Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/3/2019 - Legislativo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 26 de marzo de 2019

Página 3

Por lo anteriormente expuesto, resulta pertinente el ofrecimiento de recompensa solicitada por el Coordinador Estatal Antisecuestro, expidiéndose para el efecto el siguiente:
ACUERDO ESPECÍFICO
PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto en punto NOVENO del Acuerdo número 02/2017 suscrito por C.
Procurador General de Justicia en el Estado, en el que señala, que el Fiscal en casos extraordinarios, excepcionales y específicos, podrá autorizar recompensas por montos superiores a los establecidos, es por ello que el monto del ofrecimiento de recompensa a quien o quienes aporte la información será de hasta $5,000,000.00 CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N..
SEGUNDO. Se autoriza el ofrecimiento de recompensa de hasta $5,000,000.00 CINCO MILLONES DE PESOS
00/100 M.N a quien o quienes proporcionen información exacta, veraz y útil para el auxilio eficaz, cierto y oportuno para la localización, ubicación y captura del o los responsables del delito de homicidio cometido en agravio de LUCIA PATRICIA BUTRÓN RIVERA; ofrecimiento y entrega de recompensa que no será aplicable a los Servidores Públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales.
TERCERO. La recompensa a que se refiere el artículo anterior, se entregará a quien o quienes aporten información conforme a los criterios siguientes:
I.- De manera proporcional en relación al número de personas que hubieren participado en el homicidio de LUCIA PATRICIA BUTRÓN RIVERA, por las que se hace el ofrecimiento y a la veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad de la información aportada;
II.- En caso de que la misma información fuera proporcionada por más de una persona, tendrá derecho a la recompensa el que primero la hubiere proporcionado, y III.- Si la información es aportada por dos o más personas simultáneamente, la recompensa se repartirá por partes iguales entre ellas.
CUARTO. La información que aporten los particulares sobre los hechos a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, será recibida por los medios siguientes:
I.- En el número de teléfono 045-841-84-1-05-95.
II.- En las direcciones de correo electrónico: recompensas@tam.gob.mx y recompensaspgje@tam.gob.mx QUINTO. Se designa un servidor público que recibirá la información por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo cuarto de este Acuerdo, quien será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla; asimismo, asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible, debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de su contenido.
SEXTO. Recibida la información, será remitida a la Dirección General del Procedimiento Penal Acusatorio y Oral, quien deberá corroborar que la información proporcionada corresponda a la solicitada en la oferta de recompensa y ordenará la práctica de las diligencias que resulten conducentes con motivo de la misma, a efecto de poder determinar que, por virtud de la misma, se ha logrado la localización, ubicación y captura del o los probables responsables del delito de homicidio cometido en agravio de quienes en vida llevaran por nombre LUCIA PATRICIA BUTRÓN RIVERA.
Cuando sea necesario, por la relevancia y oportunidad de la información proporcionada, el Ministerio Público ordenará que las instituciones de Seguridad Pública del Estado, Federales o Militares, en términos de las disposiciones aplicables, le presten auxilio suficiente y eficaz para corroborar la información que haya sido proporcionada.
SÉPTIMO. La información que se aporte, el número de identificación confidencial y en su caso, los datos personales de quien la haya proporcionado, así como las actas que levanten y toda la documentación e información que se generen con motivo del presente Acuerdo Específico, se clasificarán como información estrictamente reservada y confidencial.
OCTAVO. En caso de obtenerse la localización, ubicación y captura del o los probables responsables del delito de homicidio cometido en agravio LUCIA PATRICIA BUTRÓN RIVERA en virtud de la información aportada, el Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas, determinará el monto a entregar por concepto de recompensa, en proporción a la exactitud, veracidad y utilidad de la información aportada, conforme el artículo tercero de este Acuerdo Específico.
NOVENO. Se establecerá comunicación con la persona a quien deba entregarse la recompensa, a través del medio que ésta haya proporcionado para tal efecto, mediante el número confidencial de identificación.
La entrega de la recompensa se realizará mediante depósito en cuenta bancaria o en efectivo, únicamente a quien cuente con el número confidencial de identificación. Para tal efecto, el servidor público que reciba la información deberá requerir al interesado el número de la cuenta bancaria respectiva o citarlo para hacer la entrega en efectivo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/3/2019 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha26/03/2019

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3902

Primera edición02/01/1999

Ultima edición20/07/2023

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