Periódico Oficial de Sinaloa del 12/2/2021 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

viernes 12 de febrero de 2021

EL ESTADO DE SINALOA 3

PODER EJECUTIVO ESTATAL

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
Quirino Ordaz Coppel, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, en ejecución de la facultad que me confiere el artículo 65, fracción I y XXV de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1, 2, 7, 9, y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 2 y 7 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; y con fundamento en los artículos 1, 2, 3 fracciones I y VI, 5 fracción II, 6 fracción IV, 7 fracción I, 8 fracción VI, 83, 85 fracción II, 87, 90, 95 y demás relativos de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Sinaloa; y Considerando Que nuestro Estado cuenta una gran variedad de recursos naturales, los cuales deben ser conservados, incluyendo la diversidad de las especies de flora y fauna silvestres, garantizando su protección, a través del aprovechamiento sustentable, preservando el equilibrio ecológico y la protección al ambiente, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021, en el eje estratégico III Desarrollo Sustentable e Infraestructura, tema 3 Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Objetivo 1 plantea impulsar el uso y manejo responsable de los recursos naturales renovables para su conservación y restauración, y así alcanzar mejor calidad de vida de sus habitantes, estableciéndose como línea de acción 1.1.1, el gestionar y promover el incremento del territorio del estado de Sinaloa, bajo esquemas de protección de los ecosistemas.
Que las reservas estatales se constituirán en provincias biogeográficas relevantes a nivel estatal, representativas de uno o más ecosistemas no alterados significativamente por la acción del ser humano o que requieran ser preservados y restaurados, en los cuales habiten especies representativas de la biodiversidad estatal y/o regional, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.
Que el área de Sierra de Tacuichamona ubicada en los municipios de Culiacán, Cosalá y Elote, se encuentra incluida dentro de las zonas susceptibles e integrar el Sistema Estatal de Áreas Naturales Protegidas, por sus características de alta biodiversidad que se fundamenta en una representatividad de su vegetación, variedad faunística y sus bellísimos atractivos naturales y culturales, cuyas características la sitúan en una provincia relevante para considerarse dentro de la categoría de Reserva Estatal.
Que la zona de Sierra de Tacuichamona presenta diversos tipos de vegetación, entre estos:
Selva Baja Caducifolia, Bosques de Encino y Selva Mediana Subcaducifolia. El uso de suelo está limitado al aprovechamiento de los escurrimientos naturales del agua, ganadería extensiva y agricultura en pequeña escala.
Que las especies más representativas de vegetación natural son el Mauto Lysiloma sp., Lapaco Ficus sp., Palo Brasil Haematoxyfum brasiletto, Arrayan Psidium sartoianum, r

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 12/2/2021 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha12/02/2021

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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