Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/3/2024

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de marzo de 2024

B.O. P. DE CADIZ NUM. 54

con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.
RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del Acta de Acuerdo de la Comisión Negociadora sobre Calendario Laboral para el años 2024, del convenio colectivo de la empresa SERVICIOS DE LIMPIEZA DEPENDENCIAS MUNICIPALES INGESAN
DE JEREZ DE LA FRONTERA, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz a 7 de marzo de 2024. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESAY TRABAJO AUTONOMO, Fdo.: DANIEL
SANCHEZ ROMAN.

Jerez, 23 de Enero de 2024
ACTA DE LA REUNIÓN MANTENIDA POR LA REPRESENTACION DE LA
EMPRESAINGESANYLAREPRESENTACION LEGALDE LOS TRABAJADORES.

ASISTENTES: POR PARTE DE LA EMPRESA MARIA TERESA
GONZÁLEZ ORTOLA Y EL COMITÉ DE EMPRESA INMACULADA RINCÓN
VALENZUELA, INMACULADA LÓPEZ CHACÓN, MARÍA DOLORES SEVILLA
DOMÍNGUEZ, SUSANA MORENO ROSADO Y ROSA LÓPEZ MEJIAS, Y COMO
ASESORA CCOO M DEL MAR POLANCO TEIXEIRA

SE ACUERDA LO SIGUIENTE:

PRIMERO: Aprobar el calendario Laboral para el año 2024, tal y como se trascribe a continuación:
FIESTAS DE ÁMBITO NACIONAL Y AUTONÓMICO:
1 de Enero Año Nuevo 6 de Enero Reyes 28 de Febrero Día de Andalucía 28 de Marzo Jueves Santo 29 de Marzo Viernes Santo 1 de Mayo Día del Trabajo 15 de Agosto Asunción de la Virgen 12 de Octubre Fiesta Nacional 1 de Noviembre Todos los Santos 6 de Diciembre Día de la Constitución 9 de Diciembre Día de la Inmaculada 25 de Diciembre Navidad FIESTAS LOCALES:
6 de Mayo Lunes de Feria del Caballo 24 Septiembre Día de la Merced JORNADAS ESPECIALES:
Semana Santa: El Horario se verá reducido en dos horas al final de la jornada el lunes, martes y Sábado, y dos horas el miércoles considerándose como tiempo efectivo de trabajo no recuperables.
Santa Rita: Su disfrute coincidirá con el que haga el personal de Ayuntamiento y no será laboral, caso de no poder disfrutar el día de Santa Rita, se disfrutará en un día más de Asuntos propios.
Feria: En la semana de Feria el martes, miércoles y sábado la jornada se reducirá en dos horas, el jueves la jornada será de cuatro horas sin merma de las retribuciones.
Jornadas Especiales: Las jornadas del 27 de febrero, 8 marzo, 30 abril , 12 de julio, 16 agosto, 23 de septiembre, 11 y 31 de octubre, 5,13,20,27 y 30 de Diciembre y 3
de Enero 2025 será de cuatro horas.
Los días 10,11,12,16,17,18,19 y 26 de diciembre y 2 Enero del 2025, la jornada se reducirá una hora.
Los días 24 y 31 de diciembre la jornada no será laboral, dependiendo de que sea laboral para el personal del Ayuntamiento.
Debido a que el día 12 octubre coincide en Sábado, se acuerda que sólo durante el año 2024 se concede un día de permiso retribuido por dicho día y en el caso de no poder disfrutar alguna jornada especial del resto del año no se podrá reclamar un nuevo permiso retribuido. en compensación.
Los sábados y domingos posteriores a jornadas reducidas de 4 horas se reducirá la jornada en una hora.

SEGUNDO: DISTRIBUCIÓN DE LA JORNADA

La jornada laboral queda distribuida de lunes a viernes, de lunes a sábado y de lunes a domingo, en jornada continuada de mañana, la jornada partida de mañana y tarde y en jornada continuada de mañana, tarde y noche.

Los descansos de los trabajadores se establecerán según ley.

Todo el personal de jornada completa tendrá 30 minutos de bocadillo, considerado como tiempo efectivo de trabajo, preferentemente el horario del mismo será el siguiente:
- Turno de mañana de 10.00 a 10.30 h.
- Turno de tarde de 18.00 a 18.30 h.

