La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 18/3/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 54 Lunes 18 de marzo del 2019
41. Flor María Fernández Valverde, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº 104260436. Uso: Habitacional. Plano:
P-2001758-2017, área: 448,00 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas, Canoas.
42. Herminia Badilla Arias, mayor, soltera, cédula de identidad Nº 112770559. Uso: Habitacional. Plano: P-2093864-2018, área: 563,00 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas, Canoas.
43. Leonor Villalta Gutiérrez, mayor, casada, cédula de residencial N 55806443305. Luis Alberto Villalobos Mora, mayor, casado, cédula de identidad Nº 602290649. Uso: Habitacional.
Plano: P-2016053-2017, área: 554 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas. Canoas.
44. Hazel Ávila Rojas, mayor, casada, cédula de identidad Nº 112560351. Uso: Habitacional. Plano: P-1953958-2017, área:
1.735,00 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas, Canoas.
45. Gerardo Rodríguez Nájera, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 603270614.Uso: Habitacional. Plano: P-2087373-2018, área: 334,00 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas, Canoas.
46. Isis Paola Calvo Araya, mayor, soltera, cédula de identidad Nº 112440042. Uso: Habitacional. Plano: P-2095895-2018, área:
401,00 m2, Puntarenas, Corredores, Canoas, Canoas.
47. Luz María Villareal Avilés, mayor, casada cédula de identidad Nº 601580118. Uso: Agropecuario. Plano: P-1962565-2017, área: 40.240,00 m2, Puntarenas, Coto Brus, Sabalito, La Unión.
48. Placido Jiménez Chavarría, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 600760300. Uso: Agropecuario. Plano: P-2054881-2018, área:
5.620.00 m2, Puntarenas, Coto Brus, Agua Buena, Cañas Gordas.
49. Carmen Miranda Castro, mayor, casada, cédula de identidad Nº 601150977. Uso: Habitacional. Plano: P-1911166-2016, área. 300,00 m2. Puntarenas, Coto Brus, Sabalito, San Antonio.
50. María Isabel Fallas Valverde, mayor, casada, cédula de identidad Nº 900710688. Uso: Habitacional. Plano:
P-2031424-2018, área; 472,00 m2. Puntarenas, Coto Brus, Sabalito, La Lucha.
Notifíquese.Licda. Yoselyn Pamela Ugalde Jiménez.
1 vez. IN2019322061 .

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Michael Montero Maroto, cédula de identidad Nº 111270013 y a la señora Karol Raquel Arguedas Gutiérrez, cédula de identidad Nº 503400044, se le comunica que se tramita en esta Oficina Local, proceso especial de protección en favor de las personas menores de edad Denier Fernández Arguedas citas de nacimiento: 120680552 y Jostin Montero Arguedas, citas de nacimiento: 118750737 y que mediante la resolución de las 7:30
horas del 01 de febrero del 2018, se resuelve darles audiencia por el plazo de tres días, para que presenten sus alegatos y ofrezcan prueba de conformidad con el artículo 133 del Código de la Niñez y la Adolescencia, y se señala para comparecencia oral y privada el 20
de febrero del 2019 a las 9:00 horas. Se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados, así como consultar el expediente y fotocopiarlo. Igualmente, se le pone en conocimiento de la señora Karol Raquel Arguedas Gutiérrez, la intervención institucional, que se encuentra visible a folios 46 a 48, 71, 72, 78, 93
a 94 del expediente administrativo Nº OLLU-00020-2018 y por ende los hechos que motivaron la intervención institucional. Igualmente, se le pone en conocimiento de la señora Karol Raquel Arguedas Gutiérrez y Michael Montero Maroto, la intervención institucional, que se encuentra visible a folios 46 a 48, 71, 72, 78, 85, 93 a 94
del expediente administrativo Nº OLLU-00020-2018 y por ende los hechos que motivaron la intervención institucional. Igualmente se pone a disposición de las partes el expediente administrativo a fin de que puedan revisar o fotocopiar la documentación constante en el mismo. Se dicta medida de protección de cuido provisional de forma cautelar a favor de la persona menor de edad Montero Arguedas, en el hogar conformado por sus abuelos maternos. Dicha medida tiene una vigencia de hasta seis meses a partir del primero de febrero del 2019 y hasta tanto no se modifique en vía judicial o administrativa.
Se dicta medida cautelar de guarda crianza provisional a favor de
Pág 59

