Periódico Oficial de Aguascalientes del 10/5/2021 - Sección 4ta.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 4

A

4.

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Mayo 10 de 2021

C
R

El Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad en materia de salud, cuyo objetivo es la prestación de servicios de salud a la población abierta del Estado de Aguascalientes, según lo establecen en los artículos 1 y 4 de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes de fecha 13 de junio de 2011, y para efectos del presente Convenio Específico de Colaboración tiene el carácter de UNIDAD EJECUTORA.
Que el Dr. Miguel Ángel Piza Jiménez, es el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien tiene facultades para suscribir el presente contrato según lo establecen los artículos 21 fracciones X y XVIII de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes y artículo 20 fracciones XIX, XXVI y XXXI del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, y acredita su cargo con el nombramiento expedido por el C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, de fecha 16 de septiembre de 2019, mediante oficio número SGG/N/170/2019, el cual está debidamente inscrito en el Registro de Entidades Paraestatales bajo el número 32, fojas de la 329 a la 330 del volumen 3 F, de fecha 25 de septiembre de 2019, la cual se adjunta al presente instrumento como parte de su ANEXO 2.

6.

Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de servicios de salud, atención médica social, prevención de enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, y con los artículos 1, 3, 9 y 13 de la Ley General de Salud.

7.

Para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle Margil de Jesús número 1501, fraccionamiento Las Arboledas, C.P. 20020, Aguascalientes, Aguascalientes.

IV

H

5.

O

R

A

P

A

Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, LAS PARTES celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:

C

CLÁUSULAS

O

S

N

PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
para coordinar su participación con LA SECRETARÍA, en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de LOS PROGRAMAS, que comprende la realización de intervenciones para el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de contribuir con la EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO a su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud.

LT
U

En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan LOS PROGRAMAS en los que deberán aplicarse los subsidios y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que buscan EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO y LA SECRETARÍA, anexos que debidamente firmados por LAS
PARTES que forman parte integral del mismo.
La ministración de recursos federales que efectúe LA SECRETARÍA a EL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO se realizará conforme a la tabla siguiente:

NO.

A

1

MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA"
Pesos UNIDAD RESPONSABLE /
RECURSOS
PROGRAMA DE ACCIÓN
INSUMOS
PRESUPUESTARIOS
TOTAL
FEDERALES
FEDERALES
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
Políticas de Salud Pública y U008
3,513,076.78
0.00
3,513,076.78
Promoción de la Salud Determinantes 1
U008
2,398,877.82
0.00
2,398,877.82
Personales CLAVE DEL
PROGRAMA
PRESUPUESTARIO

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 10/5/2021 - Sección 4ta.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

PaísMéxico

Fecha10/05/2021

Nro. de páginas146

Nro. de ediciones203

Primera edición31/12/2001

Ultima edición28/08/2023

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