Diario Oficial de la Federación del 01/07/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Miércoles 1 de julio de 2020

II.4 Luis Fernando Mesta Soulé, Secretario General de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua en fecha 29 de mayo de 2019 inscrito bajo folios 135 inscripción 135 del Libro Cinco del Registro de Nombramientos de Servidores Públicos de la Secretaría de Hacienda, y cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con el artículo 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; artículos 24 fracción I y 25 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y artículo 7 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.5 Arturo Fuentes Vélez, Secretario de Hacienda, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, con fecha 04 de octubre de 2016 inscrito bajo el número 214 a folio número 214 del libro Cuatro del Registro de Nombramientos de Servidores Públicos de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado y con el Acta de Toma de Protesta correspondiente y tiene facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con el artículo 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; artículos 26 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, y 9, fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.6. César Augusto Peniche Espejel, Fiscal General del Estado, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por Javier Corral Jurado, el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, con fecha 04 de octubre de 2016, y tiene facultades para suscribir el presente convenio de conformidad con los artículos 119, 120 y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y artículo 6 fracción IX de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, así como los artículos 2, 4 y 9 fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado.
II.7. Laura Irene Moreno Espinoza, Titular de la Comisión Local de Búsqueda en el Estado de Chihuahua, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua con fecha 01 de julio del 2019, y tiene facultades para suscribir el presente Convenio de conformidad con los artículos 11 Bis fracción II, 11 Bis 3 y 11 Bis 4 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, artículo 5 fracción V inciso B del Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua en concomitancia con la fracción XXVII del artículo 53 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
II.8. Con fecha 21 de julio de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto LXV/RFLYC/0798/2018 XII P.E., mediante el cual se modificó la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado creándose la Comisión Local de Búsqueda en el Estado de Chihuahua.
II.9. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar la coparticipación equivalente al menos del 10% del recurso del Subsidio autorizado, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales aplicables.
II.10. Los recursos del Subsidio no serán duplicados con otros programas o acciones locales en la materia.
II.11. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación y Adhesión, señala como su domicilio el ubicado en la calle Venustiano Carranza número 601 de la colonia Obrera, con el código postal 31350 en la ciudad de Chihuahua; Chihuahua.
III. Declaran LAS PARTES que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2 Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central ejecutar las acciones de búsqueda y localización de personas desaparecidas en el estado de Chihuahua, en términos de la normativa aplicable.
III.3. Celebran el presente Convenio de Coordinación y Adhesión de acuerdo con el marco jurídico aplicable, sujetándose su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 01/07/2020

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha01/07/2020

Nro. de páginas148

Nro. de ediciones3421

Primera edición01/01/2011

Ultima edición10/05/2024

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