La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 10/3/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 47 Martes 10 de marzo del 2020
2. En calidad de testiqo-perito: El Ing. Diego Alberto Alvarado Cerdas, funcionario de la Subregión Diquis, Área de Conservación Osa.
VI.Se pone a disposición de las partes y sus apoderados el expediente administrativo debidamente foliado, el cual puede ser consultado de lunes a viernes en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 35, o bien del Automercado Los Yoses 200 metros sur y 150 oeste, casa color verde, portones de madera. De conformidad a lo indicado en el artículo 312 de la Ley General de la Administración Pública se pone en conocimiento que el mismo consta de la siguiente documentación relevante: Denuncia informe TAA-DT-0031-014 de fecha 05 de mayo del 2014 folios 01 a 11; resolución número 466-14-TAA folios 12 a 14; resolución número 171-15-TAA folios 17 a 19; oficio número DAM-ALCAOSA-1480-2015 de fecha 10 de noviembre del 2015
folio 26; oficio DA-UHTPSOZ-0063-2016 de fecha 27 de mayo del 2015 folios 27 y 28; resolución número 1438-16-TAA folios 29 a 31;
oficio SINAC-DE-1841 de fecha 08 de noviembre del 2016 folio 36;
resolución número 011-19-TAA folios 37 y 38; oficio SINACDE-061
de fecha 24 de enero del 2019 folio 43; resolución número 706-19TAA folios 44 y 45; oficio SINAC-ACOSA-DRFVS-SRD-321-2019
de fecha 27 de junio del 2019 folios 50 a 57; oficio ACOSA-DRFVSSRD-057-2019 de fecha 26 de febrero del 2019 folio 58; oficio ACOSA-DRFVS-SRD-0152-2019 de fecha 09 de abril del 2019 folios 59 a 70; oficio SINAC-ACOSA-DRFVS-SRD-0154-2019 de fecha 09
de abril del 2019 folio 71; consulta al Registro Público de persona jurídica 3-101-316156 folio 72; estudio registral de finca folio real número 6-115869-000 folio 73; certificación de imágenes tomo 2014
asiento 301498 folios 74 a 80, solicitud cuenta cedular oficio 504-19TAA folios 81 y 82.
VII.Se cita a todas las partes a una Audiencia Oral y Pública que se celebrará en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo a las 08 horas 30 minutos del 18 de agosto del año 2021.
VIII.Se comunica a la parte denunciada que, en virtud de que el objetivo primordial de la legislación ambiental es la protección de los recursos naturales y la reparación in natura de los daños ocasionados debido a comportamiento activo u omiso, a partir de la fecha de notificación y previo a la celebración de la audiencia programada, se podrá remitir a este Tribunal una propuesta de conciliación ambiental; debidamente aprobada por las partes, con los vistos buenos de las instituciones involucradas requeridos. En caso de no presentarse el acuerdo conciliatorio antes de la fecha de celebración de audiencia, no será posible suspender dicha diligencia para someterse al proceso de conciliación.
IX.Este Despacho solamente procederá a notificar las resoluciones futuras, si señalan expresamente la dirección de casa u oficina en el expediente administrativo supra citado o bien un número de fax o correo electrónico, según lo establecido en los artículos 6, 19, 20, 21, 22 y 34 la Ley de Notificaciones Judiciales.
De incumplirse con esta advertencia se procederá a la notificación automática en los términos que establece el artículo 11 de la citada Ley.
X.Contra la presente resolución cabe interponer el Recurso de Revocatoria en el plazo de 24 horas con fundamento en los artículos 342, 346 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese.Licda. Maricé Navarro Montoya, Presidente.
Licda. Ruth Ester Solano Vásquez, Vicepresidente.Licda.
Ligia Umaña Ledezma, Secretaria.O. C. Nº 4600032081.
Solicitud Nº TAA-001-2020. IN2020441535 .

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Instituto de Desarrollo Rural.Región de Desarrollo Huetar Caribe.Órgano Director del Procedimiento Administrativo de Revocatoria de Adjudicación de la parcela Nº 29 del Asentamiento La Florita, Batán de Matina, de la provincia de Limón, al ser las ocho horas del dos de marzo del dos mil veinte. De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones legales señaladas en los articulas 66 y 67 de la Ley INDER Nº 9036, concordante con el artículo 68 de la Ley de Tierras y Colonizaciones Nº 2825, el Reglamento Ejecutivo aprobado mediante Decreto Ejecutivo Nº
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385975-MAG publicado en La Gaceta Nº 28 del 29 de abril del 2015 y Ley General de Administración Pública, se constituye este Órgano Director por el acuerdo de Junta Directiva tomado artículo 1, Sesión 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en la parcela Nº 29 ubicado en el Asentamiento La Florita, en el distrito de Jiménez, cantón de Pococí, propiedad registral del INDER en matrícula 7030533-000 y 7030534-000 del partido de Limón, en el cual fue adjudicado a la señora Xinia García Alonso, cédula de identidad 2-0515-0156 mediante el acuerdo de Junta Directiva tomado en artículo 47 de la Sesión Ordinaria Nº 0432007 celebrado el 17 de diciembre del 2007. Lo anterior por cuanto la Oficina de Desarrollo Territorial de Cariari determina en sus informes, que ustedes han incurrido en incumplimiento del Contrato de Asignación de Tierras con la causal de abandono injustificado del predio por no ejercer del mismo desde hace muchos años, aclarando que tal causal están estipulada en los artículos 66 y 67 inciso b de la Ley de INDER Nº 9036 que retoma a los articulas 67 y 68 inciso 4
párrafo b de la Ley de Tierras y Colonizaciones Nº 2825 del 14 de octubre 1961 y sus reformas. Se le informa a los administrados que tienen derecho a revisar y fotocopiar el expediente que se localiza en la Sede del órgano Director ubicada Batán centro, cantón de Matina, provincia de Limón, y que después de publicado ultimo edicto tienen derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del Órgano Director por un plazo de veinticuatro horas y posteriormente al recurso de apelación por el plazo de cinco días contra la resolución final de la Junta Directiva, los cuales deben interponerse ante este órgano Director. A los administrados, se le previene que dentro del plazo de tres días contados después de la tercera publicación en La Gaceta, deben señalar lugar o medio para atender notificaciones en casa u oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo el apercibimiento de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas en el plazo de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Se le concede audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del último edicto en La Gaceta, para que se apersonen ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que consideren oportunas. Para dicha audiencia se señalan las diez horas del nueve de abril del dos mil veinte, aclarando que deben acudir personalmente y no por medio de apoderado, aunque si tienen derecho a estar asesorados por un abogado si lo desean.
Asimismo se indica que en el mismo acto de comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrán aportar pruebas en su favor que consideren oportunas y hacer los alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la fecha señalad. Se informa a los administrados que, de comprobarse los hechos, la normativa dispone la revocatoria de adjudicación y la nulidad del respectivo título de propiedad que se haya otorgado. Se le informa a los administrados que se les está notificando por edicto tres veces ya que no fueron localizados en el predio, ni en el asentamiento, ni la Región de Desarrollo Huetar Caribe y se desconoce por completo su domicilio o paradero inclusive por vecinos. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional para la Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.
Lic. Manuel Rojas Sanabria. Órgano Director. IN2020441887 .

AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo N 11 de la sesión N 15-18/19-G.O. del 05 de marzo de 2019, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo N 11 sesión N 30-18/19-G.E., debido a que según oficio TH-275-2019 del Departamento de Tribunales de

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 10/3/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha10/03/2020

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones5356

Primera edición01/01/2003

Ultima edición08/05/2024

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