Periódico Oficial de Tlaxcala del 9/5/2012
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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala
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Periódico Oficial No. 19 Primera Sección, Mayo 9 del 2012
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. TLAXCALA.
Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TLAXCALA
LX LEGISLATURA
C. JUAN JAVIER POTRERO TIZAMITL.DIP.
PRESIDENTE.Rúbrica.C.
FORTUNATO MACÍAS LIMA.- DIP.
SECRETARIO.Rúbrica.C.
BERNARDINO PALACIOS MONTIEL.DIP. SECRETARIO.- Rúbrica.
ACUERDO
PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 46 fracción I, 47, 48, 49, 54
fracciones VI y LII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9
fracción III, 10 Apartado B fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, y 114, 116, 124, 125, 128, 129 y 130 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala; esta LX Legislatura exhorta tanto al titular del Poder Ejecutivo Estatal como a los Presidentes Municipales de: Tlaxcala, Tepeyanco, Zacatelco, Xicohtzinco y Papalotla de Xicohténcatl, para que en el marco de sus facultades y obligaciones, garanticen la rehabilitación de las luminarias que se ubican en el tramo carretero Tlaxcala-Puebla; a efecto de que dichas luminarias funcionen en horario nocturno, con el propósito de contribuir a facilitar el tránsito vial, abatir la comisión de actividades delictivas y prevenir accidentes viales. Velando en todo por la Población, tanto de la región como la que por necesidad transita en el tramo carretero de referencia. Todo ello, como una política pública de Prevención del Delito.
SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo al Ciudadano Gobernador del Estado de Tlaxcala, para su conocimiento y efectos.
TERCERO. Comuníquese el presente Acuerdo a los ciudadanos Presidentes Municipales de los municipios de Tlaxcala, Tepeyanco, Zacatelco, Xicohtzinco y Papalotla de Xicohténcatl, para su conocimiento y efectos.
CUARTO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.
Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de
Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Congreso del Estado Libre y Soberano. Tlaxcala. Poder Legislativo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. TLAXCALA.
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TLAXCALA
LX LEGISLATURA
ACUERDO
PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45, 46, fracción I y 54, fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9, fracción III y 10 apartado B, fracciones II y VII y 82, fracción XXIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, y 37, fracción XXII, 38, fracciones III y IV, 60, fracción II, 115, 116, fracciones I, II y III, 117 y 124, del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Estatal, y al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en el marco de sus facultades y obligaciones, emprendan acciones conjuntas que garanticen abatir la extorsión telefónica en nuestra entidad federativa, principalmente la procedente de los Centros Penitenciarios, de los Centros de Internamiento para Menores Infractores e incluso de las Corporaciones Policiacas y Organismos Gubernamentales en el Estado de Tlaxcala.
SEGUNDO. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al contenido del presente Acuerdo.