Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/3/2023 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 4

A

20.
XIX.

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Marzo 20 de 2023

O
IV
H C
R

En sesión ordinaria de fecha treinta y uno de diciembre del año dos mil veinte, se aprobó el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, POR MEDIO DEL CUAL SE DESIGNAN LAS SERVIDORAS PÚBLICAS QUE SE INCORPORAN
AL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL SISTEMA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES
ELECTORALES EN LOS CARGOS Y PUESTOS ACREDITADOS EN EL PROCESO DE CONCURSO PÚBLICO ABIERTO 2020, identificado con clave alfanumérica CG-A-51/2020.

21.
XX.

22.
XXI.

23.
XXII.

En sesión ordinaria celebrada por el Consejo General del INE, en fecha veintidós de agosto de dos mil veintidós, mediante acuerdo identificado con la clave INE/CG598/2022; fue designada la Licenciada Clara Beatriz Jiménez González, como Presidenta del Consejo General del Instituto; quien tomó protesta del cargo el día cuatro de septiembre de dos mil veintidós.

R

En fecha treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, la C.P. Nélida Romo Ramírez, Directora Administrativa del Instituto, a través del Sistema de Vinculación con los OPLE recibió mediante el oficio identificado con la clave INE/DESPEN/DPR/081/2023, suscrito por la Directora Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional, la Licenciada Carmen Gloria Pumarino Bravo, el Dictamen General de Resultados de la evaluación del desempeño del personal del SPEN, adscritos a este Instituto, correspondiente al periodo septiembre 2021
- agosto 2022, anexo al mencionado oficio.

A

26.
XXV.

En sesión ordinaria de fecha treinta de noviembre de dos mil veintiuno, se aprobó el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL, EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 8 Y 10 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES, identificado con la clave alfanumérica CG-A-75/21.

A

25.
XXIV.

En fecha primero de septiembre de dos mil veintiuno, mediante oficio identificado con la clave IEE/SE/3254/2021, se designó a Dorian Adrián González Chávez como Encargado de Despacho del cargo de Técnico de Educación Cívica del Instituto en mención, a consecuencia de la vacante generada en dicho cargo. Dicho encargo le fue renovado en fecha veintiocho de febrero de dos mil veintidós, mediante oficio identificado con la clave IEE/SE/0500/2022, y posteriormente el día primero de septiembre del dos mil veintidós, mediante oficio con la clave IEE/SE/2535/2022, signados por el Secretario Ejecutivo del Instituto de conformidad con los Lineamientos para la Designación de Encargados de Despacho para Ocupar Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales.

P

24.
XXIII.

En fecha tres de marzo de dos mil veintiuno, se emitió el ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL, POR EL QUE SE DETERMINA LA REACTIVACIÓN DEL CÓMPUTO DE LOS TÉRMINOS EN LA OCUPACIÓN DE
PLAZAS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL, A TRAVÉS DE LA MODALIDAD DE ENCARGADURÍAS DE
DESPACHO, SUSPENDIDO CON MOTIVO DE LA PANDEMIA DEL COVID-19, GENERADA POR EL VIRUS SARSCOV2, identificado con la clave INE/JGE29/2021, en el que se señala que se levanta la suspensión del cómputo de plazo del término referidas en el Resultando XVI del presente acuerdo.

C

En fecha catorce de febrero de dos mil veintitrés, la Comisión del Servicio Profesional Electoral del Consejo General del Instituto, celebró una reunión para dar a conocer el Dictamen General de Resultados de la Evaluación del Desempeño del personal del Servicio Profesional Electoral Nacional adscritos a este Instituto, correspondiente al periodo septiembre 2021 - agosto 2022, referido en el resultado que precede.

U

S

N

O

CONSIDERANDOS
27.
PRIMERO. NATURALEZA DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES. Conforme a lo establecido en los artículos 41, párrafo tercero, base V, Apartado C; 116, fracción IV, incisos b y c, de la CPEUM, 17, apartado B, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 66, párrafo primero, del Código Electoral del Estado de Aguascalientes 10; 4 y 3 párrafo primero, del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes; es un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como profesional en su desempeño; goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Es el depositario del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones, así como los procesos de participación ciudadana y la educación cívica en el estado, en los términos de las leyes de la materia, cuyos principios rectores son la certeza, la legalidad, la imparcialidad, la independencia, la máxima publicidad, la definitividad, la objetividad y la paridad; los cuales se realizarán con perspectiva de género.
28.
SEGUNDO. EL SPEN Y LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2014. En fecha diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma político-electoral a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por medio de la cual se decidió que el Instituto Federal Electoral seguiría su función bajo el nombre de Instituto Nacional Electoral, pero con la organización de su personal bajo un SPEN, según lo dispone el artículo 41, base V, Apartado D, de la referida Constitución; dicho SPEN incluye al propio INE y a los OPLE, como lo es este Instituto. Asimismo, dicha reforma dispuso en su artículo SEXTO transitorio que el INE se encargaría de emitir los lineamientos y demás normas para garantizar la incorporación de todos los servidores públicos del entonces Instituto Federal Electoral y de los OPLE al SPEN.
29.
TERCERO. PERSONAL PROFESIONAL DEL INSTITUTO NOMBRADO BAJO LOS CRITERIOS DEL SPEN. El artículo 69, párrafo octavo del Código Electoral, dispone que el Instituto contará con el personal administrativo y profesional necesario para el cumplimiento de sus funciones, el cual se nombrará bajo los criterios del SPEN, a excepción de las y los titulares de la Secretaria Ejecutiva, de la Dirección Administrativa, la Dirección de Capacitación y Organización Electoral, la Dirección Jurídica, las Coordinaciones, la Unidad de Transparencia y el Órgano Interno de Control; los cuales serán nombrados conforme al procedimiento establecido en la Constitución, en el Código Electoral y en el Reglamento aplicable del INE.
30.

A

LT

10

En adelante Código Electoral

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 20/3/2023 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha20/03/2023

Nro. de páginas530

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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