La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 22/3/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 58 Viernes 22 de marzo del 2019
13El acceso a la Administración de Justicia, incluyendo el levantamiento, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los servicios del Complejo Médico Forense que impliquen atención urgente, atención de denuncias, solicitudes de imposición de una medida cautelar, cese, sustitución o prórroga de medidas cautelares prontas a vencer, atención de solicitudes de medidas de protección, juicios con persona detenida, continuaciones de juicio, y asuntos prontos a prescribir, intervenciones de las comunicaciones, mantenimientos de los sistemas informáticos y de la comunicación, atención y resolución de solicitudes de apremio corporal y de impedimentos de salida del país, mantenimiento, actualización y comunicaciones relativas al Sistema de Obligados al Pago de Pensión Alimentaria SOAP, traslados de personas privadas de libertad y custodia en celdas, protección a víctimas y testigos, la disponibilidad que deben tener cualquier grupo de Respuesta Rápida a Víctimas de Violación, la notación y levantamiento de impedimentos de salida del país, así como los permisos de salida del país para personas menores de edad, y la custodia y seguridad necesaria para garantizar los servicios anteriormente indicados.
14 Los servicios bancarios de depósito y retiro de dineros;
15 la celebración de elección nacionales, cantonales, referéndum, plebiscitos o consultas populares, en los plazos indispensables para no impedir su celebración;
ARTICULO 2. Modifícase el artículo 375 del Código de Trabajo, para que donde dice servicio público se lea servicio público esencial.
ARTICULO 3. Adiciónanse un artículo 376 bis y un 376 ter al Código de Trabajo que se leerán:
ARTICULO 376 bis. Serán considerados también servicios públicos esenciales aquellos que sin encontrarse así determinados en el artículo anterior, por la duración de la interrupción de su prestación puedan llegar a amenazar la vida, la salud o la seguridad de las personas, o causar un grave daño a la economía pública.
Los servicios que no sean considerados esenciales se someterán a limitaciones en su prestación en caso de huelga, siempre que se garantice un servicio mínimo de atención; este servicio mínimo deberá formalizarse en un documento suscrito por patronos y trabajadores de acuerdo a criterios técnicos según el área de que se trate, de previo a la suspensión de funciones de los trabajadores, y deberá ser depositado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Para estos efectos, el Ministerio determinará el contenido mínimo del documento a registrar. Una vez se encuentre formalizado el acuerdo, los trabajadores podrán acudir a la huelga. En caso de que una de las partes se niegue a la formalización del plan de servicios mínimos, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá autorizar su implementación, si fuera considerado necesario.
ARTICULO 376 TER. El servicio público esencial podrá ser prestado por instituciones, entes o personas públicas o privadas, físicas o jurídicas, por lo que su calificación jurídica dependerá del servicio brindado y no de quien lo preste. La prohibición señalada en el artículo 375 de este Código se limita a aquellas funciones sean indispensables para que la prestación del servicio público esencial no se vea interrumpida, obstaculizada o dificultada.
El Estado garantizará la continuidad de la prestación de todo servicio público esencial.
Para la resolución de los conflictos laborales que se presenten tratándose de personas que brinden un servicio público esencial, agotada la conciliación, los trabajadores estarán obligados a acudir la resolución jurisdiccional del conflicto o al arbitramento, de conformidad con los artículos 375, 429, 456 a 458 y 707 de este Código.
Rige a partir de su publicación.
Este expediente podrá ser consultado en la Comisión Permanente de Asuntos Sociales.
1 vez. IN2019329316 .

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PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
N 172-P.30 de octubre de 2018
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que establecen los artículos 139 inciso 1 de la Constitución Política; 26 inciso e de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.Que con el espíritu de seguir fortaleciendo la participación de las empresas costarricenses en los mercados internacionales y contribuir al crecimiento económico del país y al desarrollo inclusivo a través de más y mejores empleos, Costa Rica ha dirigido una política de comercio exterior que busca incrementar sus relaciones comerciales y de inversión con socios clave. Dentro de este esquema, las relaciones comerciales y de inversión con la República Popular China son de altísima importancia y cuentan con un considerable potencial de crecimiento y desarrollo.
II.Que en el año 2017, el Presidente de la República Popular China, el señor Xi Jinping anunció la primera Exposición Internacional de Importación de ese país. Posteriormente, el Ministro de Comercio Exterior, el señor Zhong Shan, remitió una invitación formal al Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, con el fin de participar en dicha exposición, la cual se realizará del 04 al 08 de noviembre de 2018 en Shanghái, República Popular China.
III.Que la primera Exposición Internacional de Importación China, se perfila como el evento más grande de su tipo, el cual fue determinado como prioritario por parte del gobierno de la República Popular China y contará con la representación de diversos socios comerciales. Por su parte, el evento consta de tres áreas: i un espacio para un pabellón país, ii una feria de empresas y negocios y iii un foro de comercio internacional.
IV.Que el marco dicho evento constituye, además, una ocasión propicia para concertar reuniones con instituciones clave del gobierno chino con el objetivo de promover mejoras en la administración del Tratado de Libre Comercio vigente con ese país.
V.Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos OCDE es una herramienta para proporcionar apoyo y guía en este proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso -incluyendo todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo del mismo fueron declaradas de interés público mediante Decreto Ejecutivo No. 37983-COMEXMY del 09 de setiembre de 2013; además se designó a COMEX
como coordinador de dicho proceso por parte del Poder Ejecutivo.
Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo vigente 2014-2018
se incluyó el fortalecimiento de las políticas públicas, a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE, como una meta prioritaria de la gestión gubernamental, la cual siguen siendo una meta primordial del Gobierno del Bicentenario.
VI.Que luego de la Decisión Ministerial de la OCDE
de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE con miras a un proceso de adhesión Plan de Acción OCDE, resultando en la invitación formal para iniciar un proceso de adhesión en abril de 2015. Posteriormente, en julio 2015, el Consejo de la OCDE aprobó la hoja de ruta que establece el proceso y fija los términos para su futura membresía. Asimismo, la hoja de ruta incluye la realización de evaluaciones de fondo por parte de los principales comités técnicos de la OCDE. Con base en estas evaluaciones, los comités

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 22/3/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha22/03/2019

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones5349

Primera edición01/01/2003

Ultima edición29/04/2024

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