Diario Oficial de la Unión Europea del 6/5/2019 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

6.5.2019

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
C 154/7

OTROS ACTOS

COMISIÓN EUROPEA
Anuncio dirigido a las empresas que tengan la intención de comercializar hidrofluorocarburos a granel en la Unión Europea en 2020
2019/C 154/06
1.

Este anuncio está dirigido a cualquier empresa que desee presentar una declaración para comercializar hidrofluoro carburos a granel en la Unión en 2020, de conformidad con el artículo 16, apartados 2 y 4, del Reglamento UE
n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo 1 en lo sucesivo, Reglamento:
a productores e importadores para los cuales la Decisión de Ejecución UE 2017/1984 de la Comisión 2 3, haya determinado un valor de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020;
b todos los demás productores e importadores que tengan previsto comercializar al menos 100 toneladas equiva lentes de CO2 de hidrofluorocarburos a granel en la Unión en 2020.

2.

Se entiende por hidrofluorocarburos las sustancias que figuran en la sección 1 del anexo I del Reglamento o mezclas que contengan alguna de estas sustancias:
HFC-23, HFC-32, HFC-41, HFC-125, HFC-134, HFC-134a, HFC-143, HFC-143a, HFC-152, HFC-152a, HFC-161, HFC-227ea, HFC-236cb, HFC-236ea, HFC-236fa, HFC-245ca, HFC-245fa, HFC-365mfc, HFC-43-10mee.

3.

La comercialización de estas sustancias, salvo para los usos enumerados en el artículo 15, apartado 2, letras a a f, del Reglamento o de una cantidad anual total de estas sustancias inferior a 100 toneladas equivalentes de CO2 al año, está sujeta a límites cuantitativos, con arreglo al régimen de cuotas establecido en los artículos 15 y 16 y los anexos V y VI del Reglamento.

4.

La Comisión asigna cuotas a las empresas en cuestión. El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó su inten ción de retirarse de la Unión con arreglo al artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. A partir de la fecha de retirada, los hidrofluorocarburos que se comercialicen en el Reino Unido ya no entrarán en el ámbito de aplicación del Reglamento UE n.o 517/2014 y no se computarán en la cuota asignada por la Comisión a los productores y a los importadores 4.

5.

Todos los datos presentados por las empresas, las cuotas y los valores de referencia se conservan en el registro electrónico de HFC, creado de conformidad con el artículo 17 del Reglamento y accesible en línea a través del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC 5. Todos los datos consignados en el registro de HFC, es decir, las cuotas, los valores de referencia y los datos comerciales y personales, serán tratados de forma confidencial por la Comisión Europea.

6.

En el momento del despacho a libre circulación de HFC, los importadores deben contar con un registro válido como importadores de HFC a granel en el registro de HFC accesible en línea a través del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC 6, conforme al Reglamento de Ejecución UE 2019/661 de la Comisión 7. Dicho registro se considera también una licencia obligatoria para importaciones. Para la exportación de HFC se necesita una licencia similar 8.

1 Reglamento UE n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento CE n.o 842/2006 DO L 150 de 20.5.2014, p. 195.
2 Decisión de Ejecución UE 2017/1984 de la Comisión, de 24 de octubre de 2017, por la que se determinan, de conformidad con el Reglamento UE n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, los valores de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020 de cada productor o importador que haya notificado en el marco del Reglamento haber comercializado legalmente hidrofluorocarburos desde el 1 de enero de 2015
DO L 287 de 4.11.2017, p. 4
3 La Decisión UE 2017/1984 ha sido modificada, como consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, por la Deci sión de Ejecución C2018 8801 final de la Comisión.
4 Véanse las comunicaciones de preparación del Brexit: https ec.europa.eu/info/brexit/brexit-preparedness/preparedness-notices_es.
5 https webgate.ec.europa.eu/ods2/resources/domain 6 https webgate.ec.europa.eu/ods2/resources/domain 7 Reglamento de Ejecución UE 2019/661 de la Comisión, de 25 de abril de 2019, por el que se garantiza el buen funcionamiento del registro electrónico de las cuotas de comercialización de hidrofluorocarburos DO L 112 de 26.4.2019, p. 11.
8 Véase también el artículo 1, apartado 2, del Reglamento de Ejecución UE 2017/1375 de la Comisión.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 6/5/2019 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha06/05/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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