Periódico Oficial de Chiapas del 26/4/2023

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas

miércoles 26 de abril de 2023

SGG-ID-PO17622

Periódico Oficial No. 279

PUBLICACIONES ESTATALES

Secretaría General de Gobierno Coordinación de Asuntos Jurídicos de Gobierno Unidad de Legalización y Publicaciones Oficiales DECRETO NÚMERO 179
Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber:
Que la Honorable Sexagésima Octava Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al Ejecutivo a su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 179

La Sexagésima Octava Legislatura Constitucional del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y,
CONSIDERANDO
El artículo 45, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, faculta al Honorable Congreso del Estado a legislar en las materias que no están reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquellas en que existan facultades concurrentes de acuerdo con el Pacto Federal.
Que en el año de 1998, el Estado mexicano ratifica la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém Do Pará, dicha convención, en su artículo primero define a la violencia contra la mujer como "cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado", así mismo en su artículo tercero establece que, todas las mujeres tienen derecho a una vida libre de violencia tanto en el ámbito público como en el privado, y en el artículo cuarto, reconoce el derecho a que se respete la vida de las mujeres, a que se respete su integridad física, psíquica y moral, a no ser sometidas a torturas, a que se respete la dignidad inherente a su persona, y a un recurso sencillo y rápido que las ampare contra actos que violen sus derechos, por lo que los Estados parte se obligan de conformidad al artículo séptimo de dicha Convención, a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres e incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
En ese sentido, la violencia, es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos en el mundo. Se producen muchos casos cada día en todos los rincones del planeta. La cual tiene graves consecuencias físicas, económicas y psicológicas sobre las mujeres, tanto a corto como a largo plazo, al impedirles participar plenamente y en pie de igualdad en la sociedad.
En los últimos años, se ha detectado un incremento alarmante de la violencia contra mujeres y niñas y las han expuesto todavía más a otras formas de violencia, desde el matrimonio infantil hasta el acoso sexual en línea.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 26/4/2023

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas

PaísMéxico

Fecha26/04/2023

Nro. de páginas261

Nro. de ediciones1038

Primera edición11/12/2006

Ultima edición28/06/2023

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