Diario Oficial de la Federación del 02/05/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Jueves 2 de mayo de 2019

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
3

II.2

Asumió el cargo de Gobernador del Estado Libre y Soberano de Durango, a partir del 15 de Septiembre de 2016; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio, en términos de los artículos 39, Apartado B, fracciones I y II y 142 de la Ley General; 98, fracciones X, XII y XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango; 1, 6, fracción VI y 9
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango; 31, fracción VII de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Durango, y demás disposiciones legales aplicables.

II.3

El Secretario General de Gobierno, el Secretario de Finanzas y de Administración, y el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, asisten en este acto al Gobernador del Estado, en atención a lo establecido por los artículos 99 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 28, fracciones I y II, 29, fracciones V y VI, 30, fracciones XX y LXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, 106 y 112, fracción VI de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Durango; 106, fracción III y 112, fracción VI de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Durango y 13, fracciones XV y XXV del Reglamento Interior del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, respectivamente.

II.4

Cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente Convenio.

II.5

Para todos los efectos legales relacionados con el presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Boulevard Felipe Pescador número 800 Poniente, Colonia Centro, Durango, Código Postal 34000, en la Ciudad de Victoria de Durango, Durango.

III. DECLARAN LAS PARTES, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
III.2 Celebran el presente Convenio de acuerdo con el marco jurídico aplicable, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente Convenio tiene por objeto coordinar acciones entre LAS PARTES para que a través de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal FASP
previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y los que aporte LA ENTIDAD FEDERATIVA, la misma esté en condiciones de atender las políticas, estrategias y prioridades orientadas al cumplimiento de los Ejes Estratégicos, los Programas con Prioridad Nacional y demás acuerdos aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, con base en lo preceptuado por el párrafo décimo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 44 y 45 de la Ley de Coordinación Fiscal y demás normativa aplicable.
SEGUNDA. MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL FASP.
De conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y los Criterios de distribución del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal FASP para el ejercicio fiscal 2019 y los resultados de su aplicación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2019, LA ENTIDAD FEDERATIVA recibirá la cantidad de $188,083,597.00
CIENTO OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE
PESOS 00/100 M.N. de los recursos del FASP.
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del presente Convenio, LA ENTIDAD FEDERATIVA se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el veinticinco 25 por ciento del total de los recursos federales otorgados, lo que representa la cantidad de $47,020,899.25
CUARENTA Y SIETE MILLONES VEINTE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 25/100 M.N..
El Financiamiento Conjunto pactado en el presente Convenio, integrado por las aportaciones federal y estatal suman en conjunto la cantidad de $235,104,496.25 DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES
CIENTO CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N..

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 02/05/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha02/05/2019

Nro. de páginas224

Nro. de ediciones3412

Primera edición01/01/2011

Ultima edición26/04/2024

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