Periódico Oficial de Chiapas del 6/6/2018 - Sección Segunda

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Fuente: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

miércoles 06 de junio de 2018

Periódico Oficial No. 370 2a. Sección
6098

PUBLICACIÓN ESTATAL

Publicación No. 2598-A-2018
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Arq. Julio Cesar Pérez Muñoz, Secretario de Desarrollo Social, con fundamento en lo establecido en los artículos 60 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas;
13 párrafo segundo, 27 fracción VIII, 34 fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 14 fracción I y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO
Que es compromiso de este Gobierno fortalecer la relación existente entre los medios de comunicación consolidando un marco de respeto y cordialidad, apegado siempre a lo previsto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012 - 2018, tiene como objetivo general consolidar una afectiva gobernanza y una eficiente administración gubernamental que le permita dialogar con afectividad y calidez para mantener el estado de derecho que garantice las libertades de expresión.
Que en términos del Artículo 27, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, señala que para el despacho de los asuntos de orden administrativo que competan al Poder Ejecutivo, el Gobernador del Estado, se auxiliará entre otras, de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada de Chiapas, las cuales funcionarán en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la Ley de Derechos para Ejercicio del Periodismo en el Estado de Chiapas tiene como objetivo garantizar la libertad e independencia de criterio puesta al servicio del derecho fundamental a la información, emitir opinión e informar. Asimismo, el Estado garantizará a los medios de información el ejercicio pleno de las libertades para el acceso a las fuentes informativas y a los gobernados, el derecho a recibir información veraz e imparcial, en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.
Que los medios de comunicación y los periodistas fortalecen el desarrollo de una sociedad, ya que son informadores de los aspectos importantes y relevantes de la vida nacional y estatal, por lo que el Gobierno del Estado, consciente de esos beneficios, procura fortalecer el desarrollo de las habilidades que les permita contribuir a incrementar su capacidad productiva y su calidad de vida, tomando en cuenta que este sector generalmente no cuenta con las garantías de seguridad social, puesto que muchas veces se desempeñan como prestadores de servicios profesionales independientes dentro del periodismo, y que en ocasiones sus ingresos no les permiten cubrir la totalidad de sus necesidades, siendo esta una de las demandas más sentidas del gremio periodístico.
La desigual distribución del ingreso, así como la falta de acceso a condiciones que permitan mejorar la calidad de vida de las personas a través de oportunidades para la generación del sector periodista, han sido elementos persistentes en la historia de nuestro país.

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 6/6/2018 - Sección Segunda

TítuloPeriódico Oficial de Chiapas - Sección Segunda

PaísMéxico

Fecha06/06/2018

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones543

Primera edición11/12/2006

Ultima edición21/06/2023

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