La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/4/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 80 Martes 14 de abril del 2020
de la situación de emergencia que vive el país es incierta, se debe autorizar como fecha de finalización de la presente suspensión el 01
de diciembre de 2020, fecha en la que inicia la temporada alto de turismo en nuestro país.
El fundamento legal para la suspensión de vuelos se basa en lo que establece el artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil, el cual señala textualmente lo siguiente.
Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil.
Ahora bien, si bien es cierto los procedimientos establecen que la solicitud de suspensión se debe de hacer con 15 días de anticipación al rige de la misma; en el caso que nos ocupa se presenta la solicitud de forma extemporánea justificada por la situación de emergencia que vive el país a raíz del Coronavirus Covid-19, por lo que, ante una situación como ésta, las aerolíneas se ven en la necesidad de suspender sus rutas de manera obligatoria.
En diligencias atinentes al presente asunto, mediante oficio número DGAC-DSO-TA-INF-052-2020 citada, la Unidad de Transporte Aéreo recomendó Autorizar a la compañía Aerovías de México S. A. de C.V., a continuar con la suspensión temporal de los vuelos regulares de pasajeros, carga y correo, en la ruta: MéxicoLiberia-México efectivo del 02 de abril y hasta el 01 de diciembre del 2020.
Por su parte, en consulta realizada a la Caja Costarricense de Seguro Social, el día 17 de marzo de 2020, se verificó que la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable se encuentra al día con el pago de sus obligaciones obrero-patronales, así como con FODESAF, IMAS e INA.
Asimismo, de conformidad con la Constancia de NO Saldo número 077-2020 de fecha 18 de marzo de 2020, emitida por la Unidad de Recursos Financieros de la Dirección General de Aviación Civil, se hace constar que la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable se encuentra al día con sus obligaciones. Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
1De conformidad con el artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil y oficio número DGAC-DSO-TA-INF-052-2020
de fecha 26 de marzo de 2020, emitido por la Unidad de Transporte Aéreo, autorizar a la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable, cédula de persona jurídica N 3-012470959, la suspensión temporal de los vuelos regulares de pasajeros, carga y correo, en la ruta: México-Liberia-México efectivo del 02 de abril y hasta el 01 de diciembre de 2020.
2Solicitar a la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable que, de previo a reiniciar la operación en las rutas señaladas, deberá presentar al Consejo Técnico de Aviación Civil, con la debida antelación, el itinerario respectivo, según la normativa y directrices vigentes.
Notifíquese al señor Carlos Víquez Jara, apoderado generalísimo de la empresa Aerovías de México Sociedad Anónima de Capital Variable, al fax 2231-4344. Publíquese en el Diario oficial La Gaceta.
Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo sétimo de la sesión ordinaria N 24-2020, celebrada el 1
de abril de 2020.Olman Elizondo Morales, Presidente Consejo Técnico de Aviación Civil.1 vez.O. C. N 2740.Solicitud N 039-2020. IN2020450537 .

JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Solicitud N 2019-0007671.Rosa María Durán Brenes, casaSolicitud Nº 2020-0002213.Mauren Estela García Gutiérrez, casada una vez, cédula de identidad N 503430542, con domicilio en Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, camino a Playa Ocotal, Barrio San Martín, del Condominio Serena Sweet 75 metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Costa Rica MAUREEN GARCÍA
FASHION JEWELRY

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como marca de fábrica en clase: 14.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14:
Metales preciosos y sus aleaciones, artículos de joyería, piedras preciosas y semipreciosas, y artículos de relojería. Reservas: No hace reserva del término Costa Rica. Fecha: 23 de marzo de 2020. Presentada el: 16 de marzo de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28
de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.Randall Abarca Aguilar, Registrador. IN2020450218 .
Solicitud N 2020-0002053.Zeneida De Los Ángeles Núñez Salazar, soltera, cédula de identidad 503780565, con domicilio en Paseo Colón, Don Bosco, contiguo a la plaza de deportes, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLACK SUN STORE, como nombre comercial en clase: 49
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa, zapatos, bisutería, disfraces, ubicado en San José, Montes de Oca, Los Yoses, 300 metros sur y 75 al oeste, casa portón blanco. Reservas: de los colores: negro, blanco y amarillo Fecha:
17 de marzo de 2020. Presentada el 10 de marzo de 2020. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio.Randall Abarca Aguilar, Registrador. IN2020450236 .
Solicitud N 2019- 0006657.Daniela Quesada Cordero, casada, cédula de identidad 113240697, en calidad de apoderado especial de Long Beach Records Latam Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102763436 con domicilio en Escazú, San Rafael, del Centro Comercial Paco 300 metros oeste, edificio Prisma, piso tres, oficina 306, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LONG BEACH RECORDS
como nombre comercial en clase internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a los servicios de estudio de grabación música!, de todo tipo de audio, sonidos, servicios de producción, imagen, edición, distribución de anuncios publicitarios, venta, préstamo y alquiler de equipo de grabación, instrumentos musicales, servicios de ingeniería en sonido y video, producción, edición, modificación, adecuación y adaptación de obras musicales, incluyendo música y letra, servicios de publicidad y negocios, consultoría y asesoría en publicidad, venta de artículos para vestir y de uso personal, asesoría a grupos musicales y músicos, servicios de administración comercial de licencias de productos y servicios para terceros, búsqueda de patrocinios, representación de artistas intérpretes, servicios relativos a la industria musical, servicios de grabad6n y producción de música, servicios de transmisión, carga y descarga de datos, archivos y obras musicales, ubicado en San José, Escazú, San Rafael, del Centro Comercial Paco trescientos metros oeste, Edificio Prisma, piso tres, oficina trescientos seis.. Fecha: 17 de octubre de 2019. Presentada el: 23 de julio de 2019. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 14/4/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha14/04/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones5356

Primera edición01/01/2003

Ultima edición08/05/2024

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