Periódico Oficial de Morelos del 30/4/2019

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Fuente: Periódico Oficial de Morelos

Página 8

PERIÓDICO OFICIAL

Derivado de lo anterior y debido a los trabajos realizados en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México para la actualización del Sistema de Verificación Vehicular utilizado en el Estado de Morelos, en el periodo comprendido del 11
al 15 de marzo 2019, se tuvo todo listo para realizar los trabajos de actualización del software y cambio de impresoras de matriz por impresoras láser, suspendiéndose la verificación vehicular a partir del 21
de marzo del 2019 reanudándose de manera normal el día 26 del mismo mes y año.
Por lo antes expuesto, y en virtud de que durante el mes de marzo se amplió el plazo para verificar los vehículos con terminación de placa 7 y 8, lo cual generó un incremento en la demanda del servicio de verificación en dicho mes, y dado que el periodo para verificar los vehículos con terminación de placa 3 y 4 comprende los meses de marzo y abril, los cuales por lo antes expuesto se vieron afectados en el tiempo para cumplir con su verificación, se ha considerado oportuno ampliar el plazo hasta el quince de mayo para verificar los vehículos automotores con terminación de placa 3 y 4, engomado rojo que cuenten con la verificación vehicular vigente correspondiente al segundo periodo 2018, con el objeto de que se logre el cumplimiento de la obligación de verificar, sin hacerse acreedor al pago de la multa por el incumplimiento de la verificación vehicular obligatoria.
Es importante señalar que los efectos de la prorroga no puede tener lugar sobre obligaciones vencidas, siendo únicamente aplicable para los casos en que aún se encuentre en posibilidad de realizarse la verificación.
Debe destacarse que la expedición del presente Acuerdo se rige por los principios de simplificación, agilidad y economía, información precisión, legalidad, transparencia, austeridad e imparcialidad; cumpliendo así, además, con lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
No se omite mencionar que el presente instrumento guarda estrecha relación con el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5697, segunda sección, de 16 de abril de 2019, mismo que en su Eje Rector número 5 denominado: Modernidad para los Morelenses, precisamente en los objetivos estratégicos, incluye como estrategia reducir y revertir las emisiones de gases de efecto invernadero de las actividades humanas, teniendo como una de sus líneas de acción el impulsar el cumplimiento del Programa de Verificación Vehicular.

30 de abril de 2019

Por lo expuesto y fundado; tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA
AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA VERIFICAR LOS
VEHÍCULOS CON TERMINACIÓN DE PLACA 3 Y 4, ENGOMADO ROJO, QUE CUENTEN CON LA
VERIFICACIÓN VEHICULAR VIGENTE SEGUNDO
PERIODO 2018
ARTÍCULO ÚNICO.- La Secretaría de Desarrollo Sustentable, con la finalidad de facilitar los trámites administrativos y la buena marcha de la Administración Pública Estatal, concede la ampliación del plazo para verificar hasta el 15 de mayo del 2019, a los propietarios y poseedores de vehículos automotores que usen como combustible gasolina, gas licuado de petróleo o natural y diésel destinados al transporte privado o público, de carga o de pasajeros, con o sin itinerario fijo, únicamente con terminación de placas 3 y 4, engomado rojo, que cuenten con la verificación vehicular vigente correspondiente al segundo periodo del año 2018 y que no hayan cumplido con la verificación vehicular obligatoria en los plazos establecidos para el primer semestre del 2019, para que realicen la verificación vehicular obligatoria en el Estado, sin que se hagan acreedores a las sanciones económicas previstas al efecto. Para tales efectos, deberán acudir a los Centros de Verificación Vehicular autorizados por la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo Estatal, a realizar la verificación vehicular obligatoria durante la vigencia de la ampliación del plazo otorgado en virtud del presente Acuerdo.
La ampliación del plazo para verificar no otorga el derecho a devolución, reducción, disminución, condonación, deducción o compensación alguna, con respecto a las cantidades efectivamente pagadas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos.
SEGUNDA. Se derogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía normativa que se opongan al presente Acuerdo.
Dado en la ciudad de Cuernavaca, capital del estado de Morelos, a los veinticinco días del mes de abril del 2019.
EL SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE
CONSTANTINO MALDONADO KRINIS
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Morelos del 30/4/2019

TítuloPeriódico Oficial de Morelos

PaísMéxico

Fecha30/04/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1819

Primera edición05/01/2000

Ultima edición08/12/2020

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