Diario Oficial de la Federación del 26/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Viernes 26 de julio de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Acuerdo 77/2019
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
IVÁN CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 27 de julio al 2 de agosto de 2019.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 27 de julio al 2 de agosto de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible Gasolina menor a 92 octanos Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles Diésel
Porcentaje de Estímulo 25.88%
5.42%
15.04%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 27 de julio al 2 de agosto de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible Gasolina menor a 92 octanos Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles Diésel
Monto del estímulo fiscal pesos/litro $1.245
$0.220
$0.794

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 27 de julio al 2 de agosto de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible Gasolina menor a 92 octanos Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles Diésel
Cuota pesos/litro $3.565
$3.840
$4.486

TRANSITORIO
Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 25 de julio de 2019.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios, Iván Cajeme Villarreal Camero.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 26/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha26/07/2019

Nro. de páginas174

Nro. de ediciones3414

Primera edición01/01/2011

Ultima edición30/04/2024

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