TERCERO: VACACIONES

El calendario de vacaciones será elaborado a primeros de años conjuntamente
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con el comité de empresa. Estas serán de 30 días naturales, disfrutadas de forma consecutiva y retribuida.

La fecha del disfrute de las mismas será preferentemente en verano, en los meses de junio, julio, agosto y septiembre. Las trabajadoras por acuerdo con la empresa podrán establecer la división de las vacaciones en dos periodos de quinces días cada uno, siempre que se respete el calendario general establecido.

Por mutuo acuerdo entre empresa y trabajadora, y de forma excepcional, las trabajadoras afectadas por el cierre fijo de la dependencia en la que se encuentre trabajando, podrá negociar el disfrute de las vacaciones en otro periodo que no sea el cierre de la dependencia, teniendo en cuenta que las vacaciones se planifican por el ayuntamiento.

De estos acuerdos entre empresa y trabajadora se dará traslado al comité de empresa para su conocimiento.

Todo el personal que en el momento del disfrute de las vacaciones se encuentre en situación de I.T., disfrutará sus vacaciones una vez que se incorpore de dicha situación siempre que no haya transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se haya originado.

CUARTO: Aplicación del artículo 41 del Convenio.- Asuntos Propios.

Se establece que será a criterio de la trabajadora con el requisito indispensable de solicitarlo a la empresa con tres días de antelación a la concesión del mismo por orden riguroso de solicitud, no pudiendo coincidir más del 50% del personal de un mismo centro de trabajo en el disfrute del mismo.

La solicitud individual por escrito, se deberá presentar en la oficina de la empresa donde habrá un modelo de solicitud para el personal interesado. Se publicarán las peticiones en el tablón de anuncios para conocimiento de todas las trabajadoras.
No se podrá solicitar día de asuntos propios para prolongar las vacaciones, ni entre días festivos.

Fdo.: INGESAN, S.A.U. Fdo.: Presidenta del Comité. Firmas. Nº 39.340

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE DESARROLLO LOCAL, ASISTENCIA A MUNICIPIOS
Y SERVICIOS DE RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
RECAUDACION Y GESTION TRIBUTARIA
OFICINA DE BENALUP-CASAS VIEJAS
ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO

D. Juan José Borrego Ramírez, Jefe de la Unidad de Recaudación de Benalup-Casas Viejas del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.

HAGO SABER

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas, titular de los valores de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos.
CONCEPTO
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Anual 2024

PLAZOS DE INGRESO
Del 03 de abril hasta el 24 de junio de 2024, ambos inclusive.

MODALIDADES DE PAGO

El pago podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en días laborables y en horario de caja.

Mediante bizum o tarjeta bancaria - A través de la app DipuPay disponible en Google Play y App Store.
- A través de nuestra Sede Electrónica, en: https sprygt.dipucadiz.es/pago-de-deudas Accediendo con certificado/cl@ve o accediendo sin identificar.

Mediante pago aplazado - Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria.
- A través de un plan personalizado de pago.

Mediante pago en entidades de crédito previa obtención de díptico/carta de pago
Puede obtener el díptico/carta de pago a través de las siguientes vías:
A - Nuestra Sede Electrónica, https sprygt.dipucadiz.es/pago-de-deudas Accediendo con certificado/cl@ve o accediendo sin identificar. Mediante esta opción puede también pagar mediante bizum o tarjeta bancaria.
- Presencialmente, en las oficinas del SPRyGT de la Diputación de Cádiz https www.
dipucadiz.es/recaudacion_y_gestion_tributaria/red-de-oficinas/, solicitando cita previa en: https www.citapreviasprygt.es/ o en el teléfono 856 940 262.

Una vez obtenida la carta de pago deberá acudir a las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio: CAIXABANK, BBKCAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO SABADELL, CAJA RURAL
DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA, CAJAMAR.

Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán llamar al número de atención telefónica 856 940 242 de la Unidad de Recaudación de Benalup-Casas Viejas, o con carácter excepcional y con cita previa solicitándola en: https www.citapreviasprygt.es/ o en el teléfono 856 940 262 de la unidad sita en c/ Oeste s/n, en horario de 9:00 a 13:00 horas de lunes a viernes.

ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que hago público para general conocimiento.

7/3/24. Jefe de la Unidad de Recaudación. Fdo.: Juan José Borrego Ramíre.
Nº 38.791

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/3/2024

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/03/2024

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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