Diario Oficial El Peruano del 12/12/2021 - Procesos Constitucionales

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Fuente: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 30/12/2021 06:45

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AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

Jueves 30 de diciembre de 2021

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XVII / Nº 3277

1

PODER JUDICIAL
PROCESO DE HÁBEAS CORPUS
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE CHACHAPOYAS
1 JUZG. INVEST. PREPARATORIA - F, OAF Y CEED
EXPEDIENTE
JUEZ

: 00557-2020-0-0101-JR-PE-01
: REGALADO VASQUEZ MARCO
ANTONIO
ESPECIALISTA : LICET VILCA SANTILLAN
BENEFICIARIO : ZUMAETA SERVAN, WILSON
DEMANDADO
: PRESIDENTE DE LA RONDA
CAMPESINA DE LA JALCA
GRANDE.
DEMANDANTE : TORRES SALAZAR, SAMUEL
RESOLUCIÓN N : TRES
Chachapoyas, tres de diciembre Del dos mil veinte.ASUNTO: Con la demanda de Proceso Constitucional de Hábeas Corpus presentada por Samuel Torres Salazar, a favor de Juan Fredy Chauca Revilla, Juan Chappa Mendoza, José Melquiades Guzmán Puerta, Alfonso Santillán Vargas, Wilson Zumaeta Serván, Alicia Mercedes Tuesta Rojas y Lloselín Tauma Rojas; la misma que la dirige contra Germán Samuel Salón Camus, en su condición de Presidente de la Ronda Campesina de la Jalca Grande; y, ATENDIENDO:
Petitorio:
1. La presente demanda de hábeas corpus reparador, tiene por objeto que se ordene la inmediata libertad de los beneficiarios Juan Fredy Chauca Revilla, Juan Chappa Mendoza, José Melquiades Guzmán Puerta, Alfonso Santillán Vargas, Wilson Zumaeta Serván, Alicia Mercedes Tuesta Rojas y Lloselín Tauma Rojas, la misma que la dirige contra el Presidente de la Ronda Campesina del distrito de la Jalca Grande, provincia de Chachapoyas-Amazonas.
De los antecedentes:
2. Que, conforme al acta de fecha veintisiete de noviembre de dos mil veinte, se tiene que, el solicitante Samuel Torres Salazar, interpone demanda constitucional de hábeas corpus, a favor de los miembros de junta directiva del Pueblo Joven 16 de Octubre, como son: Wilson Zumaeta Servan, Juan Fredy Chauca Revilla, Zafra Garay, Alfonso, Juan, Wilian, Norma, LLoselin y otros; en razón estos habrían sido detenidos arbitrariamente y que se encontrarían en el distrito de la Jalca Grande, sin dar mayores detallas de como se ha producido tal detención, según refiere el deponente que se encuentra hospitalizado en el nosocomio Virgen de Fátima de Chachapoyas, y solicita se constituyan al lugar a verificar los hechos puestos de conocimiento de la detención Sic-.
3. Mediante resolución Nº uno, de fecha veintisiete de noviembre de dos mil veinte, esta judicatura, admitió a trámite el hábeas corpus formulado por Samuel Torres Salazar a favor de los beneficiarios antes mencionados en contra del Presidente de la Ronda Campesina del distrito de la Jalca Grande;

ordenándose además, constituirse al lugar de los hechos con la finalidad de constatar lo denunciado, entre otras diligencias descritas en la citada resolución.
4. Tal es así que a las 21:00 horas del día veintisiete de noviembre del presente año, nos constituimos al local de la Ronda Campesina del distrito de la Jalca Grande, siendo atendidos por don Humberto Huamán Occ, Vice Presidente de la mencionada ronda quien indicó que el señor Presidente se encuentra fuera de la ciudad por motivos de salud; que efectivamente se encuentran retenidas las personas antes mencionadas en el punto 1 de la presente por decisión de la Asamblea de la rondas campesinas del distrito de la Jalca Grande, de la base sectorial de la ronda campesina de Pedro Castro Alva y otras, por controversias sobre terrenos ubicados en el Pueblo Joven 16 de Octubre en los que se encuentra involucrado el señor Fredy Chauca Revilla e integrantes de la Asociación del referido Pueblo Joven.
5. Que la intervención se ha producido debido a que, el Pueblo Joven 16 de Octubre es un anexo de la Comunidad Campesina de Huancas en el que se encuentra involucrado el señor Chauca Revilla e integrantes de la Asociación del referido pueblo Joven y los denunciantes son un aproximado de 17 afectados que han requerido la intervención de las rondas campesinas al formar parte de la Comunidad Campesina y Nativa del distrito de Huancas. Que los retenidos no han sido maltratados física ni psicológicamente; por su parte los beneficiarios indicaron que se habían presentado de manera voluntaria para esclarecer los hechos denunciados y que someten a la decisión de sus autoridades y que no han sido maltratados física ni psicológicamente.
6. En referencia al señor Juan Fredy Chauca Revilla, en el EXPEDIENTE Nº 00547-2020-0-0101-JR-PE-01 ya se ha resuelto el hábeas corpus en donde el beneficiario y demandado son los mismos, hay identidad de petitorio y título, por lo que se declarará que existe litispendencia.
FUNDAMENTOS:
De los derechos tutelados por el proceso de hábeas corpus:
7. El objeto de la demanda es que cese cualquier amenaza de atentar contra el derecho a la libertad personal de los beneficiarios, por parte de la Ronda Campesina del distrito de la Jalca Grande, representado por don Germán Samuel Salón Camus, en su condición de Presidente.
8. Que, la Constitución establece expresamente en el artículo 200º inciso 1, que a través del hábeas corpus se protege tanto la libertad individual como los derechos conexos a ella;
no obstante, no cualquier reclamo que alegue afectación del derecho a la libertad individual o derechos conexos puede reputarse efectivamente como tal y merecer tutela, pues para ello es necesario analizar previamente si los actos denunciados vulneran el contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el hábeas corpus.
9. El primer párrafo del artículo 1º del Código Procesal Constitucional establece: los procesos a los que se refiere el presente título tienen por finalidad proteger los derechos constitucionales, reponiendo las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de un derecho constitucional o disponiendo el cumplimiento de un mandato legal o de un acto administrativo .
10. El Tribunal Constitucional en el fundamento Jurídico Nº 06 FJ-Nº 6 recaído en el Exp. Nº 2663-2003, caso Eleobina

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 12/12/2021 - Procesos Constitucionales

TítuloDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

PaísPerú

Fecha30/12/2021

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1470

Primera edición08/01/2016

Ultima edición06/06/2024

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