Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/10/2022

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 191

c/_____________________________________________nº____________CP:_____
Tfno.___________________Correo @______________________________________

EXPONE

Que según las Bases Reguladoras y Convocatoria de Subvenciones a a Deportistas Individuales residentes en el Municipio de Bornos , para el año________, aprobadas por decreto de alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Bornos, y estimando que reúne todos los requisitos exigidos,
SOLICITA
- SUBVENCIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO__________ por importe de:_________________€.

El/la abajo firmante declara que SI
NO
ha obtenido otra subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En su caso, por importe de ____________________

Así mismo, se compromete a comunicar a este Ayuntamiento la percepción de cualquiera de las ayudas indicada en el párrafo anterior.

El/la abajo firmante acepta las condiciones establecidas en dichas Bases Reguladoras y Convocatoria, y declara que son ciertos todos los datos consignados en esta solicitud y documentación adjunta
Información de Avisos y Notificaciones Deseo ser notificado/a de forma telemática.
Deseo ser notificado/a por correo certificado al domicilio antes indicado.

Nota: Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, están obligados a relacionarse electrónicamente:
a Las personas jurídicas.
b Las entidades sin personalidad jurídica.
c Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en ejercicio de dicha actividad profesional.
d Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente. e Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.
Protección de datos de carácter personal.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se le facilita la siguiente información básica sobre Protección de Datos:
- Responsable del tratamiento: el Excelentísimo Ayuntamiento de Bornos - Finalidad: Solicitud de Subvención - Legitimación: El tratamiento de los datos queda legitimado por el consentimiento que el interesado otorga a través de esta solicitud para el cumplimiento una obligación legal aplicable al el Excelentísimo Ayuntamiento de Bornos - Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
- Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar, suprimir los datos, así como ejercer el derecho a la limitación del tratamiento y la portabilidad de los datos al domicilio del responsable arriba indicado, de oposición a su tratamiento, derecho a retirar el consentimiento prestado y derecho a reclamar ante la Autoridad de Control.
- Conservación: Los datos serán conservados durante el tiempo que sea necesario para garantizar la finalidad por la que han sido recogidos.
ANEXO II
BAREMO

Los criterios para la asignación de las subvenciones serán los siguientes:

Como criterios para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta las pruebas en que participan los deportistas. Estos criterios son los siguientes:
a Ámbito Territorial de la Prueba.
b Puesto obtenido en la clasificación de dicha prueba.

Cada participante podrá justificar un máximo de 5 pruebas y un mínimo de 3. La puntuación obtenida se ajustará al siguiente baremo.
ÁMBITO
PROVINCIAL

PUNTUACION
5 PUNTOS

CLASIFICACION

PUNTUACION

SEGUNDO

2

PRIMERO

TERCERO

PUESTOS INFERIORES
PRIMERO

AUTONOMICO

10 PUNTOS

SEGUNDO
TERCERO

PUESTOS INFERIORES
PRIMERO

NACIONAL

15 PUNTOS

SEGUNDO
TERCERO

PUESTOS INFERIORES
PRIMERO

INTERNACIONAL 20 PUNTOS

SEGUNDO
TERCERO

PUESTOS INFERIORES

3
1 0
4 3
2 0
6 5
4 0
7 6
5 0

Bornos, 26 de septiembre de 2022. Ana Camas Núñez, Cuarta Teniente de Alcalde.
Nº 107.816

4 de octubre de 2022

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS
DEL CAMPO DE GIBRALTAR
EDICTO

SE HACE SABER: Que han sido confeccionado por los Servicios Económicos de ARCGISA, sociedad instrumental de esta Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar, los padrones y listas cobratorias correspondientes al 3º trimestre de 2022, de las PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER
PÚBLICO NO TRIBUTARIO DE LOS SERVICIO DE SANEAMIENTO
Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, ABASTECIMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN BAJA, RECOGIDA DE RESIDUOS
MUNICIPALES y DEPÓSITO, TRATAMIENTO, ELIMINACIÓN Y/O
APROVECHAMIENTO DE RESIDUOS MUNICIPALES, todos ellos en el Municipio de SAN ROQUE ZONA 3, los cuales estarán expuestos al público en la Oficina del Servicio mancomunado Abastecimiento, -Saneamiento y Residuos de la Sociedad ARCGISA sita en Autovía A7 Salida 113, 11379 Guadacorte-Los Barrios junto al Parque de Bomberos en horario de atención. al público de 08:30 a 14:00 horas y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar situada en el Parque de las Acacias s/n de Algeciras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como en el Tablón de Anuncios de la Sede electrónica de Mancomunidad https mancomunidadcampodegibraltar.sedelectronica.es, durante el plazo de quince días contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Plazo durante el cual los interesados podrán examinar los referidos documentos, y presentar las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.

En cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, el presente Edicto se publica para advertir que las liquidaciones por los conceptos y trimestre referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine el plazo de exposición al público de los padrones a los que se refiere el presente Anuncio.

Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 c del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, contra las liquidaciones comprendidas en los padrones mencionados podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso - administrativo, ante el Presidente de la Mancomunidad de Municipios, en el plazo de un mes que empezará a computarse a partir del día siguiente al citado de finalización de la exposición pública del padrón al que se refiere el presente Anuncio, y una vez sean resueltas las alegaciones que pudiesen haber sido presentadas.

Por otro lado, se hace saber que el periodo voluntario para hacer efectivo el pago de los recibos del mencionado concepto, correspondiente al periodo anteriormente indicado, será desde será desde el 24/10/2022 a 27/12/2022, o en todo caso el de dos meses establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, computado desde el día en el que finalice el de exposición al público del padrón, si éste fuese mayor. Los interesados podrán realizar el pago en cualquier oficina de CAIXABANK y de BANCO DE SANTANDER de lunes a viernes, en el horario establecido para las Entidades Financieras, o a través de la Oficina Virtual de ARCGISA en la dirección https oficinavirtual.arcgisa.es., accesible igualmente en la página web de dicha empresa https arcgisa.es.

Transcurrido el mencionado plazo de ingreso voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 28 de la citada Ley General Tributaria, que son los siguientes:
1. El recargo ejecutivo, que será el 5 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio.
2. El recargo de apremio reducido, que será del 10 por 100, y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto para las deudas apremiadas en el apartado 5
del artículo 62 de la referida Ley Tributaria.
3. El recargo de apremio ordinario, que será del 20 por 100, y será aplicable cuando no concurran las circunstancias a las que se refieren los apartados anteriores.

El recargo de apremio ordinario será compatible con los intereses de demora.
Cuando resulte exigible el recargo de apremio reducido no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del periodo ejecutivo.

Lo que se hace público para general conocimiento de todos los posibles interesados.

En Algeciras, a 27/9/22. EL PRESIDENTE, Juan Miguel Lozano Domínguez.
Firmado.
Nº 108.471

.
P .

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O .
B

INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/10/2022

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha04/10/2022

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6019

Primera edición02/01/2001

Ultima edición20/06/2024

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