Periódico Oficial de Sinaloa del 24/9/2004

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa

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EL ESTADO DE SINALOA

Viernes 24 de Septiembre de 2004

EL CIUDADANO mAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
. Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado 10 siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura. ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERo: 643
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 43 fracción xxvm de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículos 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, aplicado por analogía en el presente caso, se concede pensión por jubilación al C. FRANCISCO MANJARREZ
ZEPEDA, por la cantidad de $ 2,705.82, mensuales.
ARTícULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley. de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año del 2004, en la Partida 0601 1701 O1 Administrativos. tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTícULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigot el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalo8.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete dias del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria. Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga;
El Secretario Genel de Gobierno, Gonzalo M. Annienta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

GOBIERNO DEL ESTADO

EL CIUDADANO roAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes bace saber:
Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 642
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo.43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulas 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. MARTHAALICIA CRAN PERALTA, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalo
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imeldá Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en laciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Arrnienta Calderón; El Secretario deAdminislración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO mAN S. MILLAN LIZARRAGA,GobernadórConstitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes bace saber:
. Que por el H. Congreso del mismo, se le ha comunicado lo siguiente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sin aloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETÓNÚMERo: 642
ARTÍULO PRIMERO.- Con fundamento en lo disl?uestO en el artÍculo.43 fracción xxvm de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y artículos 92 y 94 de la Ley de los ,Trabajadores al Servicio del Estado, se concede pensión por jubilación al C. THAALICIA CRAN PERALTA, por la cantidad de $5,469.18, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año 2004, en la Partida 060 l 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANSITORIO:
ARTícULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloan.
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Cu1iacán Rosales. Sinaloa, a los veintisiete días del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Sllúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imeldli Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en laciudad de CuHacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. MilllÍn Lizárraga;
El Secretario Generol de Gobierno. Gonzalo M. Amúenta Calderón; El Secretario de Administración y Finanzas, Oscar J. LamAréchiga.- Rúbricas.

EL CIUDADANO roAN S. MILLAN LIZARRAGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que por el H. Congreso del mísmo, se le ha comunicado lo siguíente:
El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Quincuagésima Séptima Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 643
ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 43 fracción XXVIII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y articulas 92 y 94 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, aplicado por analogía en el presente caso, se concede pensión por jubilación al C. FRANCISCO MANJARREZ
ZEPEDA, por lacantidnd de $ 2,705.82, mensuales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa para el año del 2004, en la Partida 0601 1701 01 Administrativos, tomando en cuenta el monto de la pensión por jubilación a que se refiere el presente Decreto.
TRANiITORIO:
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinalo
Es dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintisiete dlas del mes de julio de dos mil cuatro.- C. Saúl Pérez Parra, Diputado Presidente; C. Francisca Elena Corrales Corrales, Diputada Secretaria; C. Imelda Castro Castro, Diputada Secretaria.- Rúbricas.
Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil cuatro.- El Gobernador Constitucional del Estado, Juan S. Millán Lizárraga;
El Secretario General de Gobierno, Gonzalo M. Arrnienta Calderón; El Secretario deAdminislración y Finanzas, Osear J. LaraAréchiga.- Rúbricas.

GOBiERNO DEtESTADO

2 EL ESTADO DE SINALOA

Viernes 24 de Septiembre de 2004

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 24/9/2004

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa

PaísMéxico

Fecha24/09/2004

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones341

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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