Periódico Oficial de Querétaro del 2/3/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Querétaro

2 de marzo de 2022

LA SOMBRA DE ARTEAGA

Pág. 4381

7.- Debe decirse que continúan actualmente las afectaciones causadas a los gobernados por los actos y omisiones del entonces Notario, a la seguridad y certeza jurídica patrimonial, es por esto que el sector social aquejado, solicita a través de diversas manifestaciones el reconocimiento y seguridad de un derecho real que refieren haber adquirido en el momento de la celebración del acto traslativo de dominio, sin que puedan disponer de su propiedad, ni dicho acto surtir efectos contra terceros hasta en tanto no se cubran los importes correspondientes al Impuesto Sobre Traslado de Dominio causado y sus actualizaciones, así como los derechos por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, impuestos y derechos pagados por los particulares al entonces Notario, tal como lo prevé el marco normativo fiscal de la entidad.
8.- Los actos mencionados trastocan los derechos humanos de seguridad y certeza jurídica, repercutiendo en el orden público y el interés social, por lo que es necesario realizar las acciones pertinentes para otorgar garantía a las personas afectadas, así como evitar la prolongación del perjuicio y prevenir futuros conflictos patrimoniales y sociales generando condiciones de paz y tranquilidad a la ciudadanía.
9.- Que la planeación es el instrumento idóneo para promover una política de desarrollo que promueva la generación de bienes y valores necesarios para la persona, su familia y la sociedad, atendiendo a la consecución de los fines y objetivos contenidos en nuestra Constitución Política, entre ellos, el derecho a la seguridad, a la protección de los bienes y a vivir en un entorno de paz y orden públicos, que fortalezcan nuestras instituciones y confiera transparencia a las acciones de gobierno. Para lograr el cumplimiento de los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027, y en términos de lo dispuesto por la Ley de Planeación del Estado de Querétaro, las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado podrán formular programas institucionales tendientes a alcanzar dicho cumplimiento en el ámbito de su competencia.
10.- Evaluada la situación descrita, es imprescindible garantizar los derechos reales del gobernado desde una perspectiva más amplia que coadyuve a la certidumbre en la dinámica económica, social y la estabilidad jurídica de nuestro Estado, por lo que resulta necesario la implementación del presente Programa, que tiene por objeto la protección del derecho fundamental a la seguridad jurídica patrimonial, así como procurar el interés social, la paz y el orden públicos, mediante el establecimiento de las disposiciones orientadas a la conclusión de los trámites traslativos de dominio de los afectados por los servicios notariales prestados por el entonces Notario.
Con base en lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL PROGRAMA DE CERTEZA PATRIMONIAL 2022, QUERÉTARO
AVANZA SEGURO ASÍ COMO SUS REGLAS DE OPERACIÓN.
Primero. Autorización. Se autoriza y emite el presente PROGRAMA DE CERTEZA PATRIMONIAL 2022, QUERÉTARO AVANZA SEGURO, que implementa medidas necesarias para aportar un apoyo tangible a la economía de las personas contribuyentes del Estado de Querétaro, afectados en su seguridad jurídica patrimonial con motivo de los trámites traslativos de dominio inconclusos por el Licenciado Fernando Lugo García Pelayo, en su carácter de Notario Titular de la Notaría Pública número 24 veinticuatro de la demarcación notarial de Querétaro, de ahora en adelante el entonces Notario; así como, se autorizan y se emiten, las Reglas de Operación necesarias para la implementación del presente programa, a efecto de hacer llegar los beneficios a la población objetivo.
Segundo. Objeto del Programa. El Programa tiene por objeto velar por el orden público, atendiendo la problemática social derivada de los actos y omisiones en los servicios notariales prestados por el entonces Notario, a través del otorgamiento de un apoyo consistente en el pago por concepto de Impuesto Sobre Traslado de Dominio y sus actualizaciones a los Municipios correspondientes, causado con motivo de la adquisición del inmueble del que se trate, así como los derechos por los servicios prestados por el Registro Público de la Propiedad del Estado de Querétaro, que permita a las personas afectadas concluir sus trámites y otorgarles así, seguridad y certeza jurídica, así como la debida protección al patrimonio de los beneficiarios.
Tercero. Cobertura del Programa. El programa tendrá cobertura en los dieciocho municipios del Estado de Querétaro.
Cuarto. De la Población Objetivo. Las personas físicas en su carácter de contribuyentes, que se vieron afectados en su seguridad y certeza jurídica patrimonial, por los actos y omisiones del entonces Notario, en los trámites vinculados con la adquisición de inmuebles, que podrán ser hasta 662 seiscientos sesenta y dos afectados.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Querétaro del 2/3/2022

TítuloPeriódico Oficial de Querétaro

PaísMéxico

Fecha02/03/2022

Nro. de páginas166

Nro. de ediciones1875

Primera edición01/01/1999

Ultima edición23/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031