los siguientes documentos recientes.
a b c d e f g
Solicitud que contenga los datos generales del candidato.
Carta de aceptación del candidato.
Acta de nacimiento.
CURP.
Credencial de elector.
Dos fotografías tamaño infantil blanco y negro.
Relación con 50 nombres de ciudadanos, con firma, domicilio, sección y clave nominal del padrón electoral, de la sección o secciones que integran la Unidad Habitacional por el cual se postule.
h Constancia de no adeudo de contribuciones municipales extendida por la Tesorería del Municipio.
i Constancia de no adeudo del servicio de agua potable extendida por el Director de la CAPACH.
j Carta de no antecedentes penales.
k Constancia de no inhabilitación.
l No haber sido objeto de alguna recomendación por la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
m Constancia de radicación.
Así mismo las fórmulas registradas deberán proponer a una persona como representante de la fórmula ante la mesa directiva de casilla. Toda la documentación que avale el cumplimiento de los requisitos señalados deberá presentarse por duplicado tanto al propietario como al suplente.
QUINTA.- La comisión responsable del proceso electoral una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, entregará a la fórmula solicitante su constancia de registro.
SEXTA.- Los candidatos podrán realizar su campaña proselitista a partir de las 15:00 horas del día 23 de mayo y hasta las 24:00 horas del día jueves 29 de mayo.
SÉPTIMA.- Las campañas proselitistas de los candidatos se realizarán con financiamiento propio de éstos o de sus simpatizantes, no podrá ningún candidato presentar candidatura de partido político alguno, ni usar emblemas, colores de éstos en su propaganda, ni recibir de ellos financiamiento alguno.
OCTAVA.- El órgano para la calificación de la elección de Delegados Municipales será la Comisión, también será la encargada de la administración de los recursos y emisión de los dictámenes referentes a esta elección, mismo que se apegará en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad, equidad, objetividad, certeza y profesionalismo.
NOVENA.- La Comisión responsable del proceso electoral dará a conocer el resultado de la Elección de Delegado Municipal de la unidad habitacional mencionada con base en las Actas de Escrutinio y Cómputo que emitan las casillas receptoras del voto.
DÉCIMA.- La comisión responsable del proceso electoral se reserva la facultad de resolver lo no previsto en la presente convocatoria.
DÉCIMA PRIMERA: El cargo de elección popular de Delegadoa de Unidad Habitacional es honorífico y aplica desde el momento en que se den a conocer los resultados de la Elección y entrega de Constancia de Mayoría.
EN USO DE LA VOZ, EL PROFESOR ANTONIO MENDOZA ROMERO, PRESIDENTE MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 16 DEL CÓDIGO DE
INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES PARA EL ESTADO DE TLAXCALA; 33 FRACCIÓN I, 121, 122, 123 Y 124 DE LA LEY MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE TLAXCALA, SOMETE A
CONSIDERACIÓN DEL CABILDO LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS EN EL
MUNICIPIO DE CHIAUTEMPAN, MISMA QUE ES APROBADA POR UNANIMIDAD DE VOTOS
Aprobada en la Séptima Sesión Ordinaria de Cabildo del día 30 de Abril del año dos mil catorce.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 7/5/2014

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha07/05/2014

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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