la persona menor de edad Fernández Arguedas, en el hogar de su progenitor señor Édgar José Fernández Cano. Dicha medida rige a partir del primero de febrero del año dos mil diecinueve y hasta tanto no se modifique en vía judicial o administrativa. Se concede régimen de interrelación familiar supervisado y se le apercibe a la progenitora Karol Raquel Arguedas Gutiérrez y Michael Montero Maroto, que deberán aportar económicamente para la manutención de sus hijos. Se les previene señalar lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la Oficina Local de La Unión, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. Publíquese por tres veces consecutivas, expediente Nº OLLU-00020-2018.Oficina Local de La Unión.
Licda. Karla López Silva, Representante Legal.O.C. N 00092019.Solicitud N 141521. IN2019322032 .

AVISOS
COLEGIO DE ABOGADOS Y DE ABOGADAS
DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Que mediante resolución de la Fiscalía de las once horas con cuarenta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciocho, se ordenó publicar en ejercicio de la facultad que prevé el ordinal 246
de la Ley General de la Administración Pública la publicación aquí dispuesta contendrá en relación: Se inicia Procedimiento Administrativo Disciplinario. Fiscalía del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las ocho horas con veintisiete minutos del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete. La Junta Directiva del Colegio de Abogados, en acuerdo en acuerdo 2016-44-103 de la sesión ordinaria 44-2016, dispuso trasladar expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar el procedimiento. De conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, teniéndose a la vista los hechos y la prueba ofrecida que conforman la denuncia formulada por Daniel Muñoz Corea, téngase por instaurado el presente procedimiento administrativo disciplinario en contra de los licenciados Mayita Ramón Barquero, código 3225; y Luis Pablo Rojas Quirós, código 6611, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: En cuanto a la Licda. Mayita Ramón Barquero: El señor Daniel Muñoz Corea fue cesado en su nombramiento interino como jefe del área de investigación económica, ello a partir de mayo del 2012, y debido -según refiere la denunciaa cuestionamientos que el señor Muñoz hizo a decisiones de jerarcas institucionales de la Caja Costarricense del Seguro Social. Por lo anterior, el señor Muñoz comenzó a ser objeto de acoso laboral en la Caja Costarricense del Seguro Social y además fue objeto de una difamación -según la denunciapor la Presidenta Ejecutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, de ese entonces, la Dra. Ileana Balmaceda Arias, en declaraciones vertidas el 24 de agosto del 2012 a un medio de prensa. Ante lo anterior, el señor Muñoz se reunió con su persona, Licda. Mayita Ramón Barquero el 3 de septiembre del 2013, en su oficina en San José, Barrio Luján, reunión a la que también se presentó el Lic. Luis Pablo Rojas Quirós, y que según indicaciones suyas él codirigiría con los tres procesos que se indicarán, como lo informan los términos empleados en los correos electrónicos intercambiados durante la relación profesional entre el señor Muñoz y los licenciados Ramón y Rojas; acordándose además entre el señor Muñoz y los licenciados Ramón y Rojas que los abonos que realizara el señor Muñoz por concepto de honorarios profesionales, se entregarían a la Licda.
Ramón y usted los distribuiría entre los diferentes procesos y entregaría lo pertinente al Lic. Rojas. Estos procesos que codirigirían usted y el Lic. Rojas eran: a Interposición de demanda por acoso laboral contra funcionarios de la Caja Costarricense del Seguro Social. b Replanteamiento de la querella contra la Dra. Ileana Balmaceda Arias, debido a que la primera versión presentada sin asesoría, contenía errores de forma y fondo. e Presentación de un reclamo administrativo ante el Instituto Nacional de Seguros INS, por riesgos de trabajo. Luego de la reunión del 3 de septiembre del 2013, mediante correos electrónicos, el señor Muñoz intercambió información con usted y el Lic. Rojas, relacionada con los casos

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 18/3/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha18/03/2019

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones5362

Primera edición01/01/2003

Ultima edición16/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31