Diario Oficial El Peruano del 13/2/2024

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETÍN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, Martes 13 de febrero de 2024

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.º 133-2013-EF y su modificatoria Ley 30264, Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N 006-2017JUS, cumple con NOTIFICAR a la persona natural y/o jurídica detallada a continuación, que en aplicación en los casos correspondientes, de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley N 28008, Ley General de Aduanas Decreto Legislativo N 1053, se han decretado el siguiente acto administrativo a través de Resolución de División respectiva, debiendo apersonarse a recabar sus correspondientes documentos, en la Intendencia de Aduana Marítima del Callao ubicada en Av. Guardia Chalaca Nro. 149 Callao.
Finalmente, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación en la presente, podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía comisada podrá ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo N.º 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
DOCUMENTO DE IDENTIDAD :
DNI N 46223621
DEUDOR A
: ADELMO DAVID CUEVA MENDOZA
: Resolución de División N.º 118-3D8200/ 2023-000865
DOCUMENTO DE
DETERMINACIÓN
NATURALEZA:
ARTÍCULO PRIMERO. Declarar el COMISO de la mercancía consignada en el Acta de Incautación N
118-0400-2021-000024, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente documento.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a ADELMO DAVID CUEVA MENDOZA, con DNI 46223621, con una MULTA ascendente a S/.542.00 Quinientos cuarenta y dos con 00/100 soles, equivalente a dos 2 veces los tributos dejados de pagar conforme a los mismos fundamentos.
LIQUIDACIÓN DE COBRANZA :
118-2023-311000
MONTO
: S/ 542.00
005-2260839-1

EDICTO
Ante la OR Callao RENIEC, GABY ELIZABETH
ORNAVILLE HORNES con DNI Nº 25601951 mediante el proveído Nº 4940-2023/DSR/ORCALLAO, solicita la Rectificación Administrativa del acta de nacimiento Nº 1007824292 CHARLES RAY ORNAVILLE HORNES.
Para que aparezca consignado correctamente el nombre de la madre del titular del acta como: MARIA ELEUTERIA
HORNES COSTA y no como erróneamente aparece consignado.
Se efectúa la publicación prevista en el Artículo 73º del D.S.
N.º 015-98-PCM.
Callao, 28 de noviembre del 2023.
DANIEL OLIVER RIVALLES TANTALEAN
Jefe de Oficina Registral Callao Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-2260688-1

AVISO DE CONVOCATORIA

AVISO DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL

Ante la NOTARIA BAILÓN CALDERÓN;
ubicado en el Jr. Sargento Lores Nro. 135 Aguaytía - Ucayali; ELEASIB GONZALES VILLAGARAY
ha solicitado la Convocatoria Notarial a Junta General Extraordinaria de Accionistas a los socios de SERVICIOS GENERALES SOL DE REGALIA
S.A.C., para el 26 de febrero del 2024, a horas 5.00
p.m., en el Jr. Garcilazo de la Vega sin número de esta ciudad; Agenda: Designación del Gerente General;
será presidida por Jeremias Gonzales Villagaray;
lo que se publica de acuerdo a Ley, para los fines pertinentes.

La municipalidad Distrital de Tres de Diciembre de conformidad con los artículos 21, 22 y 23 del TUO
de la Ley Nº 29151, y en virtud del artículo 251 de su Reglamento pone en conocimiento que viene efectuando el saneamiento físico legal del predio el predio ubicado en el Jr. Casachuna, Sector San Isidro, Distrito de Tres De Diciembre, Provincia de Chupaca y Región Junín - Área: 728.46 m2 Perímetro: 131.20 ml - Antecedente registral: No existe - Uso: Educación Inicial - Acto materia de saneamiento físico legal: Primera Inscripción de Dominio.

BUCNER BAILÓN CALDERÓN
Notario Público de Aguaytia 080-2260704-1

Ministerio de la Producción
Dirección de Sanciones - PA

Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año de la unidad, la paz y el desarrollo
NOTIFICACIÓN DE INFORME FINAL DE INSTRUCCION
La Dirección de Sanciones del Ministerio de la Producción, sito en Calle Uno Oeste N 060 Urbanización Córpac, San Isidro-Lima, considerando que se ha agotado todas las formas de notificar de manera personal al interesado/a de dicho acto administrativo, conforme a lo dispuesto en el numeral 21.2 del artículo 21 y en el numeral 23.1.2 del artículo 23 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N 27444, aprobado por Decreto Supremo N 004-2019-JUS, se procede a notificar:
Expediente: PAS-00001269-2022, Cédula de Notificación N 00000310-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00003-2024-PRODUCE/DSF-PA-RCARDENAS. Fecha de Infracción:
01/03/2022.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra GUILLERMO NORBERTO CADILLO MOTA, identificado con D.N.I
N 15847718, quien habría incurrido en la infracción tipificada en el numeral 75 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA de 0.004 UIT
y DECOMISO del recurso hidrobiológico camarón del rio 1.300 kg., el cual se recomienda TENER POR
CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000521-2022, Cédula de Notificación N 00000311-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00004-2024-PRODUCE/DSF-PA-RCARDENAS. Fecha de Infracción:
19/06/2021.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra ABRAHAM JOSE GARCIA PRETEL, identificado con D.N.I N
80639390, quien habría incurrido en la infracción tipificada en el numeral 72 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA de 0.079 UIT y DECOMISO del recurso hidrobiológico suco 84.88 kg., el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000770-2020, Cédula de Notificación N 00000313-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00004-2024-PRODUCE/DSF-PA-JAPARRA. Fecha de Infracción:
11/08/2020.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra JESUS DAMIAN VIDAURRE, identificado con D.N.I. N 44438911, quien habría incurrido en las infracciones previstas en los numerales 2 y 3 del artículo 134 del RLGP, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA de 1.072 UIT y DECOMISO del recurso hidrobiológico concha de abanico 630 kg., el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000533-2022, Cédula de Notificación N 00000334-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00021-2024-PRODUCE/DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción:
26/08/2021.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra CARLOS JORGE ARCE SOTO, identificado con D.N.I. N 25695198, quien habría incurrido en la infracción tipificada en el numeral 75 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N
017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA de 0.280 UIT y DECOMISO de los recursos hidrobiológicos cangrejo jaiva 69.50 kg. y cangrejo violáceo 9.0 kg., el cual se recomienda TENER
POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000034-2021, Cédula de Notificación N 00000335-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00018-2024-PRODUCE/DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción:
29/09/2020.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra YAMILI ROSELI MALCA JULCA, identificada con D.N.I. N 74377383,
Gerente de Administración de Inmuebles.
América Móvil Perú .S.A.C.
002-2260437-1

