Diario Oficial de la Federación del 23/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Martes 23 de julio de 2019

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
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I.2.

Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto es formular, conducir y evaluar las políticas y acciones de la Administración Pública Federal en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, apartado C, fracción I, 114, 117 y 118 del RISEGOB.

I.3.

Su Coordinador, Mtro. Rafael José Cortés Gómez, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, fracción V, 118, fracción XIV y 120 del RISEGOB.

I.4.

Para efectos de este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle Roma número 41, 4o.
piso, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

II. EL GOBIERNO DEL ESTADO declara por conducto de su representante que:
II.1.

El Estado de Chihuahua es una Entidad Libre y Soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

II.2.

El Lic. Javier Corral Jurado, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, acredita el carácter de Titular del Poder Ejecutivo, mediante Decreto 1625/2016 XXII P.E., adicionado a través del Decreto LXV/RFDEC/0216/2016 I P.O., expedidos por el H. Congreso del Estado, publicados en el Periódico Oficial del Estado los días 01 de octubre de 2016 y 11 de febrero de 2017, respectivamente, mediante los cuales, conforme a la declaratoria de validez de la elección del día 05 de junio de 2016 y a la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección de Gobernador expedida por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, se le declara como Gobernador Electo del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, para el periodo comprendido del 04
de octubre de 2016 al 07 de septiembre de 2021; facultades que a la fecha no le han sido revocadas o modificadas de forma alguna.
En los términos del artículo 31, fracción II de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, el Poder Ejecutivo recae en el Gobernador del Estado, quien cuenta con facultades para celebrar Convenios de Coordinación con el Gobierno Federal, con los Gobiernos de otros Estados, con los Municipios y otras entidades, satisfaciendo las formalidades legales que en cada caso procedan, en términos de lo dispuesto por los artículos 93, fracción XLI de la Constitución Política del Estado de Chihuahua,1o., fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.

II.3.

El Mtro. Luis Fernando Mesta Soulé, Secretario General de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el C. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, Lic. Javier Corral Jurado, de fecha 29 de mayo de 2019; y tiene facultades para suscribir el presente Convenio en términos de los artículos 97 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, 11 y 25, fracciones I y III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

II.4.

El Dr. Víctor Manuel Rodríguez Guajardo fue designado Secretario de Desarrollo Municipal, en términos del nombramiento expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, Lic. Javier Corral Jurado, de fecha 05 de abril de 2018; y tiene facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de lo establecido en el artículo 35 bis, fracciones I, V, VIII y XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

II.5.

La Secretaría General de Gobierno y la Secretaría de Desarrollo Municipal son dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, fracción I y 24, fracciones I y XII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

II.6.

Para efectos de este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Calle Aldama 901, Colonia Centro, Código Postal 31009, Chihuahua, Chihuahua.

III. LAS PARTES" declaran por conducto de sus representantes que:
III.1.

Es su voluntad coordinarse para el cumplimiento y desarrollo del objeto y las actividades que derivan del presente Convenio.

III.2.

Cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la coordinación y apoyo para la consecución del objeto de este instrumento, al tenor de las siguientes:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 23/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha23/07/2019

Nro. de páginas318

Nro. de ediciones3416

Primera edición01/01/2011

Ultima edición03/05/2024

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