Diario Oficial de la Federación del 26/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Viernes 26 de julio de 2019

DIARIO OFICIAL

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ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 78/2019
Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
IVÁN CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente ACUERDO
Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45
kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 27 de julio al 2 de agosto de 2019.
Zona I
Municipios de Tijuana y Playas de Rosarito del Estado de Baja California 0-20

20-25

25-30

30-35

35-40

40-45

kms
kms
kms
kms
kms
kms
$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

$0.000

Monto del estímulo:
a Gasolina octanos:

menor
a
92

b Gasolina mayor o igual a 92
octanos:

Municipio de Tecate del Estado de Baja California 0-20

20-25

25-30

30-35

35-40

40-45

kms
kms
kms
kms
kms
kms
$0.130

$0.108

$0.087

$0.065

$0.043

$0.022

$0.140

$0.117

$0.093

$0.070

$0.047

$0.023

Monto del estímulo:
a Gasolina octanos:

menor
a
92

b Gasolina mayor o igual a 92
octanos:

Zona II
Municipio de Mexicali del Estado de Baja California 0-20

20-25

25-30

30-35

35-40

40-45

kms
kms
kms
kms
kms
kms
$0.580

$0.483

$0.387

$0.290

$0.193

$0.097

$0.600

$0.500

$0.400

$0.300

$0.200

$0.100

Monto del estímulo:
a Gasolina octanos:

menor
a
92

b Gasolina mayor o igual a 92
octanos:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 26/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha26/07/2019

Nro. de páginas174

Nro. de ediciones3414

Primera edición01/01/2011

Ultima edición30/04/2024

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