Diario Oficial de la Unión Europea del 5/2/2020 - Sección Legislación
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación
DECISIONES
Decisión de Ejecución UE 2020/152 de la Comisión de 3 de febrero de 2020 por la que se prohíbe a Rumanía la concesión repetida de autorizaciones con arreglo al artículo 53, apartado 1, del Reglamento CE n.o 1107/2009 en relación con productos fitosanitarios que contienen las sustancias activas clotianidina o imidacloprid para su uso en Brassica napus contra Phyllotreta spp. o Psylliodes spp. notificada con el número C2020 458 5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
16
Decisión de Ejecución UE 2020/153 de la Comisión de 3 de febrero de 2020 por la que se prohíbe a Lituania la concesión repetida de autorizaciones con arreglo al artículo 53, apartado 1, del Reglamento CE n.o 1107/2009 en relación con productos fitosanitarios que contienen la sustancia activa tiametoxam para su uso en la colza de primavera contra Phyllotreta spp. o Psylliodes spp. notificada con el número C2020 464 6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
19
Corrección de errores
Corrección de errores del Protocolo de Luxemburgo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil adoptado en Luxemburgo el 23 de febrero de 2007 DO L 331
de 16.12.2009 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6 Texto pertinente a efectos del EEE.
22