Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/1/2012

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Fuente: Periódico Oficial de Tlaxcala

Página 2

Periódico Oficial No. 2 Primera Sección, Enero 11 del 2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Gobierno del Estado de Tlaxcala.

XXII, 42 fracción III y 72 fracción VI de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, y CONSIDERANDO

ACUERDO
DE
COLABORACIÓN
ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL
QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO Y EL
MUNICIPIO
DE
TLAXCALA, REFERENTE
A LAS
MULTAS
IMPUESTAS
POR
AUTORIDADES
ADMINISTRATIVAS FEDERALES NO
FISCALES.
El Ejecutivo del Estado representado por el Lic.
Mariano González Zarur, Gobernador del Estado de Tlaxcala, asistido por el Dr. Noé Rodríguez Roldán, Secretario de Gobierno y el Lic. Ricardo David García Portilla, Secretario de Finanzas, a quienes en lo sucesivo se les denominará EL
EJECUTIVO DEL ESTADO, y por la otra parte, el Municipio de Tlaxcala, representado por el Lic. Pedro Pérez Lira, Lic. Horacio Fabián Palafox Palafox y Profr. Adrián Sánchez Ávila, en su carácter de Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y Síndico del Ayuntamiento, respectivamente, a quienes en lo sucesivo se les denominará EL MUNICIPIO, con fundamento en las clausulas segunda, fracción IX y X inciso c, tercera, cuarta, párrafo tercero, decima quinta, vigésima fracción XI, vigésima tercera y vigésima séptima, del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de Tlaxcala, con fecha diecinueve de enero del dos mil nueve, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de marzo de dos mil nueve y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el día veinticuatro de marzo del citado año y en los artículos 57, 69, 70 fracciones XII y XIV, 91
fracción IV, cuarto párrafo, y 101 fracciones IV
y V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 11, 15, 28 fracción IV, 31 y 32 fracciones I, incisos c, d, e, h y k, III inciso b y VII incisos b y c de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, en relación con los artículos 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal; 33
fracciones IX y XIII, 41 fracciones XVIII y
Que el Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, en concordancia con los objetivos y políticas de participación establecidas en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016, tiene como objeto fundamental coadyuvar con el fortalecimiento de los Municipios de la Entidad, a fin de lograr su integración al desarrollo armónico del Estado, además de impulsar la descentralización y desconcentración de funciones que permitan mejorar la gestión pública en beneficio de los tlaxcaltecas.
Una de las acciones para lograrlo, es impulsar la colaboración administrativa entre ambos órdenes de gobierno, estatal y municipal; lo cual, por una parte brindará mayores ingresos y por la otra, más atribuciones para los Municipios, en correspondencia con sus responsabilidades institucionales y sus funciones públicas.
En esta tesitura y considerando la necesidad de ejecutar acciones para el fortalecimiento del Sistema de Coordinación Fiscal en el Estado y lograr un impacto positivo en la capacidad financiera y la gestión pública, EL
EJECUTIVO DEL ESTADO y EL
MUNICIPIO acuerdan:
PRIMERO. EL MUNICIPIO efectuará a través de las autoridades fiscales municipales, las siguientes facultades:
I.

Notificar las multas federales no fiscales, determinar sus correspondientes accesorios y recaudar unas y otros, incluso a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, establecido en el Código Fiscal de la Federación, tratándose de infractores domiciliarios en su jurisdicción territorial.
La recaudación de las multas mencionadas se efectuará por el Municipio a través de la Tesorería, para realizar el cobro respectivo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 11/1/2012

TítuloPeriódico Oficial de Tlaxcala

PaísMéxico

Fecha11/01/2012

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones516

Primera edición12/01/2011

Ultima edición19/04/2023

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