Diario Oficial El Peruano del 11/1/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

4

BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, viernes 11 de enero de 2019

Isabel
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N 002-2018-PD-EMAPA HUARAL S.A.
VISTO: El Acuerdo N 1 de la Sesión Extraordinaria de Directorio N 006-2018 celebrada el 21 de diciembre de 2018, mediante la cual se aprueba la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina, Calidad del Gasto Público y de Ingresos del Personal de la empresa EMAPA HUARAL S.A., para el Ejercicio Fiscal 2019; y, CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el literal d de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año scal 2019, se establece que las empresas de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, deben aprobar mediante acuerdo de Directorio, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal para el año scal 2019.
Que, con Informe N 040-2018-EMAPA HUARAL S.A./GG, el Gerente General eleva el proyecto de la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina, Calidad del Gasto Público y de Ingresos del Personal de la empresa EMAPA HUARAL S.A., para el Ejercicio Fiscal 2019, para revisión y aprobación del Directorio.
Que, en cumplimiento de las normas antes mencionadas, el referido Proyecto de Directiva fue puesto a consideración del Directorio en la Sesión Extraordinaria No 006-2018, siendo aprobado mediante Acuerdo N
1, por lo que es pertinente emitir resolución;
De conformidad a lo establecido en la Ley N 30879, y en uso de las facultades conferidas por el Estatuto Social de la Entidad;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la Directiva denominada Medidas de Austeridad, Disciplina, Calidad del Gasto Público y de Ingresos del Personal de la empresa EMAPA HUARAL S.A., para el Ejercicio Fiscal 2019, que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que la Gerencia General, a través del área correspondiente, publique la Directiva aprobada en el Diario Ocial El Peruano y en la página web de la empresa, hasta antes del 31 de diciembre de 2018.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia General, Gerencias de Línea, Jefes de Ocina, Administradores Locales y Jefes de Equipo en cumplir y hacer cumplir la Directiva aprobada y al Órgano de Control Institucional, el control posterior.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Lima, 21 de diciembre de 2018.
OSCAR PASTOR PAREDES - PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD DEL GASTO PÚBLICO Y DE
INGRESOS DE PERSONAL DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
Y ALCANTARILLADO DE HUARAL S.A. PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019
1. OBJETIVO
La presente Directiva establece las medidas de austeridad, disciplina, calidad del gasto público y de ingresos del personal para el ejercicio scal 2019, en la empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral S.A.
2. ALCANCE
Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de cumplimiento obligatorio en todas las Gerencias y Ocinas de la empresa, así como por todo el personal cualquiera sea su modalidad de contratación 3. BASE LEGAL

Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 Primera Disposición
Complementaria Transitoria.
4. MEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA, CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESOS DEL
PERSONAL
Las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalización del gasto, así como para el manejo adecuado y eciente de los recursos. En ese sentido, se establecen las siguientes disposiciones:
4.1
En materia de Personal 4.1.1. El ingreso de personal a la empresa se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos, salvo la designación en cargos de conanza y de directivos superiores de libre designación y remoción.
4.1.2 Es requisito previo contar con el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y Presupuesto Analítico de Personal PAP actualizado; asimismo es requisito que las plazas a ocupar cuenten con la respectiva certicación del crédito presupuestario; excepto para las puestos designados por el OTASS.
4.1.3 El pago de horas extras del personal corresponde únicamente para actividades vinculadas a los servicios de saneamiento, con autorización previa del Gerente General y cuando la empresa cuente con la disponibilidad presupuestal y nanciera para ello, siendo siempre preferible la compensación de horas. En el caso del personal administrativo, corresponde la compensación de horas, en casos excepcionales y para el cumplimiento de metas estratégicas, debidamente justicados por el Gerente General, podrá realizarse pagos de horas extras.
4.2
En Materia de Bienes y Servicios 4.2.1 Los viajes al interior del país se limitarán a lo estrictamente necesario, con aprobación del Gerente General, para el desarrollo de actividades de operación de los servicios y de gestión de la empresa.
Los viajes al exterior del país son necesariamente aprobados por el Directorio.
4.2.2 El gasto mensual por servicios de telefonía móvil y servicio de comunicaciones personales PCS, no puede exceder al monto resultante de la multiplicación del número de equipos por cien y 00/100
nuevos soles S/.100.00. Se considera dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, así como el valor agregado al servicio, según sea el caso. La diferencia del consumo en la facturación será abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento que establezca la Gerencia de Administración y Finanzas.
4.2.3 El uso de vehículos, así como los gastos en combustibles, lubricantes y repuestos, estará orientado exclusivamente al cumplimiento de las funciones y Objetivos Operativos y Estratégicos de la empresa.
Adicionalmente, en el marco de los Objetivos Estratégicos Institucionales, la empresa evaluará y, de ser el caso, decidirá la adquisición de vehículos automotores para el cumplimiento de sus funciones.
4.2.4 Los contratos de locación de servicios, quedan limitados únicamente para la realización de actividades distintas a las previstas para el personal de la empresa y son autorizados por el Gerente General.
4.2.5 No está permitido la realización de gastos en viáticos y pasajes con cargo a los recursos de la empresa para el personal de OTASS destacado o designado para puestos de dirección, gerencias de línea, asesoramiento o apoyo en la empresa, cuando la comisión de servicios es dispuesta por el OTASS.
5. RESPONSABILIDAD
La Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planicación y Presupuesto serán las encargadas de la correcta aplicación de la presente Directiva, siendo todas las personas integrantes de la empresa las obligadas a su cumplimiento.
6. VIGENCIA
La presente Directiva es de aplicación durante el ejercicio presupuestal 2019 y entrará en vigencia desde el 1 de enero de 2019.
024-1729898-1

ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE
ATEXSA ATLANTIC EXPORT SOCIEDAD ANONIMA
RUC 20152058351

002-1730071-1

En Junta General de Accionistas de fecha 7 de enero de 2019 se acordó la disolución y liquidación de la empresa, nombrándose como liquidador al Eckehard Husler Riedel identificado con Carne de Extranjería N 000185275.
Lima, 10 de enero de 2019
EL LIQUIDADOR
002-1729856-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN COACTIVA
A través de la Ejecutoria Coactiva, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e del Artículo 104 y Artículo 116 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013EF y el Artículo 8 del reglamento de Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado con Resolución de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT publicado el 25.09.2004, cumple con REQUERIR a los deudores tributarios que a continuación se detallan, para que en el término de tres 03 días hábiles, contados a partir de la notificación, acrediten el pago de la deuda tributaria contenida en los expedientes coactivos que se señalan, bajo apercibimiento de continuar con el presente procedimiento que incluye, entre otras acciones, la adopción de medidas cautelares, conforme a ley.
Asimismo, estos deudores deben apersonarse a la Intendencia de Aduana de Puno Sede Puno, ubicada en la Av. Santa Rosa 475 - Puno, teléfono 051-599400 anexo 47443, para regularizar el pago de sus deudas.
Exp. Coactivo 2007-590
2009-025
2010-013
2010-025
2010-046
2010-055
2010-177
2010-179
2010-203
2010-221
2011-012
2011-073
2012-062
2013-054
2013-080
2013-133
2013-153
2013-165
2013-167
2013-169
2014-007
2014-008
2014-045
2014-020
2014-067
2013-171
2013-172
2013-175
2015-036
2015-039
2015-052
2015-088
2015-089
2015-141
2015-145
2015-146
2015-147
2015-148
2015-149
2015-150
2015-151
2015-153
2015-154
2015-155
2015-156
2015-157
2015-158
2015-159
2015-160
2015-161
2015-162
2015-163
2015-164
2015-165
2015-166
2015-167
2015-168
2015-169
2015-170
2015-171
2015-172
2015-173
2015-174
2015-175
2015-176
2015-177
2015-178
2015-179
2015-180
2015-228
2015-274
2015-295
2015-344
2015-350
2015-351
2015-369

