Periódico Oficial de Sinaloa del 24/9/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

EL ClUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, Se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 645
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulas 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. JUAN MANUELALTAMIRANO GARCÍA, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 060 l 1701 O1 Administrativos, tornando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor e da siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a os veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos das del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. MilIán LizlÍrraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Arrnienta Calderón; El Secretario deAdrninistración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

Viernes 24 de Septiembre de 2004
EL ESTADO DE SINALOA. 3
EL CIUDADANO JUAN S.lffi..LAN LIZARRAG Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano dé Sinalo a sus habitantes hace saber:
Que por el H, Congreso de mismo, se le ha comunicado 10 siguiente:
.El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Stima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, .
DECRETO NÚMERo: 644
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en 10 dispuesto en el artículo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulos 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. ARNOLDO TOLOSAPICOS, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el dfa siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de SinnloB.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinalo a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro. C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprim publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Mi11án Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderon; El Secretario de Administración y Finanzas, Oscar J. Lara Aréchíga.- Rúbricas.

EL ClUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H, Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Swtima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 644
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulos 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. ARNOLDO TOLOSAPICOS, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 170101 Administrativos, tornando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el da siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julío de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. MilIán Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M.Arrnienta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas, Osear 1. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO JUAN S. MILLAN LIZARRAG Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, Se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 645
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en 10 dispuesto en el artículo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulos 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. JUANMANUELALTAMIRANO GARC por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004 en la Partida 0601 1701 O1 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalo8.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, SinaIoa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mi cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizlirraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas.
Osear J. Lara Aréchiga.- Rúbricas.
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de
Viernes 24 de Septiembre de 2004

EL ESTADO DE SINALOA

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 24/9/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha24/09/2004

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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