Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/11/2018 - Anexo

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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., viernes 30 de noviembre de 2018

Página 3

CUARTO. Que después de desarrollado un profundo análisis de las necesidades y circunstancias específicas a regularse por el Reglamento objeto del proceso ya mencionado, la Comisión de Gobierno y Reglamentación del Honorable Cabildo, formuló el proyecto definitivo del Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de El Mante, Tamaulipas.
QUINTO. Que en el proyecto formulado, que consta de 168 artículos, incluyendo 3 Transitorios, se atendieron las opiniones ciudadanas recibidas, que versaron especialmente en la urgencia del respeto de las normas esenciales de vialidad, el respeto al peatón, no estacionarse en doble fila, respectar los sitios reservados para el estacionamiento de vehículos para discapacitados y la necesidad de campañas para concientizar a los motociclistas en el uso de casco integral, estableciéndose en el Reglamento aprobado de manera clara, las obligaciones de los conductores de vehículos y de los peatones, las facultades de las autoridades y se generó un tabulador de infracciones y multas en su artículo 164 que hará más sencilla y transparente su aplicación; en resumen, el Reglamento aprobado por el Honorable Cabildo de El Mante, es un proyecto ciudadano y acorde a las facultades de los Ayuntamientos para regular la materia de tránsito y que el Cabildo considera como apropiado y necesario para generar una convivencia armoniosa y la seguridad vial a la que tienen derecho los ciudadanos Mantenses.
SEXTO. Que por lo antes expresado, durante el desarrollo del X Décimo punto del Orden del Día de la XIII
Décima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 18 de agosto del año 2017 y de conformidad a los formulismos que establece el Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de El Mante en sus artículos 51 y 52, se aprobó por unanimidad de votos el siguiente:
REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL MUNICIPIO DE EL MANTE, TAMAULIPAS
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.
1.
Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público, interés social y observancia general en el territorio municipal de El Mante, Tamaulipas.
2.
El presente Reglamento se sustenta en las atribuciones conferidas a los Ayuntamientos en los artículos 21 y 115 fracciones II, segundo párrafo y III inciso h de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 y 132 fracción VIII de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 3º fracción II de la Ley de Tránsito y 49 fracción III del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
3.
La aplicación y ejecución del presente Reglamento compete a las autoridades municipales señaladas en el mismo, sin demérito del cumplimiento que deriva de diversas disposiciones legales y las atribuciones que se confieren a servidores públicos de la Federación y del Estado, así como las que entrañan la coordinación y colaboración interinstitucional, y las previsiones en materia de seguridad pública previstas en la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO 2.
El presente Reglamento, tiene como objeto establecer normas relativas:
I.A la circulación y estacionamiento de vehículos;
II.A la forma de proceder de los conductores;
III.Al tránsito y la conducta de los peatones, acompañantes, pasajeros, ocupantes de vehículos, personas con alguna discapacidad y a la seguridad vial de los menores;
IV.A las facultades y obligaciones de las autoridades municipales en materia de tránsito y vialidad;
V.A las maniobras de carga y descarga de los vehículos;
VI.A la atención e intervención administrativa de los hechos derivados del tránsito, así como las obligaciones de las personas físicas o morales que directa o indirectamente intervengan en los mismos;
VII.- A los permisos o restricciones que se establezcan para el tránsito de vehículos en las vías públicas, así como a las restricciones para el tránsito de los vehículos que transporten sustancias tóxicas o peligrosas;
VIII.- A la vigilancia y supervisión de los vehículos y al cumplimiento de las normas para facultar su circulación;
IX.A la aplicación de las sanciones que correspondan por infracciones de tránsito, en los términos del presente Reglamento; y X.A las determinaciones temporales o definitivas, para autorizar, o prohibir en su caso, limitar la circulación de vehículos y/o personas por determinadas vialidades o sectores del Municipio.
ARTÍCULO 3.
1.
Las disposiciones del presente Reglamento tendrán aplicación en todas las vías públicas del Municipio, así como también en las áreas o zonas privadas de acceso público, sin necesidad de mediar acuerdo previo o autorización del particular, debiendo ceñirse a los procedimientos del orden jurídico vigente.
2.
Cualquier alteración de los documentos del vehículo, será sancionada de acuerdo al presente Reglamento, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que incurra el infractor.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 30/11/2018 - Anexo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

PaísMéxico

Fecha30/11/2018

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1119

Primera edición27/01/1999

Ultima edición22/05/2024

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