Diario Oficial de la Federación del 29/04/2011

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Viernes 29 de abril de 2011

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
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Por otra parte, el artículo 4 de la Ley establece que el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública será la coordinación en un marco de respeto a las atribuciones de la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los municipios, el cual contará para su funcionamiento y operación con las instancias, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la Ley, tendientes a cumplir los fines de la seguridad pública.
6. Que el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables.
7. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 prevé, en su Eje 1 Estado de Derecho y Seguridad, objetivo 5 Combatir la impunidad para disminuir los niveles de incidencia delictiva, estrategia 5.1 Fortalecer la coordinación y cooperación entre los tres órdenes de gobierno para combatir la delincuencia, que el Sistema Nacional de Seguridad Pública se consolidará como una instancia articuladora y unificadora de todas las autoridades del Gobierno Federal, de Estados y municipios, en su esfuerzo para combatir a la criminalidad, y que se establecerán mecanismos de coordinación efectiva con las autoridades de las entidades federativas y de los municipios.
8. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 en lo sucesivo, PEF prevé en el artículo 11 el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas que cuenten con programas en materia de equipamiento y reorganización de estructuras de mando policial, con el objeto de fortalecer las instituciones de seguridad pública.
9. El 2 de febrero del año en curso, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio a las entidades federativas para el fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública en materia de mando policial en lo sucesivo Lineamientos.
DECLARACIONES
I. DECLARA EL SECRETARIADO, A TRAVES DE SU REPRESENTANTE:
I.1 Que de conformidad con el artículo 17 de la Ley, EL SECRETARIADO es el órgano operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que goza de autonomía técnica, de gestión y presupuestal.
I.2 Que de conformidad con el artículo 1 del Reglamento de EL SECRETARIADO, es un Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
I.3 Que de conformidad con los artículos 18, fracciones VII y XXV de la Ley; 5 y 8, fracción XII del Reglamento de EL SECRETARIADO, y Tercero Transitorio de los Lineamientos el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es su Titular y ostenta originalmente su representación, por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente Convenio.
I.4 Que el C. Juan Miguel Alcántara Soria fue designado Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, mediante nombramiento de fecha 1 de enero de 2010, expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
I.5 Que para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en avenida Mariano Escobedo, número 456, colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11590, en México, Distrito Federal.
II. DECLARA EL GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVES DE SU REPRESENTANTE:
II.1 Que el Estado de Chihuahua es una Entidad Federativa parte integrante del Estado Mexicano, con territorio y población; Libre y Soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular en los términos de lo establecido por los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 2, 3, 30 y 31 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.
II.2 Que el C. Cesar Horacio Duarte Jáquez, asumió el cargo de Gobernador Constitucional de EL GOBIERNO DEL ESTADO, el día 4 de octubre de 2010, en sesión solemne del H. Congreso del Estado, en la que rindió protesta para el periodo 2010-2016;
II.3 Que conforme al artículo 12, fracción VII, de la Ley, es integrante del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
II.4 Que está facultado para suscribir el presente Convenio de conformidad con los artículos 93, fracciones XIII y XLI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 1, fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y demás disposiciones locales aplicables.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 29/04/2011

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha29/04/2011

Nro. de páginas224

Nro. de ediciones3437

Primera edición01/01/2011

Ultima edición03/06/2024

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