La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 19/2/2020

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 33 Miércoles 19 de febrero del 2020
Artículo 1- Se desafecta del uso público dos terrenos propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cerocero cuatro dos uno cuatro siete N.º 4-000-042147, que se describen de la siguiente manera: A
inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cincouno nueve seis ocho cuatro tres-cero cero cero Nº 5-196843-000. El inmueble está situado en el distrito 1º, Nicoya; cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados 4454,19 m. Naturaleza de siembros y juegos infantiles. Linda al norte con Temporalidades de la Arquidiócesis de Tilarán; al sur, con calle pública con una medida de sesenta y nueve metros con veintidós decímetros 69,22m; al este, con calle pública con una medida de cincuenta y nueve metros con veintisiete decímetros 59,27m y, al oeste, con calle pública con una medida de sesenta y dos metros con seis decímetros 62,06m, con plano catastrado G ocho dos cuatro cinco tres cinco-dos cero cero dos G-824535-2002. B inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cincoocho seis dos seis uno-cero cero cero Nº 5-86261-000. El inmueble está situado en el distrito 1º, Nicoya;
cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide quinientos treinta y ocho metros con doce decímetros cuadrados 538,12 m. Naturaleza de terreno para construir con una casa. Linda al norte Alvaro Eduardo Jara Campos; al sur, con Alfonso Sanchún Zúñiga; al este, con calle pública con una medida de diecisiete metros con setenta centímetros 17,70m y, al oeste, con Carlos Luis Ugalde Ugalde, con plano catastrado G uno seis seis uno cuatro dos-uno nueve nueve cuatro G-166142-1994.
ARTÍCULO 3- Se reforma el artículo 2 de la Ley Nº 9640, Desafectación de un terreno propiedad de la Caja Costarricense de Seguro Social, Autorización para permutar el terreno desafectado y afectación de un terreno para la construcción de infraestructura de la Caja Costarricense de Seguro Social, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 2- Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS para que permute los dos terrenos descritos en el artículo 1
de esta ley, con un lote de la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro, cédula jurídica número tres cero cero dos cero siete ocho nueve uno siete Nº 3-002-078917, a segregar del bien inmueble inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles del Registro Nacional, bajo el sistema de folio real matrícula número cinco
cinco siete dos seis cero cero cero N.º 5-5726-000.
El lote a segregar y permutar se describe de la siguiente manera:
situado en el distrito 1º, Nicoya; cantón II, Nicoya; provincia de Guanacaste; mide veintiséis mil novecientos cuarenta y un metros cuadrados 26941m. Todo lo anterior consignado en el plano catastrado número G-uno siete ocho dos cero cinco nuevedos mil catorce Nº G-1782059-2014.
El resto de la finca madre se lo reserva la Asociación de Desarrollo Integral de Nicoya Centro.
Rige a partir de su publicación.
Luis Antonio Aiza Campos Diputado NOTA: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.
1 vez. IN2020435896 .
REFORMA DE LOS INCISOS O Y P DEL ARTÍCULO 52
Y DEL PÁRRAFO FINAL DEL ARTÍCULO 103 DEL
CÓDIGO ELECTORAL, LEY N 8765 DEL 19 DE
AGOSTO DE 2009 Y SUS REFORMAS.
FORTALECIMIENTO DE LOS MECANISMOS
DE LA MUJER Y DE IGUALDAD DE
GÉNERO EN LOS PARTIDOS
POLÍTICOS.
Expediente N.º 21.791
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El presente proyecto de ley pretende reformar los numerales 52 y 103
del Código Electoral para fortalecer los mecanismos de la mujer en los partidos políticos, exigiendo su incorporación en todas las agrupaciones,
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dotando a estos órganos de recursos dentro de sus estructuras partidarias para la capacitación1 y el empoderamiento político y la introducción de sanciones para hacer exigible su cumplimiento.
La igualdad es el valor democrático por excelencia y, por ello, la defensa de la democracia supone su promoción como cultura que corrige códigos antropológicos de interrelación profundamente arraigados, desiguales, excluyentes y violentos. Un empeño de profundización de sus valores, como el de la igual dignidad humana de todas las personas, exige un denodado esfuerzo en acción y discurso desde la diversidad de las opciones democráticas.
Desde a promulgación del Código Electoral en el año 2009, nuestro país ha optado por la paridad en la composición de las estructuras y comités y es, además, el único país a nivel centroamericano que ha legislado una sanción por incumplimiento, que consiste en la no inscripción o no renovación de la inscripción de los partidos que incumplan con aplicar la paridad y el mecanismo de alternancia en sus estructuras, de acuerdo con los artículos 2, 53 y 60 de dicho cuerpo normativo.
En ese sentido, la participación de las mujeres y hombres en igualdad y no discriminación es uno de los principios rectores de nuestro sistema político, incluyendo el derecho a la libre participación equitativa por género y a la capacitación y al adiestramiento políticos:
ARTÍCULO 2.- Principios de participación política por género.
La participación política de hombres y mujeres es un derecho humano reconocido en una sociedad democrática, representativa, participativa e inclusiva, al amparo de los principios de igualdad y no discriminación.
Estos avances normativos, sobre los que se inspira la presente reforma, han significado un importante paso para garantizar la participación real de las mujeres en la política, pero por sí solos no son suficientes. Resulta fundamental fortalecer las estructuras de las mujeres en los partidos políticos. En una democracia de partidos no caben los partidos sin democracia, o al menos a ello se debería aspirar y esta no puede existir si las mujeres.
Las mujeres, a pesar de constituir en muchos casos la mitad de las militancias, no logran llegar en una proporción equitativa a los cargos de decisión partidarios.
Las diferentes formas en las que la regulación financiera puede tener consecuencias relativas al género pueden centrarse en prácticas innovadoras como la asignación de fondos para iniciativas en favor de la igualdad de género dentro de los partidos políticos, tales como el desarrollo de capacidades o el apoyo al sector femenino del partido mecanismos de la mujer, así como cobertura de costos e incentivos en especie, como el uso de fondos de la campaña para el cuidado de los hijos e hijas en un marco de corresponsabilidad social del cuido, según lo demuestra la experiencia democrática en otras latitudes.
La investigación realizada por el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral IDEA Internacional titulado Partidos políticos y paridad: Una mirada subregional a América Central, República Dominicana y México del año 2015, concluyó que los mecanismos de la mujer actualmente tienen una escasa influencia en la política regional y que: Se requiere concentrar esfuerzos para que las unidades de la mujer pasen de mantener una existencia formal secundaria a jugar un papel central en la promoción de la igualdad de género como objetivo dentro de sus partidos.2 Costa Rica no es la excepción.
En toda la región centroamericana cinco de siete países no llegan ni al 30% de mujeres en los Comités Ejecutivos Superiores de las organizaciones partidarias; y los cargos que ejercen las mujeres en estas instancias son los de menor poder. Asimismo, en cinco países, incluido Costa Rica todavía es necesario impulsar medidas legales 1
El artículo 93 del Código Electoral señala por capacitación que: incluye todas las actividades que les permiten a los partidos políticos realizar la formación política, técnica o ideológico-programática de las personas, así como la logística y los insumos necesarios para llevarlas a cabo.
2 Vid Partidos políticos y paridad: Una mirada subregional a América Central, República Dominicana y México del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral IDEA Internacional 2015 en https www.idea.
int/sites/default/files/publications/partidos-politicos-y-paridad.pdf

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 19/2/2020

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha19/02/2020

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones5358

Primera edición01/01/2003

Ultima edición10/05/2024

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