Diario Oficial de la Federación del 23/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Martes 23 de julio de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Coordinación en materia de federalismo, descentralización y desarrollo municipal, que celebran la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, y el Estado de Chihuahua.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGOB.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO
MUNICIPAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE
GOBERNACIÓN, A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO MUNICIPAL, REPRESENTADO POR EL COORDINADOR, MTRO. RAFAEL JOSÉ CORTÉS GÓMEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE
LE DENOMINARÁ EL INAFED; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
CHIHUAHUA, REPRESENTADO POR LIC. JAVIER CORRAL JURADO, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR
EL MTRO. LUIS FERNANDO MESTA SOULÉ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, Y EL DR. VÍCTOR MANUEL
RODRÍGUEZ GUAJARDO, SECRETARIO DE DESARROLLO MUNICIPAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARÁ EL GOBIERNO DEL ESTADO; Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ
COMO LAS PARTES, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 40 que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; unidos en una Federación establecida según los principios de la Ley fundamental.
En términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que éstos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por dichas instancias se planeen de manera conjunta, para lo cual se podrá considerar la participación que corresponda a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
El artículo 27, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que a la Secretaría de Gobernación le corresponde diseñar e instrumentar programas anuales, previo diagnóstico a los ayuntamientos, para la asesoría, capacitación y formación de sus integrantes, así como de los funcionarios municipales, con el fin de contribuir a su profesionalización y al desarrollo institucional de los municipios.
A EL INAFED le corresponde, entre otras atribuciones, promover la realización de acciones para el fortalecimiento del federalismo entre las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como para el desarrollo y la colaboración regional, estatal, municipal y metropolitana que prevean una mayor participación de la comunidad, de las asociaciones de municipios, así como de las distintas organizaciones sociales y privadas en la materia, en términos del artículo 118, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación vigente RISEGOB.
En las acciones derivadas del presente Convenio de Coordinación, LAS PARTES se apegarán según corresponda, a las disposiciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo vigente al momento de realización. Del mismo modo, EL INAFED se apegará al Programa Sectorial de Gobernación vigente, durante la ejecución de tales acciones.
Entre las atribuciones que el artículo 35 Bis de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua le otorga a la Secretaría de Desarrollo Municipal, se encuentran las de coadyuvar al desarrollo de los municipios; así como elaborar los planes y programas tendientes a apoyar el desarrollo de los municipios, mediante el mejor aprovechamiento de sus recursos.
Con la finalidad de fortalecer las capacidades institucionales, LAS PARTES manifiestan su interés en celebrar el presente Convenio al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. EL INAFED declara por conducto de su representante que:
I.1.

La Secretaría de Gobernación es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del RISEGOB.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 23/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha23/07/2019

Nro. de páginas318

Nro. de ediciones3416

Primera edición01/01/2011

Ultima edición03/05/2024

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