Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/6/2023

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes

Junio 12 de 2023

PERIÓDICO OFICIAL

Primera Sección
Pág. 3

A

MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:

O
IV
H C
R

Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:

La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 356

ARTÍCULO PRIMERO. - Se reforma el artículo 176 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, para quedar como sigue:
Artículo 176.- Para la determinación de las causas de responsabilidad administrativa, se aplicará lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley General.
ARTÍCULO SEGUNDO. - Se reforman los artículos 35 y 36 en sus fracciones I y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, para quedar como sigue:

A

P

Artículo 35. El Órgano Interno de Control es la unidad administrativa del ITEA encargada de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno; tendrá a su cargo la investigación, substanciación y en su caso, resolución en procedimientos previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado, así como las funciones previstas en la presente Ley.

Artículo 36.

A

R

El Órgano Interno de Control, contará con la estructura orgánica que le permita cumplir con las funciones de investigación, substanciación y resolución que le corresponden, conforme a lo previsto en el artículo 115 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, nacido o con vecindad mínima de cinco años en el Estado anterior al día de su designación;

C

II. a la IV

VI

N

O

V. No haber sido condenado por algún delito previsto como tipo penal protector de la administración pública, o hechos de corrupción, salvo que exista cabal cumplimiento de las penas y/o sanciones establecidas en la sentencia; y
ARTÍCULO 36.-

U

S

ARTÍCULO TERCERO. - Se adiciona un párrafo segundo al artículo 36; y se reforma el artículo 38 en su fracción IV de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 38.I. a la III.

A

LT

El Órgano Interno de Control, contará con la estructura orgánica que le permita cumplir con las funciones de investigación, substanciación y resolución que le corresponden, conforme a lo previsto en el artículo 115 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

IV. No haber sido condenado por algún delito previsto como tipo penal protector de la administración pública o hechos de corrupción, salvo que exista cabal cumplimiento de las penas y/o sanciones establecidas en la sentencia.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. - El presente Decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 12/6/2023

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes

PaísMéxico

Fecha12/06/2023

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones1339

Primera edición03/01/2000

Ultima edición28/08/2023

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