Diario Oficial de la Unión Europea del 6/5/2019 - Comunicaciones e Informaciones

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Fuente: Diario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

C 154/8

7.

ES

Diario Oficial de la Unión Europea
6.5.2019

En el documento administrativo único DAU, el importador debe figurar como destinatario casilla 8. Se insta a los importadores a precisar las cantidades de HFC en equivalentes de CO2 en el momento del despacho a libre circulación directamente en el DAU casilla 44 pues ello facilitará enormemente el despacho de aduana de sus mercancías y la determinación de su cumplimiento del Reglamento UE n.o 517/2014.
Para los productores e importadores para los que se haya determinado un valor de referencia según lo indicado en el punto 1, letra a, de este anuncio, solamente:

8.

Estas empresas recibirán para 2020 una cuota del 89 % del 63 % es decir, 56,07 % de su valor de referencia perti nente, según el artículo 16, apartado 5, y los anexos V y VI del Reglamento.
Para todas las empresas, tal como se indica en el punto 1, letras a y b, del presente anuncio:

9.

Con arreglo al anexo VI del Reglamento, la suma de las cuotas asignadas sobre la base de valores de referencia con arreglo al punto 8 de este anuncio se resta de la cantidad máxima disponible para 2020 a fin de determinar la cantidad que debe asignarse con cargo a la reserva.

10. Las empresas que deseen obtener una cuota con cargo a esta reserva deberán seguir el procedimiento descrito en los puntos 11 a 14 del presente anuncio.
11. Conforme al artículo 16, apartado 2, y al artículo 17, apartado 1, del Reglamento, la empresa debe tener un perfil válido de registro, aprobado por la Comisión con arreglo al Reglamento de Ejecución UE 2019/661, como pro ductor y/o importador de hidrofluorocarburos en el registro electrónico de HFC, accesible a través del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC 9. Para permitir la tramitación adecuada de la solicitud de registro y, en su caso, poder pedir información adicional, la solicitud de presentarse a más tardar un mes antes del comienzo del período de declaración, es decir, antes del 17 de mayo de 2019 véase el punto 12. No puede garantizarse una decisión final antes del término del período de declaración véase el punto 12 sobre las solicitudes de registro que se reciban después de esa fecha. Las empresas que aún no estén registradas pueden consultar las instrucciones para registrarse disponibles en la página web de la DG CLIMA 10.
12. La empresa deberá presentar una declaración relativa a las cantidades previstas adicionales para 2020 en el regis tro electrónico de HFC accesible en línea a través del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC 11 en el período de declaración comprendido entre el 17 de junio y el 17 de julio de 2019, a las 13.00 horas hora central europea.
13. La Comisión únicamente considerará válidas las declaraciones sobre cantidades previstas adicionales que estén debidamente cumplimentadas, exentas de errores y que hayan sido recibidas antes del 17 de julio de 2019 a las 13.00 horas hora central europea.
14. Sobre la base de estas declaraciones, la Comisión asignará cuotas a las empresas según lo dispuesto en el artículo 16, apartados 2, 4 y 5, y en los anexos V y VI del Reglamento.
15. En virtud del artículo 7 del Reglamento de Ejecución UE 2019/661, a efectos de la asignación de cuotas de comer cialización de hidrofluorocarburos con arreglo al artículo 16, apartado 5, del Reglamento UE n.o 517/2014, todas las empresas con el mismo o los mismos titulares reales se considerarán un declarante único de conformidad con el artículo 16, apartados 2 y 4, del Reglamento.
16. La Comisión informará a las empresas de la cuota total asignada para 2020 mediante el registro de HFC del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC.
17. La inscripción en el registro de HFC accesible a través del portal F-Gas y sistema de licencias de HFC y/o una declaración de la intención de comercializar hidrofluorocarburos en el año 2020 no da derecho por sí sola a comercializar hidrofluorocarburos en 2020.

9 https webgate.ec.europa.eu/ods2/resources/domain 10 https ec.europa.eu/clima/sites/clima/files/f-gas/docs/guidance_document_en.pdf 11 https webgate.ec.europa.eu/ods2/resources/domain

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Unión Europea del 6/5/2019 - Comunicaciones e Informaciones

TítuloDiario Oficial de la Unión Europea - Comunicaciones e Informaciones

PaísBélgica

Fecha06/05/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9939

Primera edición03/01/1986

Ultima edición29/09/2023

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