Diario Oficial de la Federación del 02/11/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Lunes 2 de noviembre de 2020

DIARIO OFICIAL

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De conformidad con la Solicitud de subsidio de fecha 27 de febrero de 2020, suscrito por Eufrosina Cruz Mendoza en su carácter de Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVG/OAX/M5/SEPIA.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020 en lo sucesivo Lineamientos, el Comité de Evaluación de Proyectos en lo sucesivo Comité determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2,974,200.00 Dos millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N, para la ejecución del proyecto AVG/OAX/M5/SEPIA. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio número CNPEVM/231-10/2020 de fecha 24 de marzo de 2020.
La Entidad Federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el Ejercicio Fiscal 2020, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. GOBERNACIÓN declara que:
I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo RISEGOB.

I.2.

De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.

I.3.

El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.

I.4.

La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de GOBERNACIÓN, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.

I.5.

La persona Titular de la Comisión Nacional, con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.

I.6.

Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314632.

I.7.

Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

II. EL GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 66, 79, fracción XIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 9
y 15, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 02/11/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha02/11/2020

Nro. de páginas290

Nro. de ediciones3430

Primera edición01/01/2011

Ultima edición23/05/2024

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