La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 8/1/2019

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Fuente: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 5 Martes 8 de enero del 2019

Pág 2

CONTENIDO

PODER LEGISLATIVO

Pág N

Leyes 2
PODER EJECUTIVO
Acuerdos 4
Resoluciones 10
DOCUMENTOS VARIOS 13
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 25
Avisos 26
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 27
REGLAMENTOS 29
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 55
RÉGIMEN MUNICIPAL 56
AVISOS 59
NOTIFICACIONES 59

2 Promover la inclusión al sistema educativo, mediante una transferencia monetaria condicionada a las personas estudiantes de las diferentes modalidades autorizadas por el Ministerio de Educación Pública MEP.
3 Otorgar transferencias monetarias adicionales a las personas estudiantes que brinden apoyo de recuperación académica a otros estudiantes que cumplan con los parámetros institucionales establecidos por el IMAS.
4 Promover la corresponsabilidad educativa, mediante la verificación de la condicionalidad de las personas estudiantes por parte de los centros educativos, en la persona que ocupe el cargo de dirección.
5 Promover la inducción de las personas estudiantes del Programa Avancemos a procesos de alfabetización digital, que sean alineados con los proyectos y los programas de acceso y servicios universal solidario, definidos en el Plan Nacional de Telecomunicaciones del país.
6 Otorgar transferencias monetarias condicionadas a las personas estudiantes que se han retirado del sistema educativo para hacer efectiva su reincorporación.
ARTÍCULO 3- Población objetivo La población objetivo la constituyen, prioritariamente, todas las personas estudiantes de secundaria que cumplan con los parámetros establecidos por la Secretaría Técnica adscrita al Instituto Mixto de Ayuda Social IMAS, de conformidad con el artículo 1 de esta ley, y considerando la disponibilidad de créditos presupuestarios.
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN
ARTICULO 4- Integración del Consejo de Coordinación
PODER LEGISLATIVO
LEYES
N 9617
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
FORTALECIMIENTO DE LAS TRANSFERENCIAS
MONETARIAS CONDICIONADAS DEL
PROGRAMA AVANCEMOS
CAPÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO 1- Creación y finalidad Se crea el Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas, denominado Avancemos, adscrito al Instituto Mixto de Ayuda Social IMAS, para coadyuvar a la inclusión, la permanencia, la asistencia y la reincorporación al sistema educativo de las personas estudiantes provenientes de familias en situación de pobreza o vulnerabilidad, que requieren apoyo para mantenerse en el sistema educativo secundario.
ARTÍCULO 2- Objetivos 1 Otorgar transferencias monetarias condicionadas a las personas estudiantes que cumplan con los parámetros institucionales establecidos por el Instituto Mixto de Ayuda Social IMAS, con el fin de que permanezcan en el sistema educativo.

El Programa Avancemos contará con un órgano de alto nivel para la definición de las políticas, denominado Consejo de Coordinación de Avancemos. Tendrá funciones de articulación política, más no constituirá una estructura organizacional ni tendrá funciones administrativas.
Este órgano estará integrado por los jerarcas del Instituto Mixto de Ayuda Social IMAS y de los Ministerios de Educación Pública MEP y de Trabajo y Seguridad Social MTSS, y será presidido por la persona a quien el Poder Ejecutivo asigne la rectoría del sector social.
El Consejo sesionará ordinariamente al menos una vez cada cuatro meses y extraordinariamente cuando así lo solicite cualquiera de sus miembros, y se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley N. 6227, Ley General de Administración Pública, de 2 de mayo de 1978, para los órganos colegiados.
ARTÍCULO 5- Las funciones del Consejo de Coordinación Corresponderá al Consejo:
1 Aprobar los montos del beneficio del Programa Avancemos, de acuerdo con las recomendaciones de la Secretaría Técnica.
2 Definir la línea de acción del Programa de Transferencias Monetarias Condicionadas Avancemos.
3 Coordinar y garantizar la participación presupuestaria de las instituciones participantes.
4 Dar seguimiento y realizar la evaluación de los resultados del Programa.

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 8/1/2019

TítuloLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha08/01/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones5501

Primera edición01/01/2003

Ultima edición21/06/2024

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