Diario Oficial de la Unión Europea del 2/3/2020 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

C 67/30

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
2.3.2020

Anuncio a la atención de Provincia de África Occidental del Estado Islámico ISWAP y Estado Islámico en el Gran Sáhara ISGS, añadidos a la lista mencionada en los artículos 2, 3 y 7 del Reglamento CE n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL
Daesh y Al-Qaida, en virtud del Reglamento de Ejecución UE 2020/288 de la Comisión 2020/C 67/05

1. La Decisión PESC 2016/1693 del Consejo 1 insta a la Unión a inmovilizar los fondos y recursos económicos de los miembros de EIIL Daesh y Al-Qaida, así como de otras personas, grupos, empresas y entidades asociados con ellos, como se contempla en la lista establecida con arreglo a las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267
1999 y 13332000, lista que actualizará periódicamente el Comité de las Naciones Unidas establecido en virtud de la RCSNU 12671999.
En la lista establecida por dicho Comité de las Naciones Unidas figuran:
EIIL Daesh y Al Qaida;
personas físicas o jurídicas, entidades, organismos y grupos asociados con EIIL Daesh y Al Qaida; y personas jurídicas, entidades y organismos propiedad de cualquiera de dichas personas, entidades, organismos o grupos asociados, controlados por ellos o que les apoyen de cualquier otra forma.
Los actos o actividades que indican que una persona física, un grupo, una empresa o una entidad está asociado con EIIL
Daesh y Al-Qaida son:
a la participación en la financiación, planificación, facilitación, preparación o comisión de actos o actividades realizados por EIIL Daesh y Al-Qaida, o de cualquier célula, entidad afiliada o grupo escindido o derivado de ellos, o en coordinación con los mismos, así como en su nombre, representación o apoyo;
b el suministro, la venta o la transferencia de armas y material conexo a cualquiera de ellos;
c el reclutamiento para cualquiera de ellos; o d cualquier otro apoyo de sus actos o actividades.

2. El Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó el 23 de febrero de 2020 incluir las entradas de Provincia de África Occidental del Estado Islámico ISWAP y Estado Islámico en el Gran Sáhara ISGS en la lista del Comité de Sanciones contra EIIL Daesh y Al-Qaida.
Provincia de África Occidental del Estado Islámico ISWAP y Estado Islámico en el Gran Sáhara ISGS podrán presentar en todo momento al Ombudsman de las Naciones Unidas una solicitud de reconsideración de la decisión de inclusión en la citada lista de las Naciones Unidas, acompañando su solicitud de toda documentación justificativa pertinente. Dichas solicitudes deberán enviarse a la dirección siguiente:
Naciones Unidas Oficina del Ombudsman Despacho DC2-2206
New York, NY 10017
UNITED STATES OF AMERICA
Teléfono: +1 2129632671
Fax: +1 2129631300/3778
Correo electrónico: ombudsperson@un.org Puede obtenerse más información en:
https www.un.org/securitycouncil/sanctions/1267/aq_sanctions_list/procedures-for-delisting 1 DO L 255 de 21.9.2016, p. 25.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 2/3/2020 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha02/03/2020

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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