Periódico Oficial de Sinaloa del 12/11/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

Viernes 12 de Noviembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

3

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
Que el principio de bien jurídico tutelado es fundamental en un Estado Social y Democrático de derecho y significa el ejercicio del poder estatal para beneficio del pueblo, con lo cual la vertiente subjetiva del Derecho Penal concebida como poder o facultad estadual para castigar, y que en su fase inicial consiste en la determinación de las conductas prohibidas y penadas, tienen como determinante la protección de bienes juridicos fundamentales, esto es, aquellos que las personas y la sociedad deciden y consideran imprescindibles para su desarrollo y participación en el sistema social en una época y lugar determinados.

PROCURADURiA
GENERAL
DE
JUSTICIA DEL ESTADO
DESPACHO DEL PROCURADOR
CIRCULAR NÚMERO 03/2004
Que fija al Ministerio Público reglas de actuación en tratándose de averiguaciones previas sobre delitos de Homicidio Doloso y Secuestro.

Que el ejercicio legal de la muy característica atribución constitucional del Ministerio Público para la investigación y persecución de los delitos se enmarca asimismo con la observancia de los principios de un Estado Social y Democrático de Derecho, con lo cual es imperativo que las normas jurídicas junto con la estricta legalidad alcancen su fin último de la justicia material, máxime las de derecho penal con su esencial protección de bienes jurldicos fundamentales.
CC.
SUBPROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA
SUBPROCURADORES REGIONALES DE JUSTICIA
DIRECTOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS
UNIDAD DE CONTRALORíA INTERNA
AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADORES
DEL FUERO COMÚN DEL ESTADO
P R E S E N T E.-

CONSIDERANDO

ÓSCAR FIDEL GONZÁLEZ MENDfvlL, Procurador General de Justicia del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que me confieren los articulas 76 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 11 y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 13 y 16
del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; y 19, 20 fracción I y 24 fracciones 1, 11, VII Y XIV de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Sinaloa en vigor, y
.

ÓSCAR FIDEL GONZÁLEZ MENOfvlL, Procurador General de Justicia del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 76 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 11 y 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 13 y 16
del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sínaloa; y 19, 20 fracción I y 24 fracciones L 11, VII Y XIV de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Sinaloa en vigor, y ,
CC.
SUBPROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA
SUBPROCURADORES REGIONALES DE JUSTICIA
DIRECTOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS
UNIDAD DE CONTRALORíA INTERNA
AGENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO INVESTIGADORES
DEL FUERO COMÚN DEL ESTADO
P R E S N T E.-

CONSIDERANDO

Que el ejercicio legal de la muy característica atribución constitucional del Ministerio Público para la investigación y persecución de los delitos se enmarca asimismo con la observancia de los principios de un Estado Social y Democrático de Derecho, con lo cual es imperativo que las normas jurídicas junto con la estricta legalidad alcancen su fin último de la justicia material, máxime las de derecho penal con su esencial protección de bienes jurfdicos fundamentales.

PROCURADURiA
GENERAL
DE
JUSTICIA DEL ESTADO
DESPACHO DEL PROCURADOR
CIRCULAR NÚMERO 03/2004
Que fija al Ministerio Público reglas de actuación en tratándose de averiguaciones previas sobre delitos de Homicidio Doloso y Secuestro.

Que el principio de bien jurídico tutelado es fundamental en un Estado Social y Democrático de derecho y significa el ejercicio del poder estatal para beneficio del pueblo, con lo cual la vertiente subjetiva del Derecho Penal concebida como poder o facultad estadual para castigar, y que en su fase inicial consiste en la determinación de las conductas prohibidas y penadas! tienen como determinante la protección de bienes jurídicos fundamentales! esto es, aquellos que las personas y la sociedad deciden y consideran imprescindibles para su desarrollo y participación en el sistema social en una época y lugar determinados.

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
Viernes 12 de Noviembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

3

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 12/11/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha12/11/2004

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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