Aguaytía, 08 de febrero del 2024.

PERÚ

América Móvil Perú S.A.C. comunica a todos los propietarios de inmuebles arrendados a favor de nuestra empresa para la instalación de antenas y/o infraestructura de telecomunicaciones cuyo domicilio actual difiere de la dirección señalada en sus respectivos contratos de arrendamiento, que con motivo de una reestructuración de activos, parte de nuestros contratos de arrendamiento han sido cedidos a favor de Sites del Perú S.A.C., empresa que forma parte del Grupo América Móvil y por tal motivo, deberán comunicarse de forma inmediata al número 613-1000 opción 3 y/o al correo electrónico atencionproveedores@claro.com.pe a fin de regularizar sus datos y viabilizar la continuidad del pago de sus arrendamientos.

Tres de Diciembre, 08 de febrero del 2024
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TRES DE DICIEMBRE
JOSE LUIS SEDANO GILVLONIO
ALCALDE
080-2260534-1

quien habría incurrido en las infracciones previstas en los numerales 2, 3 y 72 del artículo 134 del RLGP, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE;
por tanto se recomienda la aplicación de la MULTA total de 0.003 UIT y DECOMISO de los recursos hidrobiológicos palabritas 2.545 kg. y pulpo 0.668 kg., el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000573-2021, Cédula de Notificación N 00000340-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00029-2024-PRODUCE/DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción:
02/12/2020.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra PEDRO LLONTOP BALDERA, identificado con D.N.I. N 41463138, quien habría incurrido en la infracción tipificada en el numeral 84 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE y modificatorias; por tanto, se recomienda la sanción de DECOMISO del arte de pescar prohibido denominado Chinchorro Manual, el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000143-2022, Cédula de Notificación N 00000341-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00005-2024-PRODUCE/DSF-PA-RCARDENAS. Fecha de Infracción:
23/03/2021.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra JOSE SANTOS PINGO MORALES, identificado con D.N.I N 03697792, quien habría incurrido en la infracción tipificada en el numeral 72 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA de 0.310 UIT y DECOMISO del recurso hidrobiológico caballa 770 kg., el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00001216-2022, Cédula de Notificación N 00000344-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00030-2024-PRODUCE/DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción:
15/01/2022.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra SANTOS DAMIAN BANCES, identificado con D.N.I. N 17613688, quien habría incurrido en las infracciones previstas en los numerales 3 y 82 del artículo 134 del RLGP, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE;
por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA total de 0.731 UIT y DECOMISO del total de los recursos hidrobiológicos, el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000697-2021, Cédula de Notificación N 00000452-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00049-2024-PRODUCE/DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción:
09/12/2020.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa, contra JOSE SANTOS PINGO MORALES, identificado con D.N.I N
03697792, quien habría incurrido en las infracciones tipificadas en los numerales 72 y 75 del artículo 134
del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA total de 7.764 UIT y DECOMISO de los recursos hidrobiológicos, el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.
Expediente: PAS-00000829-2021, Cédulas de Notificación N 00000524-2024-PRODUCE/DS-PA y 00000525-2024-PRODUCE/DS-PA. Notificación de Informe Final de Instrucción N 00059-2024-PRODUCE/
DSF-PA-MFLORES. Fecha de Infracción: 26/01/2021.
El órgano instructor a través del Informe señalado líneas arriba, ha determinado que, en el presente Procedimiento Administrativo Sancionador, existen suficientes medios de prueba que acreditarían la responsabilidad administrativa de los señores CARLOS ALBERTO ALCANTARA CASTILLO, identificado con D.N.I. N 18013431 y CECILIA LOZANO ADRIAN, identificada con D.N.I. N 18015623, quienes habrían incurrido en las infracciones tipificadas en los numerales 75 y 78 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo N
017-2017-PRODUCE; por tanto, se recomienda la aplicación de MULTA total de 0.122 UIT y DECOMISO de los recursos hidrobiológicos, el cual se recomienda TENER POR CUMPLIDO.


MIRELLA IRMA ALEMAN VILLEGAS
Directora de la Dirección de Sanciones-PA S
005-2260458-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 13/2/2024

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha13/02/2024

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2736

Primera edición01/01/2016

Ultima edición08/05/2024

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