Periódico Oficial de Michoacán del día 4/6/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Michoacán

PERIÓDICO OFICIAL
IX.

Autoridad Investigadora.- La autoridad adscrita al Órgano de Control Interno del Municipio, encargada de la investigación por Faltas Administrativas;

X.

Autoridad Substanciadora.- La autoridad adscrita al Órgano de Control Interno del Municipio, en el ámbito de su competencia, dirige y conduce el procedimiento de responsabilidades desde la admisión del Informe de Presuntas Responsabilidades Administrativas y hasta la conclusión de la audiencia inicial. La función de la Autoridad Substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una Autoridad Investigadora;

XI.

"Versión digital de consulta, carece de valor legal artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial"

Jueves 4 de Junio de 2020. 1a. Secc.

Autoridad Resolutora.- Tratándose de Faltas Administrativas catalogadas como no graves lo será la unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado por el Órgano de Control Interno. Para las Faltas Administrativas catalogadas como graves, así como para las Faltas Administrativas de Particulares, lo será el Tribunal competente;

XII.

Conflicto de Interés.- La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones del servidor público en razón de intereses personales, familiares o de negocios;

XIII.

Falta Administrativa.- Las Faltas Administrativas de los Servidores Públicos catalogadas como graves, no graves, así como las Faltas de Particulares, conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo;

XIV.

XV.

XVI.

Órgano Interno de Control.- Es la unidad administrativa a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en el Ayuntamiento;

Servidores Públicos.- Se considerarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los funcionarios y empleados, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Municipal, así como aquellos que señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quienes serán responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones; y,
A I
P O
C

N
I S

DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA
CONTRALORÍA INTERNA MUNICIPAL
CAPÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN
ARTÍCULO 6.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, la Contraloría contará con los siguientes:
I.

Despacho del Contralor;

II.

Departamento de Auditoría Financiera y Evaluación Municipal;

III.

Departamento de Auditoría de Obra Pública; y,
IV.

Departamento de Responsabilidades Administrativas.

ARTÍCULO 7.- La Contraloría, a través de los departamentos mencionados, realizará sus actividades en forma programada y de acuerdo a planes, programas y políticas que se establezcan por el Ayuntamiento, para lograr sus objetivos y prioridades de revisión, normatividad y responsabilidades de la Administración Pública Municipal.

L
A G
E L

ARTÍCULO 8.- El personal de la Contraloría debe ser de confianza, en virtud de las funciones de auditoría, inspección, vigilancia y revisión que realicen, o bien por el manejo de datos de estricta confidencialidad.
CAPÍTULO III
DEL FUNCIONAMIENTO

R
O L
A V

Falta de Particulares.- Los actos de personas físicas o morales privadas que estén vinculados con Faltas Graves de conformidad con lo señalado en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo, cuya sanción le compete al Tribunal;

PÁGINA 3

ARTÍCULO 9.- El titular de la Contraloría en el ámbito de sus atribuciones de conformidad con la Ley Orgánica Municipal y demás disposiciones legales vigentes y por acuerdo del H. Ayuntamiento, le corresponde, salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia de los Servidores Públicos Municipales de la Administración Pública Municipal.

ARTÍCULO 10.- El titular de la Contraloría procurará mediante el ejercicio de sus atribuciones, que la Administración Pública Municipal se ajuste a las normas operativas y administrativas, promoviendo de manera eficaz y eficiente el manejo de los recursos públicos, transparentando con ello las acciones del Gobierno Municipal.
ARTÍCULO 11.- Las atribuciones y facultades de la Contraloría, corresponden originalmente al Contralor, quien para la mejor organización del trabajo podrá asignar sus facultades al personal asignado, excepto aquellas que, por disposición de la Ley, reglamentos o resoluciones del Ayuntamiento, no sean delegables.

XVII. Tribunal.- El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo.

CAPÍTULO IV
DEL CONTRALOR MUNICIPAL

ARTÍCULO 5.- Para efectos del presente ordenamiento y aplicación de las leyes en que se definan las atribuciones y facultades que por hecho y derecho le corresponden a los Servidores Públicos de la Administración Pública Municipal, tendrán la obligación de proporcionar al Contralor, la información y documentación que éste les solicite en el plazo que para el efecto les conceda, a fin de garantizar el cumplimiento de su cometido.

ARTÍCULO 12.- El Contralor tendrá independientemente de las atribuciones establecidas en el artículo 59 de la Ley Orgánica Municipal, las siguientes facultades:
I.

Informar al Ayuntamiento por conducto del Presidente Municipal o Síndico Municipal de las revisiones administrativas o auditorías realizadas a las Dependencias,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Michoacán del día 4/6/2020

TítuloPeriódico Oficial de Michoacán

PaísMéxico

Fecha04/06/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones6978

Primera edición04/01/1954

Ultima edición29/03/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2020>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930