Periódico Oficial de Aguascalientes del 27/12/2021 - Sección 3ra.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Diciembre 27 de 2021

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

A

H. AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES

O
IV
H C
R

Leonardo Montañez Castro, Presidente Municipal de Aguascalientes, con fundamento en los artículos 115 fracción II de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; 16, 36 fracciones I y XXXIX, 38 fracciones I y II de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes; artículos 78 y 79 del Código Municipal de Aguascalientes, a los Habitantes del Municipio de Aguascalientes hago saber que el Honorable Ayuntamiento Constitucional 2021-2024, tuvo a bien aprobar el DICTAMEN DE REFORMA A EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 8, LOS ARTÍCULOS 10, 12, 18, 22, 23, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 40 Y LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 41 ASÍ COMO LA
ADICIÓN DE LAS FRACCIONES I, II, III, IV Y V, ASÍ COMO UN PÁRRAFO SEGUNDO Y TERCERO DEL
ARTÍCULO 8, UN PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 12, UN PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO
40, UNA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 41 Y UN ARTÍCULO 49 TODOS DEL REGLAMENTO DE LA
PENSIÓN MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES.
REGLAMENTO DE LA PENSIÓN MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES

ARTÍCULO 8º.- El Oficial de vialidad deberá utilizar el formato único autorizado de Acuse Único de Recibo de Inventario del Vehículo debidamente foliado, mismo que deberá de especificar por lo menos las características siguientes:

R

A

V.

Datos del vehículo y conductor.
Estado detallado en el que se recibe el vehículo.
Números de folios de los sellos que se utilizarán para el vehículo.
El listado de bienes muebles o inexistencia de los mismos en los espacios correspondientes al piloto, copiloto, pasajeros, cajuela, guantera, así como cualquier otro compartimiento que se encuentre dentro del vehículo.
La manifestación del propietario o poseedor si en algún otro compartimiento se encuentra algún otro bien.

P

I.
II.
III.
IV.

A

Los sellos especificados en la fracción III del presente artículo, serán los únicos autorizados y válidos para el proceso de ingreso a la Pensión Municipal.

C

Por lo que respecta a lo dispuesto en la fracción V del presente artículo, el particular deberá de manifestar si en algún otro compartimiento dentro del vehículo se encuentra otro bien, o en caso de negarse a realizar manifestación alguna y no encontrarse otro bien mueble dentro del vehículo se presumirá la inexistencia de los mismos posterior a la colocación de sellos.

O

El formato oficial, deberá estar firmado por el elemento de tránsito, el operador de la grúa, el conductor, cuando se encuentre o dos testigos y la firma de la pensión al momento de revisar y darle entrada al vehículo a la Pensión Municipal.

S

N

El oficial de tránsito deberá entregar el archivo fotográfico al momento de presentar la unidad en la Pensión Municipal junto con la copia del formato la cual será el único documento oficial de archivo y resguardo de la unidad.

I. a la III.-

U

ARTÍCULO 10.- Cualquier vehículo que ingrese a la Pensión Municipal, sea cual fuere el motivo, quedará bajo responsabilidad y resguardo del Municipio, por conducto de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, excluyendo la responsabilidad por la pérdida o deterioro que sufran los vehículos por:

LT

ARTÍCULO 12.- Cuando el ingreso a la Pensión Municipal, sea por las causas señaladas en los puntos del I
al III del artículo 9 del presente Reglamento, el procedimiento será el siguiente:

A

El oficial procederá a levantar el parte, en presencia del conductor del vehículo o dos testigos, excepto en el caso de abandono en vía pública; en ese momento deberá hacer el inventario de las pertenencias, objetos, bienes en general que se encuentren dentro del bien mueble, así como del estado general del vehículo, llenando el formato descrito en el artículo 8 del presente Reglamento, claramente y tomando las fotos respectivas para el archivo digital tal como se detalla en dicho artículo. El inventario será firmado de conformidad por el conductor del vehículo o por dos testigos y por el oficial en turno. Una vez hecho se procederá al sellado de la unidad en todas sus puertas y partes de acceso anotando los números de folio de los sellos en dicho formato.

Plaza Patria S/N, Col. Centro

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 27/12/2021 - Sección 3ra.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaísMéxico

Fecha27/12/2021

Nro. de páginas110

Nro. de ediciones471

Primera edición30/10/2000

Ultima edición28/08/2023

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