DNI / RUC/ otro 09694294
23963228
23963128
01304412
44270369
20222185069
20406321071
20406321071
20457737361
20455076880
09258813
0273
20532645906
42301261
20449340435
20454113200
80388328
01327025
45603368
40098483
02009960
40819124
16956739
43861043
41144632
20350470264
80086344
30563103
40560906
45355876
42561756
06202886
41360312
29565545
3490295
6827539
133563482
33832420
3-08313347
LA981044
077330269
X3143010
CZ190286
2671712
312284833
23989592
CZ228851
36286325
WQ373005
4328471
3266957
24982572
012787105
099111380
59079395
10449178
322297856
N4438854
3-11363590
F1673356
20661970
13670297
AA474052
4540410
L886272
500762517
YA0677196
128003681
FE764670
41616388
30763118
01888129
40895863
43982337
40396569
43678171

Deudor Tributario MORALES MAMANI NILTON
OLIVERA LOAYZA ROCIO MARITZA
OLIVERA LOAYZA ROCIO MARITZA
CASTRO CHOQUEHUANCA CECILIO
QUILLO QUISPE MAX JOHN
BLK SISTEMAS COMPUTADORES S.C.R.L
LASER TECH E.I.R.L
LASER TECH E.I.R.L
SERMECOB S.R.L
CORPORACIÓN INDUSTRIAL ABORIGEN S.A.C
REYNAGA TALAVERANO MAXIMINA
EMP. DE TRANSPORTE NACIONAL E INTERNACIONAL ARIES
SERVICENTRO TARATA E.I.R.LTDA
JUSTO CALLE RICARDO
AVICOLA CORAZON DE JESUS S.R.L
NEGOCIACIONES LANERAS GRB E.I.R.L
FLORES RAMOS JUAN CARLOS
QUISPE PHALA SALOME
NINA CHAMBILLA MARTHA
PERCA CHAVEZ YOLANDA ANDREA
QUIROGA GUTIERREZ ALBERTO
RAMOS MAMANI HECTOR RUBEN
MAMANI TARQUI ANSELMA
CHAMBILLA MAMANI JOSE LUIS
FERNANDEZ FERNANDEZ MARY LUZ
CHELSY DISTRIBUCIONES E.I.R.L
PARI MENA EULOGIO
MORON DE ROMERO JUANA ISABEL
MIRANDA BARRETO CARLOS LUIS
HUILLCA MENDOZA RICARDO
CONDORI AYHUASI ELIAS
BARRERA GUERRA GILBERTO
CHOQUE SAIRE COCO
BANDA CASTRO ALBERTO
CANSA TUNQUE ELOY
DARIUSZ GRZEGORZ OSKROBA
CARLO CHOQUE MIRTHA ELIZABETH
LUCIA CANDELORO
PREDRAG VUK MARIO JURATOVIC
INCH ALLAN RICHARD
OLSON LEIF CHRISTIAN
BORNET FREDDERIC
IGEL BRUNO
BARROSO MENDEZ SERGIO
JOSE ILARRAZ JUSTO
FUNES JUAN MANUEL
FIGUEREIRO MESQUITA JOAQUIN CLAUDIO
ERNESTO ARBALLO PABLO
ROULEAU JACQUELINE SUZANNE
RICHARD CANDIA TAPIA
ROMERO APARICIO JESUS
MANUEL LOBO JOSE
CAPDEVILLA DANIEL
ALLEN DAVID ROBERT
YONG AVILES ENRIQUE FERNANDO
GLADIS RONCO MIRTA
MISCIONE HERNAN CARLOS
CIECHANOWSKI KENNETH
NORMANDO LUIS NAVARRO
MAES JEREMY CHRISTIAN
MORA GUSTAVO LUIS
MORAGA MALUENDA GERARDO ANDRES
ABSOLUM PAUL LEWIS
LUCIO OTAÑO GUSTAVO EDUARDO
GONCALVES BORRAGEIRO RONNIE
DUNCAN JAIME ALEXANDER
CICCHI FEDERICO
HELENO ARTURO CARLO CHOQUE
KIESLARCK ANTUNES ANDERSON
MAMANI CUTIPA EDWIN
YAURI CARAHUA ANDRES JUSTINO
VIZCARRA GONZALES LUDWIN
VIZCACHO VILCA ASENCIO
QUISPE AQUINO MIRIAN YOHANA
SUCA HUANCA GENARO
CARNERO CARPIO RENZO JOEL

