Periódico Oficial de Aguascalientes del 22/2/2021 - Sección 3ra.

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Fuente: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Febrero 22 de 2021

PERIÓDICO OFICIAL

Tercera Sección
Pág. 3

A

Artículo 1.- El presente ordenamiento establece la manera en que se le otorgarán las becas al alumnado de la Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes.

C
R

Artículo 2.- Para efectos del presente Reglamento, se establecen las siguientes denominaciones:
I.
II.

IV

H

Alumno: Todo estudiante inscrito en la Universidad.
Beca: Es el apoyo parcial o total del pago de la colegiatura, alimentación o ayuda de transporte, según el tipo de apoyo, que puede ser interno o externo.
III. Becario: El alumno que goza de una beca.
IV. Becas internas: Todo apoyo que otorgue la Universidad y que esté contemplado en el presente Reglamento.
V. Becas Externas: Todo apoyo que otorguen otras instituciones públicas o privadas ajenas a la Universidad;
VI. Comité de Becas de la Universidad: Cuerpo colegiado que cuenta con la facultad para revisar y aprobar los apoyos internos que se pueden otorgar a los alumnos.
VII. Estudio Socioeconómico: Es el análisis que permite conocer el entorno económico y social de un alumno en particular, tal como su situación económica actual, su forma de vida, su entorno familiar y social.
VIII. Procedimiento: Al procedimiento de Becas declarado dentro del Sistema de Gestión de la Calidad de la Universidad.
IX. Reglamento: Al presente Reglamento de Becas de la Universidad.
X. SGC: Al Sistema de Gestión de la Calidad de la Universidad.
XI. Universidad: Universidad Tecnológica del Norte de Aguascalientes.
XII. Vulnerabilidad: Calidad de los alumnos que es detectada por el área de tutorías de la Universidad.

O

A

P

A

R

Artículo 3.- Los alumnos sólo podrán tener una beca a la vez, es decir, que en el caso de que el alumno beneficiado internamente, obtenga un apoyo externo, se le dejará de otorgar el apoyo interno. En este supuesto, el Comité de Becas de la Universidad determinará la viabilidad de permitir que el alumno mantenga los apoyos de acuerdo a las reglas de operación de los mismos. En los apoyos externos la Universidad sólo intervendrá como intermediaria para la entrega y recepción de solicitudes así como la publicación de los resultados.

C

Para el proceso operativo de selección de otorgamiento de becas, el Comité de Becas de la Universidad se remitirá al procedimiento interno de becas de esta Universidad que esté registrado en el Sistema de Gestión de la Calidad.

O

Así mismo el Comité de Becas de la Universidad estará facultado para emitir su determinación acerca de la compatibilidad de becas internas.
CAPÍTULO II
DEL OTORGAMIENTO DE BECA

N

Artículo 4.- El otorgamiento de Becas tiene los siguientes objetivos específicos:
I.

Artículo 5.- Los tipos de Becas que otorga la Universidad serán los siguientes:
I.
II.

IV.
V.

Becas Institucionales: Estas Becas serán otorgadas con descuentos de colegiatura desde un 50% a un 100%, debiendo contar el alumno con un promedio mínimo de 8.5 Ocho punto cinco;
Becas de Excelencia: Esta Beca se podrá otorgar con un porcentaje de beneficio del 100%, misma que será para aquellos alumnos que tengan como promedio mínimo un 9.5 sin adeudar materias;
Becas Alimenticias: El apoyo que deberán de otorgar los responsables de los Servicios de Cafetería que así determine la Dirección de Administración y Finanzas, que consiste en un desayuno completo con bebida;
Becas de Transporte: Esta Beca consiste en el servicio de transporte y se otorgará exclusivamente a alumnos de escasos recursos;
Beca Deportiva: Se podrá otorgar esta beca de un 50% a un 100% sobre el pago de la colegiatura a aquellos alumnos que participen en selecciones, actividades culturales y deportivas de la Universidad y sean propuestos por el área correspondiente de acuerdo a los recursos;

A

III.

LT
U

S

II.
III.

Dar apoyo a los alumnos de escasos recursos económicos, logrando un desenvolvimiento continuo y permanente en su desarrollo científico, tecnológico y humano;
Estimular al alumnado para obtener un mayor rendimiento académico; y Contribuir a disminuir los índices de deserción escolar.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Aguascalientes del 22/2/2021 - Sección 3ra.

TítuloPeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

PaísMéxico

Fecha22/02/2021

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones471

Primera edición30/10/2000

Ultima edición28/08/2023

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