Periódico Oficial de Sinaloa del 12/2/2021 - 2da. Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

72 EL ESTADO DE SINALOA

518 del Código Familiar vigente en el Estado.
Culiacán, Sin., Ene. 24 de 2020
SECRETARIA PRIMERA
Claudia Borquez Zazueta.
ENE. 1-15-29 FEB. 12
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA.
EDICTO:
SR. JOSÉ LUIS PARDO VELÁZQUEZ.
DOMICILIO IGNORADO.
En el Expediente número 1931/2012, el Juez Primero de lo Familiar, encontró fundada la demanda para obtener DECLARACION DE
AUSENCIA y/o PRESUNCION DE MUERTE
DE JOSÉ LUIS PARDO VELÁZQUEZ, presentada por ERMELICIA VELARDE
LIZÁRRAGA, se convoca a los interesados que deseen oponerse pudiendo hacerlo hasta pasados 4 cuatro meses de la fecha de la última publicación del presente.
ATENTAMENTE:
Mazatlán, Sin., Nov. 04 de 2020.
SECRETARIA PRIMERA DE
ACUERDOS.
Alma Bricia Astorga Ramírez.
ENE. 1-15-29 FEB. 12-26 MZO. 12
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA.
EDICTO
Que en el Expediente 2239/2016, el señor MARIARAFAELAALMEIDALARApromueve Juicio en la vía ACTIVIDAD JUDICIAL NO
CONTENCIOSA DECLARACIÓN DE
AUSENCIA de ERASMO QUIÑONEZ RÍOS
y/o HERASMO QUIÑONEZ RÍOS, Juicio en el cual se dictó Sentencia con fecha 23 veintitrés de septiembre del año 2020 dos mil veinte, la cual en sus puntos resolutivos dice:
PRIMERO. Se decreta formalmente la ausencia de ERASMO QUIÑONEZ RÍOS y/o HERASMO QUIÑONEZ RÍOS, con todas sus consecuencias legales. SEGUNDO. Quedan subsistentes los cargos de Depositaria y Representante del ausente a cargo de la señora MARÍA RAFAELA ALMEIDA LARA, a quien
viernes 12 de febrero de 2021

se le exime de otorgar garantía con respecto al manejo y administración de los bienes, obligaciones y derechos del ausente, según argumentos que se detallan al efecto en la parte considerativa de esta resolución. TERCERO.
Una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, se interrumpe la sociedad conyugal que en su momento establecieron el ausente MARÍARAFAELAALMEIDALARAyERASMO
QUIÑONEZ RÍOS y/o HERASMO QUIÑONEZ
RÍOS, al menos que de haberse celebrado capitulaciones matrimoniales, se hubiese determinado que continúen los efectos de dicho régimen matrimonial. CUARTO. Requiérase a la señora MARÍA RAFAELA ALMEIDA LARA, para que rinda cuentas con respecto de los bienes y derechos del ausente si los hubiere y que le hayan sido entregados, esto a partir de la fecha en que le fueron conferidos dichos cargos. QUINTO. Publíquese por 3 tres veces con intervalos de 15 quince días los puntos resolutivos de esta sentencia, en el periódico Oficial de El Estado de Sinaloa y en el Debate de Culiacán, que se editan en esta Ciudad. Dichas publicaciones deberán repetirse cada año, hasta que se declare la presunción de muerte, tal como lo previene el numeral 544 del Código Familiar invocado.
ATENTAMENTE
Culiacán, Sin., Oct. 14 de 2020.
SECRETARIA TERCERA DE
ACUERDOS.
Ma. Natividad Flores Rodríguez DIC. 2-16 ENE. 1-15-29 FEB. 12

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Sinaloa del 12/2/2021 - 2da. Sección

TítuloPeriódico Oficial de Sinaloa - 2da. Sección

PaísMéxico

Fecha12/02/2021

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones295

Primera edición02/01/2004

Ultima edición25/04/2022

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