Liquidación de Cobranza 181-2006-1224
181-2008-643
181-2009-913
181-2009-940
181-2009-971
181-2008-355
181-2006-612
181-2007-1202
181-2010-499
181-2010-831
181-2010-907
262-2011-888
181-2011-524
181-2013-005
181-2010-1307
181-2012-645
181-2013-491
181-2013-076
181-2013-075
181-2012-639
181-2013-587
181-2013-474
181-2014-045
181-2013-595
181-2014-412
262-2002-496
181-2013-252
181-2006-316
181-2014-895
181-2014-754
181-2014-764
181-2014-893
181-2014-888
181-2014-248
181-2015-168
181-2014-962
181-2014-946
181-2014-948
181-2014-149
181-2014-953
181-2014-950
181-2014-958
181-2014-957
181-2014-956
181-2014-955
181-2014-954
181-2014-967
181-2014-966
181-2014-965
181-2014-964
181-2014-963
181-2014-951
181-2014-969
181-2014-968
181-2014-980
181-2014-981
181-2017-977
181-2014-978
181-2014-961
181-2014-960
181-2014-959
181-2014-976
181-2014-975
181-2014-982
181-2014-979
181-2014-974
181-2014-973
181-2014-972
181-2014-947
181-2015-070
181-2018-339
181-2015-630
181-2015-640
181-2015-110
181-2015-902
181-2015-820

Monto Actualizado S/.
19-12-2018
11,500.00
9,200.00
12,500.00
9,500.00
8,500.00
9,500.00
14,200.00
14,200.00
15,200.00
26,500.00
8,520.00
15,000.00
6,700.00
7,600.00
10,800.00
3,520.00
9,853.00
37,800.00
34,344.00
7,150.00
11,700.00
7,000.00
18,173.00
5,100.00
7,350.00
37,000.00
19,200.00G
10,500.00
6,800.00
9,500.00
5,400.00
6,500.00
7,500.00
12,500.00
6,642.00
24,000.00
20,000.00
,000.00
,000.00
22,300.00
7,200.00
39,000.00
120,345.00
35,000.00
37,000.00
45,000.00
97,000.00
60,000.00
25,000.00
70,000.00
37,000.00
70,000.00
40,00.00
20,000.00
15,200.00
56,000.00
45,750.00
18,517.00
64,800.00
49,000.00
67,507.00
43,414.00
28,487.00
120,000.00
23,738.00
14,247.00
14,370.00
28,666.00
23,823.00
31,121.00
7,000.00
15,200.00
6,000.00
8,500.00
15,500.00
6,500.00

005-1730241-1

EDICTO RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Ocina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N fecha 09 de octubre del 2018, se ha presentado AMILCAR
FERNANDEZ VILLASANTE titular del Acta de Nacimiento N
1009441394, conforme establece la Directiva N DI 415-GRC/032, solicita la Recticación Administrativa respecto de los datos de sus progenitores, habiéndose registrado como JOSE HIRIBERTO
FERNANDEZ y ADELA VILLASANTE, siendo lo correcto: JOSE
HIRIBERTO FERNANDEZ VITORINO y ADELA VILLASANTE
RODRIGUEZ.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con en el Art.
73 del Decreto Supremo 015-98-PCM
Cusco, 21 de diciembre del 2018
Maribel Centeno Cardeña Jefa de la Ocina Registral Cusco - RENIEC
DNI 23993437
021-1730090-1

EDICTO
Ante la ORLIMA-RENIEC con fecha 26/11/2018 la Sra. NORENA ROMERO MUDARRA, mediante Exp.
N 6194-2018-AM-ORLIMA, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N 61136833, perteneciente a BRANDON SOTOMAYOR ROMERO, en el sentido que el nombre de su señora madre, dice:
MIRIAN TEONILA ROMERO MUDARRA, debe decir:
MIRIAM TEONILA ROMERO MUDARRA. Se efectúa la publicación prevista en el Art. 73 del D.S. 015-98-PCM.
Lima, 14 de diciembre del 2018
CARLOS ALCIBIADES CELSO LA TORRE CASTILLO
Jefe e de Oficina Registral - Cercado de Lima Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1729852-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 11/1/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha11/01/2019

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones2744

Primera edición01/01/2016

Ultima edición19/05/2024

Descargar esta edición