Diario Oficial de la Unión Europea del 30/10/2019 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

C 366/2

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
30.10.2019

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Según el considerando 4 de la Recomendación JERS/2013/1 2, el objetivo final de la política macroprudencial es contribuir a la protección de la estabilidad del sistema financiero en su conjunto, incluso mediante el refuerzo de la capacidad de resistencia del sistema financiero y la atenuación de los riesgos sistémicos, garantizando así una aportación sostenible del sector financiero al crecimiento económico.

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Con este objetivo y dependiendo de la evaluación de los riesgos, las autoridades macroprudenciales pueden aplicar una o varias de las medidas macroprudenciales basadas en el capital que se establecen en la Directiva 2013/36/UE
del Parlamento Europeo y del Consejo 3 y en el Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 4, o medidas macroprudenciales basadas en los prestatarios y que son exclusivamente de derecho interno.
Mientras que las medidas basadas en el capital buscan fundamentalmente aumentar la resiliencia del sistema financiero, las medidas basadas en los prestatarios pueden ser especialmente apropiadas para evitar una mayor acumulación de riesgos sistémicos.

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Además, la Recomendación JERS/2013/1 recomienda a los Estados miembros que establezcan un marco legal que permita a las autoridades macroprudenciales disponer del control directo, o de facultades de recomendación, sobre los instrumentos macroprudenciales a que se refiere dicha recomendación.

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En 2016 la Junta Europea de Riesgo Sistémico JERS evaluó las vulnerabilidades del sector inmobiliario residencial al nivel de la Unión 5. Esta evaluación permitió a la JERS detectar que ciertas vulnerabilidades a medio plazo de varios países eran una fuente de riesgo sistémico para la estabilidad financiera, y la llevó a emitir avisos para ocho países, incluida Bélgica 6.

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En 2016 las principales vulnerabilidades detectadas en el mercado inmobiliario residencial de Bélgica fueron el rápido crecimiento del precio de la vivienda y de los préstamos hipotecarios y el ya elevado y creciente endeudamiento de los hogares, con un porcentaje cada vez mayor de deudores hipotecarios potencialmente vulnerables a condiciones económicas adversas o a la evolución del mercado inmobiliario residencial de Bélgica.

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La JERS ha concluido recientemente una evaluación sistemática y prospectiva de las vulnerabilidades del sector inmobiliario residencial al nivel del Espacio Económico Europeo 7.

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En cuanto a Bélgica, dicha evaluación ha puesto de manifiesto que, desde 2016, el fuerte crecimiento del crédito para vivienda ha seguido impulsando el endeudamiento de los hogares. Aunque se ha desacelerado el crecimiento del precio de la vivienda, la dinámica previa plantea dudas en cuanto a una posible sobrevaloración. Además, una parte significativa de los préstamos hipotecarios se sigue concediendo a hogares potencialmente vulnerables a condiciones económicas o financieras adversas o a una evolución adversa del mercado inmobiliario residencial. En estas circunstancias, el recargo de la ponderación del riesgo de 5 puntos porcentuales introducido en 2013 para las exposiciones hipotecarias de entidades de crédito que utilizan el método basado en calificaciones internas IRB ha contribuido a mejorar la resiliencia de dichas entidades.

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En 2018 el Nationale Bank van Belgi/Banque Nationale de Belgique incrementó ese recargo de la ponderación del riesgo de 5 puntos porcentuales mediante la aplicación, conforme al artículo 458 del Reglamento UE n.
o 575/2013, de un recargo proporcional de la ponderación del riesgo consistente en el 33 % de la media ponderada por exposición de las ponderaciones del riesgo, aplicado a las exposiciones en caso de impago de la cartera hipotecaria residencial de cada entidad de crédito.

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El actual recargo de la ponderación del riesgo pretende mejorar la resiliencia de las entidades de crédito que usan el método IRB y reducir la acumulación de riesgos relacionada con nuevos préstamos hipotecarios. Sin embargo, no se dispone actualmente en Bélgica de medidas basadas en los prestatarios por ejemplo, límites a la ratio préstamovalor LTV, a la ratio deuda-ingresos DTI o a la ratio servicio de la deuda-renta DSTI que limiten directamente el porcentaje de préstamos hipotecarios concedidos a hogares potencialmente vulnerables a condiciones económicas o financieras adversas o a una evolución adversa del mercado inmobiliario residencial.

2 Recomendación JERS/2013/1 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico, de 4 de abril de 2013, sobre objetivos intermedios e instrumentos de política macroprudencial DO C 170 de 15.6.2013, p. 1.
3 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE DO L 176 de 27.6.2013, p. 338.
4 Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento UE n.o 648/2012 DO L 176 de 27.6.2013, p. 1.
5 Véase el documento Vulnerabilities in the EU Residential Real Estate Sector, JERS, noviembre de 2016, disponible en inglés en la dirección de la JERS en internet, www.esrb.europa.eu.
6 Aviso JERS/2016/06 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico, de 22 de septiembre de 2016, sobre las vulnerabilidades a medio plazo del sector inmobiliario residencial de Bélgica DO C 31 de 31.1.2017, p. 45.
7 Véase el documento Vulnerabilities in the residential real estate sectors of EEA countries, JERS, 2019, disponible en inglés en la dirección de la JERS en internet, www.esrb.europa.eu.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 30/10/2019 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha30/10/2019

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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