Periódico Oficial de Chiapas del 6/6/2018 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 06 de junio de 2018

Periódico Oficial No. 370 2a. Sección
En ese sentido, se considera primordial incrementar la calidad de vida de los periodistas, incentivándolos a desempeñar su labor con eficiencia y productividad en pro de la sociedad, por ello, el Ejecutivo del Estado determinó la creación de un Fondo de Apoyo a Periodistas, para contribuir en el desarrollo de sus capacidades y su permanente profesionalización, garantizando los derechos humanos, el respeto y protección a la vida y la dignificación de la familia.
Que en el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio 2018, publicado el 21 de febrero de 2018, en el Periódico Oficial Núm. 349 2 Sección, quedó establecido que las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública estatal, podrán ejercer los montos para programas y proyectos de inversión aprobados en este presupuesto, en los términos de las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda del Estado, en función de la disponibilidad presupuestal y financiera del Estado.
Que los apoyos otorgados deberán sujetarse a criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad.
Que las Reglas de Operación establecen las disposiciones a las que debe sujetarse el Programa Fondo de Apoyo a Periodistas, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al mismo.
Por las consideraciones antes expuestas, y en ejercicio de las facultades que me confieren los preceptos legales citados en líneas precedentes, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
FONDO DE APOYO A PERIODISTAS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El Programa Fondo de Apoyo a Periodistas que por virtud del presente Acuerdo se crea, tiene por objeto ser un instrumento de fortalecimiento a la política de libertad de expresión en favor de los periodistas en el ejercicio de su profesión, destacando las acciones y los apoyos para disminuir sus carencias sociales; sustentos que permitirán elevar su nivel de vida y el de sus familias, además de buscar mecanismos y estrategias que posibiliten el desarrollo y capacitación profesional, dotándoles de apoyo económico en materia de salud y seguridad social.
Artículo 2.- Las presentes Reglas de Operación, tienen por objeto establecer la mecánica operativa general que regulará la autorización, ejecución, comprobación, transparencia y vigilancia de los recursos del Programa Fondo de Apoyo a Periodistas.
Artículo 3.- El presente Acuerdo es de observancia obligatoria para el Comité Técnico, Beneficiarios y demás instancias públicas o privadas, que intervengan directa o indirectamente en la ejecución del Programa Fondo de Apoyo a Periodistas.
Artículo 4.- Los Beneficiarios del Programa Fondo de Apoyo a Periodistas, son aquellos ciudadanos que radican en el Estado de Chiapas, afiliados al Programa y que su principal actividad económica redunda en las funciones periodísticas, independientemente de los géneros como son reportaje, nota informativa, columna, crónica, que son aplicadas en las secciones: policíaca, política, cultural, deportiva y social en un medio de comunicación; se dedican habitual, profesional o laboralmente a
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 6/6/2018 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha06/06/2018

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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