Periódico Oficial de Chiapas del 23/10/2019 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 23 de octubre de 2019

Periódico Oficial No. 064 2a. Sección
SGG-ID-PO9619

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Liliana Angell González. Secretaria de la Honestidad y Función Pública, con fundamento en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 11 párrafo primero, 15 párrafo segundo, 28 fracción III, 31 fracciones I, II, III y IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; 3 fracciones XXIII, XXV, 18 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para Estado de Chiapas; y Considerando Con fecha 19 de julio de 2017, entró en vigor la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas, publicada en el Periódico Oficial número 306 Segunda Sección, la cual otorga a la Secretaría, el estatus de Órgano Interno de Control, con la facultad de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento de Control Interno de los entes públicos integrantes de la Administración Pública Estatal. En ese tenor, debe valorar las recomendaciones que haga el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas, con el objeto de adoptar medidas necesarias para el fortalecimiento Institucional en su desempeño y control interno, con la finalidad de prevenir faltas administrativas y hechos de corrupción.
En esa tesitura, el Control Interno, está diseñado para que el actuar de los entes públicos que integran la Administración Pública Estatal, proporcionen certeza y seguridad razonable en el ejercicio de sus atribuciones, con el objeto de que cumplan con la efectividad y eficiencia de cada una de sus áreas. En este sentido, la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, tuvo como finalidad prever un nuevo modelo Institucional orientado a mejorar los procedimientos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción, con mecanismos de asignación de responsabilidades basados en certeza, estabilidad y ética pública, con procedimientos de investigación sustentados en el fortalecimiento de las capacidades y la profesionalización de los órganos facultados para llevarlas a cabo, sin confundirlas con las funciones propias del Control Interno y la fiscalización.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS DISPOSICIONES Y EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE
APLICACIÓN GENERAL EN MATERIA DE CONTROL INTERNO

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las disposiciones, que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, deberán observar para el establecimiento, supervisión, evaluación, actualización y mejora continua de su Sistema de Control Interno Institucional; así como establecer el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En términos del Artículo Primero de este Acuerdo, se emiten las siguientes:

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 23/10/2019 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha23/10/2019

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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